
La procuradora general, Margarita Cabello, ha afirmado que desde hace varios meses se advirtió a la Corte Constitucional sobre las irregularidades que rodeaban la Ley 2272 de 2022, mediante la cual se implementó la creación de la paz total, impulsado desde el Gobierno nacional.
Desde Barranquilla, la jefa del Ministerio Público manifestó que, después de revisar todo el proceso en el Congreso, se llegó a la conclusión de que tenía muchas lagunas, por lo cual se solicitó que se declarara inconstitucional.
“En su momento, se solicitó su revocación debido a razones jurídicas que hacen referencia a no haber tenido en cuenta el concepto del Consejo de Política Criminal, del cual forma parte la Procuraduría”, explicó.
Estas y otras irregularidades permitieron establecer que existió una falta de claridad en el debate y la aprobación de esta ley con respecto a la forma en que se debían otorgar las posibilidades de negociación con grupos o bandas criminales, excluyendo las orientadas políticamente, lo cual no quedó claro dentro de esta ley.
En otro apartado del concepto presentado a finales de marzo pasado, la Procuraduría General señaló a la Corte Constitucional que había “inconsistencias en el principio de consecutividad”, es decir, no cumplió con el proceso requerido por la ley.
En una entrevista con la Revista Semana, el abogado Jorge Pava Quiceno, quien presentó la demanda ante el alto tribunal a finales del año pasado, aseguró que los artículos 2, 12 y 18 de la mencionada ley “violan los principios de consecutividad”, es decir, durante el proceso legislativo en el Congreso hubo importantes vacíos y omisiones, por lo cual debe ser declarada inconstitucional.
“En el último momento, aparecieron textos en el Congreso que no habían sido discutidos ni en plenarias ni en comisiones, y como esos textos no cumplieron con los trámites adecuados, se acude a la Corte por vicios de procedimiento”, precisó el abogado en ese medio de comunicación al detallar las deficiencias que surgieron durante el debate y la aprobación en el Congreso en noviembre de 2022.
Este es el caso de Iván Márquez, quien, después de firmar el Acuerdo de Paz con el gobierno de Juan Manuel Santos en 2016, sé rearmando y fundó disidencias, reincidiendo así en actividades de terrorismo y violencia. “Pretenden amnistiarlo nuevamente, lo cual viola los derechos de las víctimas que tienen protección constitucional. Existe jurisprudencia de la Corte Constitucional que establece que nadie puede ser amnistiado de nuevo”.
Según el abogado Pava Quiceno, existen graves y constantes vicios de procedimiento, por lo cual todo el proceso debe ser declarado contrario a la Carta Política. Si la ley cae en el debate constitucional, el jurista fue claro al indicar las nuevas condiciones que se deben tener en cuenta si se presenta nuevamente el proyecto que busca incluir en un proceso de paz a grupos guerrilleros, bandas criminales y disidencias.
“Si el Gobierno presenta nuevamente el proyecto, debe mostrar su contenido completo sin subterfugios y someterlo al escrutinio público, algo que no querían y que hicieron mediante trampas y ocultando información”, afirmó en la entrevista.
En la ponencia presentada formalmente por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez el pasado lunes, se solicita declarar inconstitucional esta ley. Sin embargo, su estudio quedó suspendido por dos semanas debido a que el alto tribunal está en proceso de transición y toma de posesión de la nueva Secretaria General, quien reemplazará a Martha Sáchica, que ocupó el cargo durante varios años.
La Procuraduría General emitió un concepto a finales de marzo en el que pidió eliminar varios apartes de la Ley de paz total. Este documento fue presentado debido a la falta del concepto enviado por el Consejo de Política Criminal, confirmado por varias entidades, entre ellas el Ministerio Público.
“Las deliberaciones no fueron informadas con el concepto del Consejo de Política Criminal, ya que no se remitió el dictamen sobre el impacto de las disposiciones propuestas en el sistema de justicia penal”, señala el documento.
La Procuraduría General advirtió que esta omisión no permitió un debate informado sobre los alcances de la ‘paz total’ en el Congreso de la República:
“Se resalta el hecho de que el vicio originado por la ausencia del concepto del Consejo Superior de Política Criminal durante las deliberaciones de las cámaras constituye un error que no solo afecta a las disposiciones impugnadas, sino que se extiende a todo el contenido de la Ley 2272 de 2022, ya que sus disposiciones están relacionadas con la seguridad y el orden público y, por lo tanto, están asociadas a la política criminal del Estado, cuya discusión parlamentaria debería haber estado respaldada por dicho dictamen”.
Uno de los aspectos que hacen inconstitucional la iniciativa es permitir que los desertores del Acuerdo de Paz de La Habana se beneficien del mecanismo de justicia transicional, lo cual contradice el artículo 66 transitorio de la Constitución.
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