La realidad sobre el padrón electoral boliviano

Compartir
Compartir articulo
Vista de la sede Tribunal Supremo Electoral (TSE). EFE
Vista de la sede Tribunal Supremo Electoral (TSE). EFE

En los días pasados, Infobae ha publicado artículos de diferentes autores que contienen ciertos mitos acerca del Padrón Electoral Boliviano (PEB) que corresponden sean aclarados y se conozca la realidad sobre el Padrón Electoral Boliviano (PEB).

Un aspecto importante al hablar de democracia es que los resultados expresados en las urnas por la ciudadanía sea respetado y esa es la función que el Órgano Electoral debe precautelar.

Cuando los resultados no son los deseados por una oposición política resulta fácil especular mediáticamente –sin fundamento real, ni con base a denuncias formales ante los jueces electorales o ante el Órgano Electoral- sobre la transparencia de las elecciones, como por ejemplo, se cuestiona el padrón, se alude a supuestas manipulaciones informáticas y otras, por eso resulta tan importante la labor de los observadores electorales quienes –una vez concluido todo el proceso electoral- emiten los informes respectivos.

Es importante hacer notar que en el análisis de integridad realizado por la OEA en la gestión 2019 no existe referencia ni cuestionamiento alguno al Padrón Electoral Boliviano, las observaciones que versaban en otros ámbitos, fueron atendidas por las nuevas Salas Plenas del Tribunal Supremo Electoral y de los Tribunales Electorales Departamentales de Bolivia para las Elecciones Generales del 18 de octubre de 2020, razón por la cual, los informes de observación electoral fueron unánimes al concluir que dicho proceso había sido transparente.

A diferencia de otros países, Bolivia cuenta con un Padrón Electoral Biométrico, es decir, que no es fruto de un simple listado de ciudadanos con base a documentación susceptible a ser falsificada e incorporada de manera dolosa, sino que contiene las diez huellas dactilares de cada ciudadano empadronado más el reconocimiento facial, razón por la que –al momento que un ciudadano se empadrona- necesariamente debe hacerlo de manera presencial pues el sistema al ser sensible a temperatura y pulso corporal sólo capta huellas vivas. Este registro biométrico es asociado con el registro civil (nacimiento, matrimonio, reconocimientos de hijo, filiación, defunción, etc.) en un alto grado de coincidencia, además de contar con la documentación de respaldo. Este sistema fue auditado el 2017 por la OEA otorgándole un 98.9% de confiabilidad. Asimismo en diciembre de 2020, toda la infraestructura de Padrón Electoral Biométrico fue auditada por la empresa Dreamlab Technologies -durante la etapa de empadronamiento masivo dispuesto por ley- concluyendo que es segura, no existiendo posibilidad de manipulación alguna ni bloque de datos alterno, técnicamente reservado, con acceso privilegiado, restringido y secreto dentro de la infraestructura. Tales estudios y resultados pueden ser verificados.

Asimismo, en el mes de marzo de 2020 el Órgano Electoral de Bolivia -a través del SERECI- instaló laboratorios de verificación de integridad del Padrón Electoral al que asistieron delegados de organizaciones políticas, organizaciones sociales y civiles, académicos y ciudadanía en general, no encontrando ninguna anomalía. Dichos laboratorios funcionan de manera permanente (conocer dichos registros y resultados) .

Es importante hacer notar que el SERECI es la única institución en Bolivia que cuenta con un 100% de registros biometrizados en el padrón electoral, por lo que las solicitudes de información son frecuentes, sin embargo, es un compromiso del Tribunal Supremo Electoral -que tiene bajo su cargo el Servicio de Registro Cívico (SERECI)- la protección y la privacidad de datos personales de los ciudadanos, razón por la que sigue rigurosos protocolos para la realización de intercambio de información y validación de datos con diferentes bases de datos como Cementerios, Servicios Nacionales y Departamentales de Salud, Sistema de Reparto, Identificación Personal (SEGIP), etc. y por ninguna razón otorga a otras instituciones u organizaciones la base de datos del padrón electoral y del registro civil. Esta protección a dicho derecho humano no debe ser maliciosamente confundido por una supuesta falta de transparencia. (Artículo 72 de la Ley 018).

Finalmente y con referencia al crecimiento del padrón electoral debe tomarse en cuenta su dinamicidad, pues la vida de un ciudadano no es matemática, es dinámica, por ello al analizarse tal aspecto las variables que mínimamente deberían ser consideradas son crecimiento demográfico, mortalidad, la migración interna y externa, el índice de indocumentados, el índice de subregistro electoral, pérdida y recuperación de la ciudadanía, entre otros, caso contrario cualquier estudio u opinión carecería de rigurosidad científica.

Cabe hacer notar que según el Censo de 2002, Bolivia tenía más del 10% de su población indocumentada, es decir, ciudadanos imposibilitados de ejercer sus derechos. En el Censo de 2012 el índice de indocumentados bajó a 3.5%, situación que se ve reflejada en el Padrón Electoral. En el año 2005 el índice de subregistro electoral alcanzaba a un 27,8% (alrededor de 1.5 millones) de ciudadanos excluidos para ejercer sus derechos políticos, actualmente (2021) el índice de subregistro electoral es de 4.9%. Asimismo, el Padrón Electoral –a través del registro de los cambios de domicilio- refleja la migración interna y externa del país, pudiéndose verificar qué municipios han sido sujetos de inmigración y cuáles de emigración. Asimismo, es importante hacer notar que nunca el padrón electoral boliviano superó la proyección de población votante establecida por el INE. Sin embargo, es importante diferenciar la naturaleza de las fuentes de los datos. El Censo captura los datos de la población en un determinado momento dando una fotografía de la situación en ese momento, a partir de la cual se efectúan proyecciones cuya importancia tiene carácter referencial. El Padrón Electoral capta la información de manera longitudinal y de manera real con la presencia física de todo empadronado.

Por las razones expuestas se evidencia que no existe un crecimiento inusual del padrón electoral boliviano. Sobre este tema, el Tribunal Supremo Electoral presentó a la ciudadanía en noviembre de 2020 el documento “Evolución histórica del crecimiento del Padrón Electoral. Mitos y Realidades” que puede ser consultado en el enlace de referencia.

Un padrón de calidad debe ser preciso, inclusivo, accesible, actualizado, es decir confiable, seguro, donde todas las personas que tienen derecho a emitir su voto y ser elegidas deben estar registradas. El Órgano Electoral, a través del SERECI, ha hecho grandes esfuerzos para garantizar tales derechos, cumpliendo la premisa: “un ciudadano, un registro, un voto” y logrando una cobertura máxima. Para las Elecciones Departamentales, Municipales y Regionales a realizarse el 7 de marzo de 2021 se logró llegar al 100% de los municipios del país.

El Tribunal Supremo Electoral se enorgullece del trabajo realizado y felicita el comportamiento democrático de la ciudadanía boliviana.

*María Angélica Ruíz es vicepresidenta del Tribunal Supremo Electoral de Bolivia