
Luego de que la Corte Constitucional otorgara un plazo máximo de 6 meses al Gobierno Nacional para presentar el proyecto de ley que busca reglamentar el uso de vientres subrogados en Colombia, la iglesia católica, en cabeza de monseñor Juan Carlos Cárdenas, se pronunció en contra de esta práctica, “poco ética”, de quienes sueñan con algún día convertirse en padres.
“La vida humana se recibe y se abraza, como un don, de esta manera nosotros no aceptamos ese camino como un camino éticamente válido, por lo cual siempre invitamos también a quienes de alguna manera por las condiciones naturales no están en la posibilidad de tener hijos a abrirse también con generosidad a la adopción”, dijo el también obispo de Pasto, según referencio Blu Radio.
Su invitación se da a tan solo unos días de que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) informara que, si bien es cierto que 800 adopciones al año no son una cifra del todo baja, la realidad es que hay más de 4.000 niños en Colombia esperando encontrar una familia y lo más preocupante es que, de ellos, 3.690 son menores en condiciones especiales de adopción, lo que quiere decir, que o son mayores de ocho años, o tienen alguna condición difícil de tratar.
Sin embargo, el ministro de Justicia, Néstor Ozuna, dio a conocer que el proyecto, radicado por el representante a la Cámara del Pacto Histórico Alejandro Ocampo, ya está listo, en aras de frenar la trata de menores que, en el país, lleva años haciéndose pasar por maternidad subrogada. “El propósito es acabar con ese mercado negro y establecer una regulación detallada al establecer que está permitido, pero que no es un negocio”, dijo en una entrevista para Noticias Caracol.
Con el proyecto, el alquiler de vientres pasará a conocerse como “subrogación uterina para la gestación” y quienes utilicen este servicio –nunca negocio– serán conocidos bajo la denominación de “comitentes”. Mismos que tendrán cumplir con una serie de condiciones, como estar entre los 25 y los 45 años y, en caso de ser una pareja conformada por un hombre y una mujer, haber agotado las vías medicas para concebir.
Es decir, solteros, parejas del mismo sexo y hombres y mujeres que no puedan engendrar de manera natural serán los únicos beneficiarios del proyecto 23 de ley, por lo que, “la simple decisión de evitar el embarazo que se podría tener porque se considera molesto, o por razones estéticas, no va a valer”.
Esta práctica requerirá de un contrato, formalizado ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), en el que comitente/s y madre subrogada lleguen a un acuerdo por voluntad, sin intereses económicos de por medio.
“Antes del contrato, el Bienestar Familiar tendrá que ofrecerle a la mujer que quiere acceder a la gestación subrogada información suficiente sobre lo que previsiblemente ocurrirá: sus obligaciones, sus derechos, lo que derivaría del contrato, etc. Después de celebrado el contrato, pero antes de la implantación del embrión, también el ICBF revisará las cláusulas de ese contrato para cerciorarse de que, por ejemplo, no haya ánimo de lucro, que sea entre personas hábiles para celebrar el contrato y, si considera que hay alguna cláusula ilegal, se declare la nulidad. Pero siempre antes de la implantación del embrión”, mencionó en entrevista el MinJusticia.
Esta, no puede convertirse en una práctica con fines de lucro “debe ser una actividad altruista” y, aunque genere “compensaciones económicas de los gastos propios del embarazo, los gastos médicos del vestuario, el calzado y todo aquello que implica un embarazo” —así como lo que deja de facturar quien está en proceso de gestación— el alquiler de vientres no será más una actividad económica.
Y para cerciorarse de ello, las madres de vientre subrogado tendrán que cumplir también con ciertos requisitos, como estar entre los 25 y los 34 años, tener al menos un hijo biológico y no haber pasado por este proceso en más de dos ocasiones.
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