
El Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó la medida cautelar solicitada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra de Morena y su precandidata a la gubernatura de Durango, Marina Vitela, por presuntos actos anticipados de campaña.
De acuerdo con la denuncia del tricolor, los promocionales de televisión identificados como “Marina orgullo, Marina Bio, Marina Vitela cada rincón, Marina Bio” y las versiones para radio “Marina spots sabes, y Marina una nueva historia”, hacen uso indebido de la pauta y actos anticipados de campaña, pues pretenden posicionar y obtener una ventaja al promocionar a la candidata, afectando el principio de equidad en la contienda del estado. Asimismo, el Revolucionario Institucional indicó que los spots para televisión vulneran el interés superior de la niñez.
Por lo anterior, la Comisión de Quejas y Denuncias declaró improcedente suspender los materiales denunciados, ya que, tras un análisis preliminar, se advirtió que la precandidata morenista está sujeta a una ratificación de conformidad con los Estatutos de Morena y la Convocatoria expedida.

En tanto, el INE determinó que los promocionales se encuentran dirigidos expresamente a los militantes, simpatizantes y a la Comisión encargada de ratificar su registro como precandidata, lo cual evidencia que sí contienen elementos que los identifican como propios de la etapa de precampaña.
Además, el órgano electoral destacó que en los spots no se advierten expresiones que de manera evidente, objetiva y razonable estén dirigidos a posicionar a Marina Vitela ante la ciudadanía.
“Lo anterior conforme a los criterios de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver que las precandidaturas únicas tienen derecho a aparecer en spots de radio y televisión de los partidos políticos siempre que no contengan elementos que identifiquen claramente la calidad de quién los encabeza y a quién se encuentran dirigidos, por lo que no existe base para estimar que se configuran actos anticipados de campaña en detrimento de la equidad de la contienda electoral, ni un uso indebido de la pauta”, explicó el organismo.

En cuanto a la posible vulneración al interés superior de la niñez, la Comisión determinó improcedente la adopción de la medida cautelar, ya que se cuenta con la documentación que acredita que se recabó la autorización de la madre de la menor.
Mientras que los cuatro jóvenes que aparecen en los materiales, el partido guinda aportó los elementos de prueba que de manera preliminar acreditan el consentimiento, autorización y mayoría de edad de éstos para participar en la propaganda.
El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de la consejera Claudia Zavala y el funcionario Ciro Murayama, así como de Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias del órgano electoral.

Cabe señalar que estos no son los únicos promocionales que han sido denunciados ante el INE por considerarse actos anticipados de campaña.
El 26 de enero, la Comisión determinó improcedente suspender la difusión de tres promocionales de Morena en Hidalgo, denunciados por el PRI ante el presunto fraude a la ley que vulnera el principio de equidad en la contienda, al promocionar a su candidato único.
“Con base en los estatutos de Morena, la precandidatura única debe ser ratificada por la Comisión Nacional de Elecciones, esto es, su sola inscripción en el proceso de designación no le confiere el carácter de candidato definitivo, por lo que puede realizar actos de precampaña dirigidos a la militancia”, explicó el organismo.
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