
El gobernador de Veracruz, en México, Miguel Ángel Yunes Linares, aseguró que vetará una reforma al artículo 196 bis del Código Penal aprobada por el Congreso local que prohíbe los memes.
La reforma contempla sanciones si se difunden imágenes ofensivas o que dañen la autoestima, la suplantación personal, así como la intervención de correos electrónicos. La posibilidad de que se castiguen los memes generó críticas y preocupación en las redes sociales, porque representa una violación a la libertad de expresión.
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"Vetaré la 'Ley Antimemes', propuesta por el diputado José Kirsch Sánchez; toda vez que sea considera inconstitucional por violentar la libertad de expresión de los veracruzanos", advirtió el mandatario en Twitter.
Vetaré la “Ley Antimemes", propuesta por el Diputado José Kirsch Sánchez; toda vez que se considera inconstitucional por violentar la libertad de expresión de los veracruzanos.
— Miguel Ángel Yunes (@YoconYunes) October 1, 2018
Este cambio en la legislación fue propuesto el 12 marzo por el diputado de la coalición PAN-PRD, Kirsch Sánchez, que ahora pertenece a la bancada de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), y fue aprobado por 40 de 50 diputados.
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De igual manera, el gobernador electo, Cuitláhuac García, aseguró que una vez que asuma el poder, pedirá la revisión de esta reforma pues le parece "desmedida la pena y ambigua la redacción".
En la próxima legislatura solicitaré al Congreso local que se revise el artículo 196 bis sobre "acoso cibernético", en caso de concluirse su promulgación; pues me parece desmedida la pena y ambigua la redacción.
— Cuitlahuac Garcia (@CuitlahuacGJ) October 1, 2018
La reforma al artículo 196 del Código Penal local considera como "acoso cibernético" la difusión de información lasciva o dolosa de una persona, que le cause afectación psicológica, familiar, laboral o en su entorno.
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El texto del artículo adicionado señala: "Se impondrán de seis meses a dos años de prisión, y hasta cien días de trabajo a favor de la comunidad a quien, utilizando cualquier medio de comunicación digital, difunda información lesiva o dolosa de otra persona, revelando, cediendo o transmitiendo una o más imágenes, grabaciones audiovisuales o textos, que dañen su reputación o su autoestima y le causen con ello afectación psicológica, familiar, laboral o en su entorno cotidiano".
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