TEPJF confirmó que Nora Ruvalcaba infringió norma electoral al utilizar imagen de AMLO en propaganda

De acuerdo con el Tribunal, el Código Electoral Local prohíbe utilizar la imagen del primer mandatario para propaganda electoral

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Morena impugnó la decisión del TEPJF de Aguascalientes (foto: @Nora_Ruvalcaba)
Morena impugnó la decisión del TEPJF de Aguascalientes (foto: @Nora_Ruvalcaba)

La candidata del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) por la gubernatura del estado de Aguascalientes, Nora Ruvalcaba Gámez infringió la norma electoral durante su campaña en la entidad al utilizar una imagen del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

Esto, ya que el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad de votos la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes.

De acuerdo con el comunicado del TEPJF, dicha imagen fue utilizada de forma indebida en su propaganda, ya que aparecía de fondo la silueta del rostro del mandatario. A raíz de esto, el Tribunal sancionó a la candidata, al partido y la coalición de la que era parte.

Lo anterior, con fundamento en el Artículo 26 del Código Electoral local , que prohíbe a los partidos, precandidatos y candidatos utilizar durante las precampañas, campañas y las jornadas electorales la imagen del presidente.

Esta confirmación fue hecha debido a que Morena impugnó la determinación del tribunal local en la que se alegaron dos cuestiones: que la propaganda no era atribuible a la candidata y que la silueta no era identificable.

(foto: Youtube/Tribunal Electoral TEPJF)
(foto: Youtube/Tribunal Electoral TEPJF)

Y durante la sesión pública celebrada este miércoles por videoconferencia, el Pleno declaró que los alegatos eran infundados tras acreditarse debidamente la existencia de la silueta del primer mandatario, por lo que se confirmó la determinación antes controvertida.

“El tribunal responsable sí fundó y motivó debidamente la resolución controvertida al basar su determinación en el precepto señalado y tomar en cuenta, no solo la silueta del rostro del titular del Ejecutivo Federal, sino también las expresiones contenidas en los espectaculares”

Aunado a esto, mencionaron que la misma candidata había admitido en una entrevista que la inclusión de la imagen servía a una estrategia de campaña.

De igual forma, la candidata habría recurrido a la calumnia electoral en contra de sus adversarios según la decisión tomada el pasado 6 de junio por el Tribunal Electoral.

La abanderada habría cometido la calumnia electoral en perjuicio de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y el Acción Nacional (PAN), ya que en una entrevista de radio de la morenista señaló que “hay cosas que cuando se mezclan son peligrosas como el PRI y el PAN. Separados roban sin control, juntos serán peores”.

El TEPJF confirmó la sanción en contra de Ruvalcaba (foto: @Nora_Ruvalcaba)
El TEPJF confirmó la sanción en contra de Ruvalcaba (foto: @Nora_Ruvalcaba)

A pesar de que la Sala consideró que las expresiones de Ruvalcaba no fueron calumniosas y están protegidas por la libertad de expresión, el video en el que fueron mencionados se acreditaron todos los elementos que constituyen la infracción.

Igualmente, el pasado 1 de junio el PAN denunció a Ruvalcaba ante la Fiscalía General de la República (FGR) por presuntamente aprovechar el programa Bienestar para diferentes eventos, puesto que la morenista fue delegada de Programas para el Desarrollo Social de la Secretaría del Bienestar en Aguascalientes.

Presentaron el caso registrado el pasado 21 de mayo, cuando se obtuvo evidencia de que su equipo presuntamente prometió despensas a los ciudadanos que acudieron, violando la Ley General de Delitos Electorales.

De hecho, Nora Ruvalcaba fue señalada por haber utilizado a su favor la lista de derechohabientes de los programas para propósitos electorales de acuerdo con el periodista Carlos Loret de Mola, pues presuntamente habría amenazado por medio de funcionarios públicos a las personas de cancelar los beneficios en caso de no votar por la candidata.

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