
Durante la lucha de esta fuerte pandemia de COVID-19, que sigue mermando la vida de miles de personas, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) recordó cuáles son los pasos para que un viudo pueda cobrar la pensión de su esposa en caso de fallecimiento.
Y es que tanto hombres como mujeres pueden hacerlo; sin embargo, los requisitos son distintos, ya que por ejemplo, en el caso de las esposas, ellas pueden presentar algunos papeles que acrediten la relación, pero en el caso de los caballeros el procedimiento se maneja diferente.
¿Cómo solicitar la pensión si eres viudo?
Lo primero que deberá realizar es acudir a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponde con los siguientes documentos:
*Número de Seguridad Social.
*Copia certificada del acta de defunción.
*CURP.
*Estado de cuenta de la Afore.

De la pareja son:
*Identificación oficial como puede ser: INE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, entre otros.
Los documentos adicionales cuando es viudo son:
*Acta de matrimonio certificada, con fecha de expedición después de la defunción.
*Constancia testimonial con la que acredite la dependencia económica expedida por la autoridad judicial competente.
*Adicionalmente, tratándose del Régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, los servicios de prestaciones económicas, deben contar con el dictamen de invalidez de beneficiario expedido por los servicios de salud en el trabajo (formato ST-6), que acredite el estado de incapacidad, en original para expediente.
En este caso, los esposos tienen un reto más con la solicitud de documentación; sin embargo, se puede iniciar un juicio para que salga a su favor, aunque a pesar de que es tardado, en caso de ganarse se pagará en una sola exhibición la pensión que no se haya dado en el tiempo perdido.

¿Cuáles son los requisitos para la pensión en el caso de las viudas?
*La esposa solo presentará el acta de matrimonio.
*En el caso de la concubina, constancia testimonial expedida por la autoridad competente.
*Si tienen hijos, deberán presentar copias certificadas por parte del Registro Civil, ya sea de nacimiento, adopción o reconocimiento de los mismos, que contenga el nombre de ambos padres en sustitución de la testimonial de concubinato.
El IMSS advirtió que la pensión no podrá ser entregada al existir dos o más esposas o concubinas (o), ya que ninguna persona tendrá derecho a la prestación.
Por otra parte, si uno de sus propósitos de año nuevo es ahorrar, una buena idea para hacerlo es inyectar la mayor cantidad de dinero posible a las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore), ya que transformar esta acción como hábito garantizará un mejor futuro al llegar a la edad adulta.
De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), para lograr una mejor pensión cuando llegue el momento, un trabajador deberá aportar mínimo hasta un 13% de su salario.
Es importante recalcar que aquella persona que no llegue a las semanas cotizadas establecidas para pensionarse, sí podrá jubilarse y recibir el dinero que ahorró el empleado a lo largo de su vida laboral, incluyendo las aportaciones extras.
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