
El INE (Instituto Nacional Electoral) aprobó este lunes que los candidatos a puestos de elección popular que deseen participar en los comicios de 2021 realicen una declaración “3 de 3″, como se realiza habitualmente para transparentar el patrimonio, posibles conflictos de interés y pagos de impuestos, pero en esta ocasión, con respecto a conductas de violencia contra las mujeres.
El Consejo General del INE aprobó por unanimidad los cuatro modelos de formatos de la declaración “3 de 3 Contra la Violencia”, con el objetivo de prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar la Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género.
Los cuatro formatos están destinados a: partidos políticos; candidaturas independientes; personas que se inscriban a la convocatoria de los OPLE (Organismos Públicos Locales Electorales); y para personas que se inscriban al SPEN (Servicio Profesional Electoral).

“Este Consejo General tiene que ser la pauta y dar ejemplo respecto de cómo transversalizar la perspectiva de género en su fuero interno, en las convocatorias que aprueba”, dijo la Consejera Carla Humphrey, presidenta de las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y No Discriminación y de Prerrogativas y Partidos Políticos.
Consideró que, con la aprobación por unanimidad de los formatos, el INE pone “un pie adelante” y da el ejemplo que espera repitan otras autoridades “para que las personas que violenten a las mujeres no ocupen cargos de elección popular o cargos en estructuras internas”.
Los formatos incluyen la declaración bajo protesta de decir verdad que deberán observar candidaturas independientes, partidos políticos nacionales y locales en el registro de candidaturas a diputaciones federales ante los Consejos del INE para el Proceso Electoral Federal 2020-2021, así como de aspirantes a consejeros electorales de los OPLE y integrarse al SPEN.
¿Qué deberán incluir las declaraciones 3 de 3 contra la violencia de género?

Todos los que aspiren a ser candidatos e integrar la estructura de las autoridades electorales deberán cumplir con tres áreas específicas, de acuerdo con lo aprobado este lunes por el INE. En primer lugar, no haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.
En segundo lugar, no haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.
En tercer lugar, no haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme como deudor alimentario o moroso que atente contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda y que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios.
INE pone en marcha Registro Nacional de personas sancionadas por violencia de género

Ya a principios de diciembre del 2020, el INE publicó el registro, que le ordenó el Tribunal Electoral, donde se enlistan a todas las personas que cometieron violencia política de género, los cuales no podrán participar en elecciones a cargos públicos.
El Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género está disponible para consulta a través de la página web del Instituto. Hasta el momento, el registro cuenta ya con dos personas sancionadas: dos hombres.
Se trata de dos servidores públicos, uno de Querétaro y otro de Campeche, que cometieron violencia de pares y jerárquica, respectivamente, de acuerdo con la base de datos consultada por Infobae México. El primero permanecerá en el registro hasta noviembre de 2021 y el segundo hasta marzo del mismo año.
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