Caso Álvaro Uribe: Diego Cadena fue suspendido por intentar sobornar a un testigo

El abogado recibió una sanción de tres años para ejercer su cargo, tras haber cometido irregularidades en el proceso contra el expresidente por manipulación de testigos y fraude procesal

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La Comisión Nacional de Disciplina
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sanción contra elabogado Diego Cadena (Colprensa - Camila Díaz)

Diego Cadena quedó suspendido como abogado profesional. Así lo determinó la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, que señaló que el litigante habría cometido actos irregulares dentro del caso por el cual, también es procesado, Álvaro Uribe Vélez.

De acuerdo con el pronunciamiento de la Sala, Cadena Ramírez manipuló a Juan Guillermo Monsalve, testigo estrella de este proceso que cursa contra el expresidente por los delitos de soborno y fraude procesal.

Cabe señalar que este ha dicho que Uribe tuvo nexos con grupos paramilitares, a lo cual, el abogado le ha pedido en reiteradas ocasiones que se retracte de dichas afirmaciones ante la Corte Suprema de Justicia. En ese sentido, la decisión precisó que el abogado intervino “en los actos fraudulentos, en su calidad de abogado, cuando acudió a la cárcel La Picota en Bogotá, insistentemente, ofreciéndole beneficios a Monsalve Pineda a cambio de que aquel se retractara” en febrero y marzo de 2018.

El fallo aseguró que esas maniobras fueron realizadas para que “no se dijera la verdad” por parte del testigo estrella del caso. También recordó el momento en que Cadena le pidió a Monsalve que firme una carta en la que decía que estaba dispuesto a aclarar su versión sobre Uribe y los nexos con ‘paras’.

Por ese entonces, Cadena Ramírez le dijo al testigo: “Doctor le hago una pregunta a usted, en el tiempo mañana en la mañana, o sea tendríamos que tener algo ahora... al menos como para abrir un poquito la puerta, algo cortico de puño y letra suya ‘Juan Monsalve’”. La Comisión Nacional de Disciplina recopiló que, en respuesta, Monsalve le había advertido algo de lo que podría pasarle al hacer esa proposición.

Incluso, la decisión señaló que Juan Guillermo Monsalve decidió no atender al litigante a finales de febrero de 2018, descartando algún interés del condenado “para ser asesorado por alguno de los profesionales del derecho que rodearon al entonces mandatario Álvaro Uribe Vélez”.

En el documento de 90 páginas, la Comisión afirmó que “es evidente que el comportamiento del abogado Diego Javier Cadena repercutió en gran medida en proyectar una mala imagen de los profesionales del derecho”, y tuvo en cuenta la magnitud que ha tenido ese caso en el país por el involucramiento de importantes actores y situaciones. Bajo ese escenario, advirtieron que los abogados están para dar ejemplo en sus ejercicios profesionales para el buen ejercicio de la justicia.

Vale mencionar que en la sentencia proferida por esta Sala en octubre de 2022, fue confirmada no solo la suspensión por 2 años y 10 meses, sino también una multa de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Esto porque al parecer Diego Cadena junto con su representante Juan José Salazar, se reunieron en una cárcel con el ex cabecilla paramilitar Carlos Enrique Vélez, conocido como alias “Víctor”, y a quién al parecer se le hizo un pago de unos 10 millones de pesos para testificar a favor del expresidente, además que se le habrían hecho pagos en especie, presuntamente con trabajadoras sexuales.

“(...) Se probó que los abogados estuvieron previamente visitándolo en la cárcel; que posterior a ello se empezaron a realizar pagos mediante giros a su entorno familiar y personal y que las cartas contenían falsedades”, destacó el fallo.

Según lo hallado por la entidad en ese entonces, se le realizaron un par de visitas a Carlos Enrique Vélez, una en la cárcel de Palmira, hacia julio del año 2017, y dónde se firmó una carta que se le entregó al entonces fiscal general Néstor Humberto Martínez, dónde solicita que va ser testigo a favor de Álvaro Uribe y su hermano, quién también está vinculado en el proceso judicial.

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