
El plazo para que las empresas mexicanas que se benefician de un esquema de subcontratación laboral, mejor conocido como “outosurcing” o “insourcing”, cumplan con las nuevas reglas de la reforma en materia vence el próximo 24 de julio. Por ello, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) hizo este jueves un llamado a las empresas para transferir a sus nóminas centrales a los trabajadores que se encuentran en sustitución patronal, pues no se les dará un prórroga.
Así lo confirmó la titular de la STPS, Luisa María Alcalde, durante su participación en el lanzamiento del programa “Habilidades Digitales para las Mexicanas del Siglo XXI”. Aseguró que los tiempos para cambiar sus esquemas de contratación no las impuso el Gobierno Federal, sino que fue la propia legislación y lo acordado con el sector privado.

Sostuvo que este nuevo esquema da certeza, no sólo de que cumplen con sus derechos laborales, sino que cumplen con el reparto de utilidades, ya que la vinculación que existe con el reparto de utilidades, tiene que ser repartidas anualmente como establece la Constitución.
Por su parte, Alejandro Salafranca Vázquez, titular de la Unidad de Trabajo Digno de la STPS, afirmó que actualmente la legislación otorga facilidades para realizar la sustitución patronal y el procedimiento que se lleva a cabo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
En este sentido, recordó que las empresas que no hagan la sustitución patronal y continúen beneficiándose de un esquema de subcontratación laboral incurrirán en una ilegalidad, pues la figura de subcontratación laboral fue elevada a delito de defraudación fiscal, el cual se castiga hasta con tres años de prisión.

Además, la modificación a siete ordenamientos legales que contempló la reforma de “outosurcing” fijó una multa de hasta 4 millones 481,000 pesos para los negocios que contraten o presente servicios especializados sin contar con el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Esta multa es la más costosa que se ha contemplado en la Ley Federal del Trabajo.
La reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de este año otorgó un plazo de 90 días naturales para que las empresas beneficiarias de dicho esquema laboral llevan a cabo el proceso de sustitución patronal, sin la condición de transferir los bienes objeto de la compañía contratista, pero respetando la antigüedad de los trabajadores que pasarán a un esquema de contratación directa.
“Los trabajadores no se mueven, siguen trabajando donde siempre, pero su patrón no va a ser un tercero, una empresa de recursos humanos, sino la empresa productiva real para la que han trabajado siempre”, explicó Vázquez sobre la sustitución patronal.
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