
Por incurrir en la calumnia en perjuicio de los partidos de oposición, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó este jueves al partido Morena retirar dos de sus promocionales difundidos en radio y televisión.
La Comisión concluyó que dichos materiales denominados “Traidores V2″ (tv) y “Morena Energía” (radio), donde pronuncian la frase “traidores a México” en referencia a las y los legisladores que votaron en contra de la Reforma Eléctrica, impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, sí ponen en riesgo la seguridad personal y patrimonial de las personas aludidas además de que podrían generar confusión, odio y rencor hacia ellos.
Cabe mencionar que fueron el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC) quienes presentaron la queja y solicitaron las medidas cautelares.
Y es que el organismo autónomo explicó que si bien esta frase no se encuentra tipificada como delito, la misma puede ser equiparable, en sede cautelar, al delito de “traición a la patria”, previsto en el Artículo 123 del Código Penal Federal.

También consideró que las expresiones denunciadas no están amparadas en la libertad de expresión, pues no versan sobre un debate o confrontación ideológica, técnica o sobre aspectos jurídicos en torno a la viabilidad o no de cierta propuesta legislativa.
Por el contrario, una visión preliminar de la propaganda en favor de la guerra y/o apología del odio que puede constituir incitación a la violencia o cualquier otra acción ilegal en contra de una persona o grupo de personas.
El colegiado sostuvo que se trata de la continuidad de una campaña orquestada por Morena que fue calificada, desde una perspectiva preliminar, como ilegal por la Comisión en los acuerdos ACQyD-INE-94/2022 y ACQyD-INE-97/2022, mismos que fueron confirmados por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) mediante sentencia recaída en el expediente SUP-REP-257/2022 y SUP-REP-262/2022, respectivamente.

El proyecto se aprobó por unanimidad de votos de los consejeros Claudia Zavala, Ciro Murayama y Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.
Corte invalidó reclamo del INE por perder tiempos en radio y televisión
Con una votación unánime el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este jueves la validez del Acuerdo que devuelve a concesionarios de radio y televisión los tiempos que pagaban como impuesto y rechazó la controversia del INE en la que reclamó perder espacios para la difusión de campañas.
En su resolución el ministro ponente, Jorge Mario Pardo Rebolledo consideró que la medida no afecta los tiempos y los espacios con los que cuenta la autoridad electoral.

El INE promovió la controversia constitucional en contra del Poder Ejecutivo Federal, solicitando la invalidez del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 23 de abril de 2020.
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