
Al presidente Andrés Manuel López Obrador no le salió nada bien la Consulta Popular que se realizó el pasado 1 de agosto para “enjuiciar” a los ex presidentes.
Y es que, además de que no resultó vinculante, porque hubo poca participación de la ciudadanía, este miércoles la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó que tanto el jefe del Ejecutivo como Ariadna Montiel, subsecretaría de Bienestar, violaron la veda electoral previo a dicho ejercicio democrático.
Durante la sesión pública, las y los magistrados señalaron que, en la conferencia matutina del pasado 19 de julio, fecha en la que ya era vigente la veda, se difundieron logros de Gobierno al anunciar la incorporación de adultos mayores desde 65 años al programa de pensiones.

Cabe mencionar que la Sala Especializada ya había determinado en el mismo sentido, pero la decisión fue impugnada tanto por AMLO, Montiel y el partido Morena. A este último, las y los magistrados consideraron que no está legalmente facultado para apelar.
Sobre la apelación del presidente y la subsecretaría, se dijo que los argumentos son infundados, pues las referencias a las pensiones a adultos mayores durante la citada conferencia sí constituyeron propaganda gubernamental, porque con esta acción se incurrió en el uso indebido de recursos públicos, así como en la vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad en la consulta popular.
No obstante, se calificó de fundada la apelación en cuanto a la calificación que hizo la Sala Especializada de la gravedad de la conducta, pues estimaron que la sala no es competente para hacer la calificación.

Por ello, modificaron la resolución solo para el efecto de dejar sin efectos la calificación de la conducta, la cual había sido considerada como grave.
Asimismo, dejaron firme la decisión de dar vista a los órganos internos de control tanto de la presidencia de la República como de la Secretaría del Bienestar para la aplicación de las sanciones correspondientes.
No hubo propaganda en el “Quién es Quién en las noticias falsas”
Por otra parte, la Sala Especializada determinó que no hubo adquisición de tiempos en radio y televisión ni uso indebido de recursos públicos, atribuidos al presidente, con motivo de la conferencia mañanera del pasado 7 de julio.

El órgano también declaró la inexistencia de posibles infracciones por parte de la funcionaria Ana Elizabeth García Vilchis, encargada de la sección de la mañanera ¿Quién es quién en las noticias falsas, así como del partido Morena.
La Sala Superior del TEPJF había ordenado a la Sala Especializada emitir una nueva resolución sobre este caso. Este miércoles, los magistrados determinaron por mayoría que no hubo infracciones, dado que las manifestaciones realizadas en la referida sección no constituyeron propaganda política o electoral.
Además, estimó que tampoco se hace mención a la ideología, los valores o los programas de Morena, a fin de generar, transformar o confirmar opiniones favorables para el partido.
En la conferencia de prensa mañanera del pasado 7 de julio, García Vilchis mostró una gráfica de un monitoreo de medios realizado por el Instituto Nacional Electoral (INE).
Con base en ello, aseguró que “Morena tiene 30 menciones negativas frente a 13 de la oposición”, lo que el presidente López Obrador tomó como muestra de que la cobertura noticiosa está “sesgada” en contra del partido que fundó.
“Consideramos importante que la gente se entere de este comportamiento tendencioso, sesgado, porque muchos se tragan estas mentiras, estos platos de mentiras”, dijo.
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