Condenan a la Nación por el atentado contra una estación de Policía en Orito, en 2011

La decisión se toma teniendo en cuenta que fue un hecho registrado durante el periodo de conflicto entre el Estado y la guerrilla de las Farc, en el que era el primero el que debía proteger a las víctimas y encontrar un cese a las confrontaciones armadas

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El Tribunal Administrativo de Nariño falló, en la mañana de este martes 10 de agosto, a favor de las víctimas del atentado de la estación de Policía de Orito, Putumayo, perpetrado por miembros de la hoy desaparecida guerrilla de las Farc, el 30 de diciembre de 2011. Tras la decisión, será el Estado colombiano el que tendrá que reparar a los damnificados de la bomba que estalló hacia las nueve de la noche de ese viernes.

”Se logra establecer que el objetivo del atentado terrorista era afectar a la entidad oficial, y esta identificación del objetivo del ataque es el que permite derivar la responsabilidad del Estado por los daños sufridos por los ciudadanos que afrontaron los efectos colaterales de la detonación, por lo que en el caso, están dados los presupuestos para proferir una condena al Estado, bajo el título de imputación por daño especial”, dice el fallo difundido inicialmente por el diario El Tiempo.

Valga recordar, entonces, que dicho ataque dejó un saldo de dos muertos: la esposa del capitán José Alejandro Claros, comandante de esa estación, y el hijo de ambos, de ocho meses de nacido. Igualmente, dejó otros 16 heridos, incluidos ese uniformado, su otro hijo de dos años de edad en ese momento; y otros tres policías.

Así, y teniendo en cuenta de que se trata de un acto terrorista en el marco del conflicto armado, el Tribunal resolvió que es la Nación la que debe amparar a las víctimas “si se considera que le corresponde garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos, el orden público y la solución del conflicto armado, de modo que en principio deberá responder por los daños antijurídicos que sufren las víctimas del mismo”.

Si bien no se ha dado a conocer la pena la indemnización que pagar el Estado colombiano a las víctimas, si se sabe que el mismo ordena una reparación similar a la que emitida en 2018 por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Mocoa en 2018. De acuerdo con el mencionado diario, la misma tendría algunos ajustes teniendo en cuenta la particularidad de los hechos en cuestión.

Después de todo, el documento del fallo asegura que, “se puso a los administrados en una situación de riesgo potencial de sufrir daños colaterales por la misma situación desentrañada por la violencia, para el específico caso, por cuanto el ataque costó la vida de civiles que si bien se encontraban voluntariamente en las instalaciones, no tenían el deber jurídico de soportar la fatal consecuencia derivada del conflicto interno”.

De igual manera, el documento advierte que, ”en consecuencia, de acuerdo con los criterios jurisprudenciales y con base en las pruebas allegadas al proceso, se concluye que el ataque perpetrado en el municipio de Orito iba dirigido en contra de una institución del Estado o alguno de sus miembros, y por tanto, es procedente endilgarle responsabilidad al este por estos hechos”, agrega la decisión judicial.

Según le explicó a ese diario el abogado Javier Villegas Posada, quien representó a los familiares de las víctimas, “la irresponsabilidad frente a estos hechos ha sido relevante ya que los autores materiales e intelectuales gozan de total impunidad. La complacencia con el terrorismo, la criminalidad y la impunidad socavan gravemente los más profundos cimientos de la institucionalidad”, dijo.

No sobra recordar que, por ese atentado las autoridades colombianas habían ofrecido inicialmente una recompensa de 100.000 millones de pesos para quienes entregaran información que ayudara a dar con la captura de los responsables. Esto llevó a la aprehensión de Diego Armando Mina, integrante de las Farc que fue condenado tras aceptar cargos en julio de 2012.

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