No es verdad que tenga que volver a inscribir el RUT: la vigencia es indefinida, aseguró el subdirector de la DIAN

Es importante que los usuarios mantengan actualizada la información que se puede hacer en cualquier oficina de la Dian o por la página web

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Foto de archivo, fachada de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN): El Rut tiene vigencia indefinida.10 de abril, 2019. REUTERS/Luisa González
Foto de archivo, fachada de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN): El Rut tiene vigencia indefinida.10 de abril, 2019. REUTERS/Luisa González

El Registro único Tributario -RUT- es un documento importante para los colombianos, debido a que sirve para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas, como lo ha mencionado la DIAN, debido a la importancia que tiene tanto económicamente como legalmente existen muchas preguntas sobre este. De acuerdo con Juan Guillermo Caicedo Useche, Subdirector de la Administración del RUT, hay que hacer dos claridades, la primera, la vigencia del documento es indefinida; y la segunda, es que debe ser actualizada la información periódicamente.

Caicedo, también, aclaró que cuando se pide un RUT actualizado para cualquier trámite es que los datos que tiene el documento coincidan con la información actual tanto de la compañía como de la persona natural, por lo que de ser así las personas deberán hacer la actualización de la información.

En este sentido, la entidad, ha explicado que la actualización se puede dar de forma presencial o de forma virtual y no tienen costo alguno:

Por lo consiguiente se debe tener en cuenta en cualquiera de los dos casos que:

- Como persona natural, usted debe asegurarse de incluir de forma correcta su dirección principal, correo electrónico y números de contacto.

- Tenga en cuenta que los datos que incluya en el formulario del RUT serán los únicos que usará la DIAN para las comunicaciones oficiales con usted.

- Si usted es persona natural extranjera y ya hizo la inscripción en línea en el RUT, verifique que el tipo y número de documento que registró, coinciden con su documento de identificación en Colombia.

- En caso de que haya diferencias, agende una cita para actualizar su inscripción en los puntos de atención o por videollamada, o por PQRS, si usted está fuera del país.

- Su inscripción en el RUT podrá ser suspendida si presenta errores, es inconsistente o no corresponde a la realidad. Por eso, es clave que revise sus datos y los actualice, si es necesario.

- No permita que terceras personas utilicen su RUT para simular operaciones o para fines fraudulentos. Esto le puede generar la determinación de impuestos y sanciones a su nombre.

Si desea actualizar los trámites y lo va a hacer de forma virtual, estos serían los pasos:

- Lo primero que debe hacer es solicitar una cita a través del sitio web de la DIAN. En la opción donde dice “Asignación de cita”, podrá tramitar su inscripción en caso de necesitarlo o actualizar los datos del RUT, en caso de haberse inscrito como persona natural.

- Tan pronto como logre agendar su cita, diríjase al correo electrónico que suministró durante el proceso de inscripción y revise su bandeja de entrada o spam hasta encontrar un e-mail de la DIAN.

- Una vez lo encuentre, ingrese y de clic en la casilla marcada con la frase “Confirmación Cita”.

- Recuerde que debe tratarse del mismo correo electrónico que registró en el RUT.

- Una vez dentro, lea con atención la información que allí aparece, para tener claros todos los requisitos antes de realizar el trámite y confirme que la dirección de correo electrónico para la cual solicita el cambio de clave sea la misma a la cual envió la confirmación de su cita.

- Desde el correo registrado en el RUT o al que solicitó la cita debe pedir que se realice la gestión de su trámite, adjuntando el formato debidamente diligenciado y los documentos necesarios para continuar con el procedimiento.

- Tenga en cuenta que, dependiendo de la hora en la que agendó su cita, debe enviar el correo con toda la documentación requerida antes de las 7:00, 8:00 u 11:00 a.m.

- Una vez realizado este proceso recibirá la respuesta a su trámite, en la dirección de correo electrónico que tiene registrada ante la DIAN o por medio del cual realizó todo el paso a paso.

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