
En 2017, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa de mil 100 millones de pesos a cuatro Afore (Principal Afore, Sura, XXI Banorte y Profuturo GNP). Aunque Principal pagó la sanción por 75 millones, Banorte y Sura lograron que jueces admitieran su solicitud de amparo, mientras que Profuturo GNP espera resolución.
Con este amparo, las compañías implicadas pueden ver una disminución de la multa impuesta, por lo que existe la posibilidad de que el SAT no haga válido el cobro de los más de mil millones de pesos que aún están pendientes.
A inicios de 2019, Sura fue acogida a la ley de amparo debido a que no se integró correctamente el expediente y a que la Cofece no les permitió el beneficio de la reducción de sanciones bajo el programa de inmunidad aun cuando enviaron electrónicamente su solicitud para entrar al programa antes de que el regulador emitiera la conclusión.
Debido a eso, el juez Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializada en Competencia Económica afirmó que sin desestimar la práctica monopólica absoluta de Sura, es claro que existía una "falta de reconocimiento del beneficio de reducción de sanciones".

El motivo de XXI Banorte para interponer el recurso legal es que la sanción estaba "sobreestimada", pues el mercado afectado era mayor a lo que en realidad es. De acuerdo con la resolución emitida por el juez el 5 de abril, "la demandante alega que la imposición de la multa es ilegal debido a que toma parámetros erróneos y, por ende, la cuantificación del daño ocasionado al mercado está sobrevalorado".
Debido a su carácter arbitrario, se pidió a la Cofece dejar sin efectos a la multa impuesta a XXI Banorte por 300 millones de pesos, pues la sanción se calculó al doble del monto y, además, se le solicitó la reducción de la penalización, ya que fue una de las compañías que se acogió al programa de inmunidad.
Después de que el amparo se afirme, según expertos, puede acudirse a una segunda instancia donde las compañías implicadas, así como la Cofece, pueden interponer un recurso de revisión contra la sentencia, la cual resolverá un tribunal colegiado de circuito especializado en competencia económica y así la Cofece podrá ajustar la multa.
El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica impuso estas multas en 2017 después de que determinara la responsabilidad de la afores por ponerse de acuerdo para reducir los traspasos entre compañías y bajar el gasto de publicidad.

Asimismo, realizaron esta práctica con el objetivo de incrementar utilidades a partir de la reducción del gasto comercial, lo cual repercutía en mayores beneficios para las Afore, pues operan en un mercado donde es complejo modificar el monto de las comisiones y en el que las inversiones están reguladas.
Cabe destacar que este caso no es único. Esta multa que no se cobró en su totalidad original, se incluye a una lista donde se están Telmex, cuya sanción fue por 12 mil millones de pesos, que se conmutó por el compromiso de la empresa a realizar acciones, y de Pemex, a la cual se le impuso una penalización de 653.2 millones de pesos, mismos que no se cobraron debido a un amparo.
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