Trabajadores cerraron vialidades en el AICM en demanda de reparto de utilidades

Los trabajadores aeroportuarios no impidieron las actividades del aeropuerto, pero sí reclamaron el pago de la prestación

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Trabajadores Sindicalizados del Aeropuerto CDMX bloquearon accesos a Terminal 1 del AICM (Video: Especial)

Alrededor de 100 trabajadores sindicalizados del Aeropuerto Internacional de la CIudad de México Benito Juárez (AICM) se manifestaron en la Terminal 1 para exigir el pago correspondiente a sus utilidades.

Miembros del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Aeroportuaria Similares y Conexos de la República Mexicana (SNTIA) cargaron lonas y bloquearon la avenida Capitán Carlos León y pasillos de acceso.

Los agremiados demostraron su inconformidad ante el pago inexistente de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) correspondiente a la operatividad de 2019, mismo que tenía una fecha límite de liquidación el 30 de mayo pasado. Dicha irregularidad fue condenada por el líder sindical, César Castellanos, quien aseguró que el año pasado, el AICM tuvo más de 50 millones de pasajeros.

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Cientos de empleados exigen el pago de sus utilidades del periodo 2019 (Foto: Twitter @MMestizaje)

Cabe mencionar que las operaciones de la terminal aérea de la capital no fueron detenidas, a pesar de la lluvia de consignas y pancartas con frases como “No más corrupción, ratero”, “Unidos venceremos” y “El SNTIA unido jamás será vencido”.

Respecto al transporte que llega ese punto de la ciudad, sólo el Metrobús dejó de dar servicio. Ni el Sistema de Transporte Colectivo Metro ni el servicio concesionado dejaron de trabajar.

De igual modo, la Policía de la capital mexicana implementó un operativo preventivo en las inmediaciones del lugar para contener a los manifestantes, pero hasta el momento no se reportan disturbios mayores.

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Esa prestación se debió de haber liquidado hace dos días (Foto: Especial)

Las condiciones de trabajo en el aeropuerto permiten el cobro de utilidades año con año para sus trabajadores, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo. En el Capítulo VIII se estipula la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, éste comprende del Artículo 117 al 131 para delimitar y brindar certeza jurídica a los empleados.

Esto, debido a que si la empresa, en este caso el AICM, tiene más de un año en operaciones y obtuvo utilidades netas por 300,000 pesos o más, debe repartirlas entre sus trabajadores; no obstante, sí existen empresas que no pueden pagar utilidades. Esto si cumplen con las siguientes especificaciones:

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La policía de la CDMX puso un cerco para evitar alborotos mayores (Foto: Especial)

Son de nueva creación durante el primer año de funcionamiento; si además se dedican a la elaboración de un producto nuevo, quedan exceptuadas durante los dos primeros años de funcionamiento.

Las empresas que se fusionen, traspasen o cambien su nombre o razón social, no se consideran de nueva creación.

Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.

Las instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, que no tengan fi­nes de lucro.

El IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) y las instituciones públicas descentralizadas, con fines culturales, asistenciales o de benefi­cencia.

Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300,000 pesos.

Los aeropuertos en México con el brote del coronavirus
Los manifestantes no interrumpieron las actividades aeroportuarias (Foto: Graciela López / Cuartoscuro)

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el reparto de utilidades es un pago adicional al salario que realizan los centros de trabajo cuando han tenido ganancias en el año. “Se considera utilidad en cada empresa la renta gravable, de conformidad con las normas de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR)”, refiere la Ley Federal del Trabajo.

El cálculo de las PTU lo realiza la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, dicha comisión fija un porcentaje del valor la participación correspondiente del trabajador.

La ley especifica que los trabajadores tienen derecho a saber, desde antes que sean liquidadas, cuanto es lo que les corresponde de utilidades y garantiza que éstas sean pagadas en fecha y forma. No obstante, México es un país que recibe varias quejas por la ausencia de este tipo de prestaciones.

Cuando sea este el caso, los trabajadores están en su derecho de proceder legalmente para que el pago de las utilidades se haga efectivo. Para lograrlo, el trabajador o el sindicato debe de acudir a la Profedet, la que dará seguimiento al caso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Sin embargo, muchos trabajadores no proceden legalmente por miedo a perder sus trabajos.

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