
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) notificó en las horas de la tarde del 29 de mayo la cancelación de la Audiencia Única de Aporte a la Verdad de Enilce del Rosario López, alias la Gata, en vista de su manifestación de no asistir a esa diligencia.
Según lo precisó la JEP, su inasistencia no ayudaría a esclarecer su participación en calidad de tercera civil colaboradora de grupos paramilitares. López había manifestado que no asistiría a las audiencias citadas por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, programas para el 30 y 31 de mayo de 2023, por problemas de salud.
A través de una carta presentada el 13 de abril, la excomerciante indicó que estaba siendo sometida a una serie de exámenes médicos, por tal razón, se veía impedida de movilizarse y asistir a las audiencias citadas por la JEP.
Como consecuencia a la solicitud presentada por López y teniendo en cuenta que para la audiencia referida se requería de la asistencia presencia o virtual de la compareciente, la JEP precisó que “se hace necesario cancelar la misma, enterando a quienes fueron citados para la audiencia los días 30 y 31 de mayo de 2023″.
Cabe resaltar que en la citación formalizada el 30 de marzo de 2023, la JEP buscaba que López esclareciera su relación con grupos paramilitares, paralíticos y su participación en crímenes relacionados con el confitico armado.
¿Qué se buscaba esclarecer en la audiencia?
Por medio de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, la JEP pretendía que la compareciente no solo ampliara información sobre vínculos con paramilitares, sino, debía explicar su participación como líder de una agrupación al margen de la ley dedicada al lavado de activos, para financiar grupos de autodefensas.
La JEP le solicitaría a López dar nombres específicos de otros sujetos implicados con las actividades anteriormente señaladas, y que hasta la fecha no han sido procesadas por los entes judiciales.
Durante las audiencias públicas, programas para el 30 y el 31 de mayo, asistirían las víctimas directas e indirectas y sus representantes, reconocidas por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, para que pudieran formular sus propias preguntas y estas ser respondidas por la compareciente.
<i>La Gata</i> le huye a su responsabilidad
En agosto de 2013, la Corte Suprema de Justicia ordenó una condena de 37 años prisión contra Enilce López por los delitos de homicidio y concierto para delinquir. El fallo se determinó por la participación directa de La Gata en el crimen contra Fabián Ochoa Torres, señalado como colaborador de la guerrilla en Sucre.
Sin embargo, López ha presentado en más de una ocasión una situación de salud, lo que le ha permitido esquivar el cumplir real de la sanción proferida por las autoridades.
Así lo hizo saber la Procuraduría General de la Nación, el 28 de febrero, donde señaló que “la procesada siempre ha esquivado el cumplimiento real de la sanción de reclusión proferida en su contra”.
La situación se registró cuando la Procuraduría se opuso a la petición decretada por la juez Sexta de Ejecución de Pena y Medidas de Seguridad de Barranquilla en conceder la libertad de López, “al considerar que no debía prosperar en atención a los delitos cometidos y el tiempo real que ha permanecido recluida en centros carcelarios”.
Igualmente, indicó que la condenada ha pasado de reclusiones intrahospitalarias a domiciliarios por enfermedad, sin que se haya hecho efectiva la pena de prisión.
En función de lo anterior, el Procurador 49 Judicial Penal ll de la capital del Atlántico precisó que no se tiene una referencia del comportamiento penitenciario de López que permita concederle la libertad, “ya que su reclusión no se ha hecho efectiva a lo largo del proceso”.
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