“Soy cristiano”: qué dice la ley sobre la declaración de AMLO

El presidente López Obrador reiteró en Palacio Nacional que profesa la religión cristiana. Esto es lo que señala la ley sobre el estado laico

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Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, durante conferencia matutina en Palacio Nacional. Ciudad de México, junio 4, 2021.
Foto: Karina Hernández / Infobae
Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, durante conferencia matutina en Palacio Nacional. Ciudad de México, junio 4, 2021. Foto: Karina Hernández / Infobae

Durante la mañanera de este viernes, el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) se declaró cristiano. Al presidente se le cuestionó sobre el activismo de la Iglesia Católica en el municipio de Agulilla, Michoacán, a lo que el mandatario respondió “Yo soy cristiano y quiero aclararlo, hay en la iglesia evangélica una denominación cristiana pero mi cristianismo, lo que yo practico, tiene que ver con Jesús Cristo...”.

También añadió que, de acuerdo con el último censo el 77% de los mexicanos manifestó ser católico, más de 10% tener una religión evangélica de las distintas denominaciones, y el resto ejerciendo todo su derechos y sus libertadas, expresó no tener creencias o pertenecer a otras religiones.

Con respectó a que el gobierno federal garantiza las libertades del país, dijo: “Nosotros somos respetuosos de todos, de creyentes y de no creyentes, porque tenemos que garantizar las libertades, entonces, México es un país de mujeres y hombres libres.”

En el artículo 24, reformada en 2013, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), se establece que: Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituya un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.

Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, durante conferencia matutina en Palacio Nacional. Ciudad de México, junio 4, 2021.
Foto: Karina Hernández / Infobae
Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, durante conferencia matutina en Palacio Nacional. Ciudad de México, junio 4, 2021. Foto: Karina Hernández / Infobae

Desde su campaña electora en 2012, el presidente, en ese entonces candidato, López Obrador se había declarado cristiano, argumentando que era seguidor de la vida y obra de Cristo Jesús. En 2019, en su conferencia de prensa matutina dijo “Soy seguidor de Jesús Cristo porque defendía a los pobres, estaba a favor de los oprimidos”.

De igual forma, durante la mañanera de hoy, indicó que Jesucristo profesaba amor hacia los pobres, los débiles y los desprotegidos, que es una forma de humanismo. “Si todos fuésemos así viviremos en una sociedad mejor, porque hay la paradoja como en todos los que son seguidores de Jesús Cristo, pero no siguen su ejemplo”, aseguró.

En el artículo 115, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reformado en 2016, establece que: Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las bases que le suceden.

México es un país con una tradición de Estado laico. La separación de iglesia y el estado se celebro en el siglo XIX, con el presidente Benito Juárez. De acuerdo con las Leyes de Reforma, se arrebata el poder económico, político, moral y social que solía tener la iglesia desde el periodo colonial.

Más adelante, en el artículo 122, apartado A, número I establece: La Ciudad de México adoptará para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo, democrático y laico. El poder público de la Ciudad de México se dividirá para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación ni depositarse el Legislativo en un sólo individuo.

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