
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia programó para el 20 de abril de 2026 a las 8:00 a. m. la audiencia de formulación de acusación contra el almirante retirado de la Armada Nacional Guillermo Enrique Barrera Hurtado.
La diligencia se realizará dentro del proceso penal que se adelanta en su contra por su presunta participación en un montaje judicial contra el también almirante retirado Gabriel Ernesto Arango Bacci.
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La decisión quedó consignada en un auto fechado el 5 de marzo de 2026, firmado por la magistrada Blanca Nélida Barreto Ardila y el secretario Rodrigo Ernesto Ortega Sánchez, mediante el cual se fijó la fecha para el desarrollo de la diligencia judicial.
Según lo dispuesto por la Sala Especial, la audiencia se realizará de manera virtual. En el mismo auto se ordenó a la Secretaría enviar a las partes el instructivo correspondiente para el desarrollo de la diligencia y efectuar las adecuaciones técnicas necesarias para garantizar su realización.
Presunto montaje judicial
El proceso penal tiene origen en una investigación adelantada por la Fiscalía General de la Nación, que en septiembre de 2025 imputó cargos contra Barrera Hurtado. Durante la diligencia de imputación, una fiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia expuso los hechos jurídicamente relevantes del caso y le atribuyó al exoficial los delitos de falsedad ideológica en documento público agravado y fraude procesal, en calidad de coautor y a título de dolo.
La Fiscalía sustentó la imputación en un documento fechado el 8 de noviembre de 2007, que habría sido utilizado como elemento probatorio dentro del proceso penal adelantado en su momento contra Arango Bacci.

“Este documento, el acabado de referir, fue utilizado como prueba dentro del proceso penal que se siguiera a su turno contra el almirante de la Armada Nacional, Gabriel Ernesto Arango Bacci. En este documento se consagró información que se tildó de falsa”, explicó la fiscal delegada durante la audiencia de imputación.
De acuerdo con la investigación, el documento fue presentado bajo la denominación de “análisis operacional” y habría contenido información que posteriormente fue cuestionada dentro del proceso judicial. Las presuntas falsedades consignadas en ese documento fueron consideradas en decisiones adoptadas por la Fiscalía Sexta Delegada ante la Corte Suprema de Justicia dentro del proceso penal que se adelantaba contra Arango Bacci.
Como resultado de esas actuaciones judiciales, el 19 de junio de 2008 se ordenó una medida de aseguramiento que derivó en la privación de la libertad del oficial de la Armada, quien en ese momento era investigado por los delitos de concierto para delinquir y cohecho propio.
En ese proceso se sostenía que el uniformado habría favorecido a organizaciones narcotraficantes permitiéndoles evadir controles oficiales. Sin embargo, el caso tomó un rumbo distinto tras el avance de las investigaciones judiciales.
Absolución de Arango Bacci y condena al Estado

El 3 de diciembre de 2009, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió al almirante Gabriel Ernesto Arango Bacci de los cargos que le habían sido imputados y ordenó su libertad. A partir de ese momento surgieron cuestionamientos sobre las actuaciones que dieron origen a la investigación y a las decisiones judiciales que condujeron a su detención.
En la imputación presentada en 2025, la Fiscalía sostuvo que Barrera Hurtado habría buscado influir en el curso del proceso judicial mediante la incorporación del documento mencionado dentro del expediente. “Al momento de la comisión de la conducta, contaba el señor almirante Barrera con la capacidad de comprender sus actos, la ilicitud de sus actos y determinarse conforme a esa comprensión. Además, tenía la competencia, el conocimiento para poder dar una respuesta ajustada a derecho a la Fiscalía. Sin embargo, optó por hacerlo en sentido contrario”, señaló la fiscal durante la diligencia.
La funcionaria también indicó que, según la investigación del ente acusador, el almirante retirado no habría actuado bajo presión o bajo circunstancias que limitaran su capacidad de decisión.

El caso también tuvo repercusiones en la jurisdicción contencioso administrativa; pues en octubre de 2020, el Consejo de Estado condenó a la Nación por la privación injusta de la libertad del almirante Arango Bacci.
En la sentencia, el Consejo de Estado indicó que el oficial fue sometido a una privación de la libertad sin que posteriormente se demostrara su responsabilidad penal. “Además de sufrir un daño que no estaba en el deber de soportar, cual fue el haber perdido su libertad sin que se demostrara su responsabilidad penal en los hechos que se le imputaron, el almirante (r) sufrió la afectación de su derecho a la honra y buen nombre, en la medida en que fue señalado ante la sociedad de haber cometido delitos en los cuales no tenía responsabilidad alguna”, señaló la corporación en su decisión.
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