Detuvieron al alcalde de Bochil, Chiapas, por violencia política de género

Gildardo “N” fue desaforado tras posiblemente haber agredido a tres mujeres con cargos políticos en la región

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El alcalde de Bochil fue detenido y llevado a prisión (Foto: FGJ)
El alcalde de Bochil fue detenido y llevado a prisión (Foto: FGJ)

El alcalde de Bochil, Chiapas, Gildardo “N”, fue detenido por el delito de violencia política contra mujeres en razón de género en contra de Irene “N”, síndica municipal, Luisa “N” regidora plurinominal y Sara “N”, segunda regidora del Ayuntamiento.

La Fiscalía General de Justicia (FGJ) informó que tras la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, solicitó al Congreso del Estado la separación del cargo de presidente municipal del alcalde, quien fue desaforado.

Luego de lo anterior, la Fiscalía de Delitos Electorales obtuvo la correspondiente orden de aprehensión, otorgada por el Juez de Control de los Distritos Judiciales de San Cristóbal y Bochil, la cual fue ejecutada por elementos de la Policía Especializada adscritos a esta Fiscalía en contra de Zenteno.

Según la carpeta de investigación del caso, el ahora detenido, en su carácter de presidente municipal y en ejercicio de sus funciones como servidor público, realizó diversas conductas de naturaleza omisiva, en contra de la síndica y la primera y segunda regidora del Ayuntamiento de Bochil.

El alcalde fue acusado por violencia política de genero (Foto: Twitter @Legismex)
El alcalde fue acusado por violencia política de genero (Foto: Twitter @Legismex)

Entre las conductas registradas en contra de sus compañeras está el no haberlas convocado a sesiones, no proporcionarles información relacionada con sus cargos y funciones, no responder sus requerimientos de información de la cuenta pública, ni de los informes trimestrales y anual, además de que no les permitía asistir a sesiones de cabildo, reteniéndolas en sus propias oficinas.

La dependencia señaló que el alcalde fue recluido en el Centro Estatal de Reinserción Social para Sentenciados (CERSS) número 14 “El Amate”, donde el Órgano Jurisdiccional resolverá su situación jurídica en el término constitucional.

Violencia política de género en el PRI

En julio pasado la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó las medidas cautelares en contra del exgobernador priista, Ulises Ruiz Ortiz, por presunta violencia política en razón de género.

Ruiz Ortiz fue acusado por las diputadas federales Montserrat Arcos Velázquez y Cynthia López Castro, por haber criticado la determinación del al Comité Ejecutivo Nacional del PRI sobre las designaciones de las candidatas y candidatos en el pasado proceso electoral, durante una entrevista radiofónica ocurrida el pasado 30 de junio.

El alcalde fue recluido en el Centro Estatal de Reinserción Social para Sentenciados (CERSS)   (Foto: EFE/Jeffrey Arguedas/Archivo)
El alcalde fue recluido en el Centro Estatal de Reinserción Social para Sentenciados (CERSS) (Foto: EFE/Jeffrey Arguedas/Archivo)

De acuerdo con las declaraciones del exgobernador priista, los miembros del comité “En las plurinominales pusieron a sus socios, a sus prestanombres, a sus familiares, a sus amigos, a sus novias, a sus novios, para tener la seguridad de los votos de cuando les aprieten el cinturón en el gobierno federal y puedan someterse a los caprichos y las ocurrencias que el señor presidente hace con las reformas constitucionales”, aseguró Ruiz, por lo que sus declaraciones fueron señaladas como violencia política en razón de género.

Sin embargo, los consejeros Adriana Favela, Claudia Zavala y Ciro Murayama, rechazaron por unanimidad la solicitud de medidas cautelares, al señalar que las declaraciones del político oaxaqueño no hacen alusión únicamente a las mujeres.

¿Por qué se le llama violencia política por razones de género?

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), “la violencia política por razón de género, comprende todas aquellas acciones u omisiones, que se dirigen a la persona en razón de su género, y que tienen un impacto diferenciado ante las demás personas, afectándolas (o) desproporcionadamente, menoscabando o anulando sus derechos político-electorales, incluso, en el ejercicio de un cargo público”.

Es decir, que potencialmente los actos u omisiones simbólicos, verbales, patrimoniales, económicos, físicos, sexuales y/o psicológicos, realizados por el Estado o sus agentes, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, un particular y/o un grupo de personas, pueden ser constitutivos de violencia política por razón de género.

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