
La Procuraduría General de la Nación continúa avanzando atenta a las decisiones de la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP -. En esta ocasión, el Ministerio Público le pidió a la JEP, “resolver de fondo y con celeridad la situación jurídica de una excombatiente de las Farc reclutada a los 13 años”.
De acuerdo con la Procuraduría la menor fue reclutada en el 2010, y que según expone, “luego de haberse desvinculado en 2013, aún no ha sido aceptada como compareciente ante esa Jurisdicción, a pesar de haber demostrado con suficiencia su condición de excombatiente y víctima del conflicto”.
El Ministerio Público, en medio de un comunicado, le expuso a la JEP, que hay pruebas suficientes de que, “luego de haber sido capturada por el ejército durante un enfrentamiento con las extintas Farc en el que perdió una de sus manos, la adolescente resolvió dejar las armas y fue acogida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, hasta que cumplió la mayoría de edad”, explica la entidad.
Agregando que la excombatiente y víctima del conflicto armado colombiano, se encuentra registrada y activa en el Comité Operativo para la Dejación de Armas, CODA, “como parte del proceso de reintegración que emplea la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, ARN, y ha recibido asistencia psicosocial, beneficios económicos, educativos y de formación para el trabajo”.
La Procuraduría argumenta que con esas pruebas, anteriormente expuestas, se darían por cumplidos los requisitos solicitados por la magistratura para garantizar el acceso a la JEP.
El concepto sobre el caso, remitido por el procurador primero Delegado ante la JEP, Alonso Pío Fernández Angarita, señala que “Si bien, al interior de la JEP no existe unanimidad sobre la aceptación del certificado CODA para lograr la acreditación del factor personal, debe tenerse en cuenta que la solicitante no tiene investigaciones penales en su contra y tampoco registra sanciones o inhabilidades por parte de la Procuraduría, tal y como está demostrado en el expediente”.
También asegura que, “la Jurisdicción podría estar ante una víctima del conflicto armado, sujeto de especial protección (…) en cuanto que con ocasión del conflicto fue víctima de un bombardeo que le generó secuelas graves y permanentes en su cuerpo”.
Finalmente, el Ministerio Público expuso que para la Procuraduría, permitir que esta excombatiente acceda a la JEP es una garantía para las víctimas, “pues con sus aportes a la verdad se fortalece el ejercicio de construcción de memoria histórica, si no que, además, se convierte en un eje fundamental para demostrar el patrón criminal que ejecutaban las extintas Farc al reclutar niños y niñas con un objetivo militar”.
La Procuraduría requirió además al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF - para que, “dé cumplimiento inmediato a la solicitud de la JEP e informe sobre el ingreso de la excombatiente a dicha institución, las condiciones en las que sucedió y las fechas de permanencia bajo la tutela de la correspondiente Comisaría de Familia”.
Al final de la comunicación de Alonso Pío Fernández Angarita advirtió como delegado que, “la omisión en la respuesta al requerimiento expone a quién ocupe la dirección del ICBF, a una solicitud formal de incidente de desacato por incumplir con esta orden judicial”, enfatizó.
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