JEP asegura que exmilitar acusado por ‘falsos positivos’ pudo salir del país por error de un juez de Medellín

Según el presidente del organismo de justicia transicional, el togado que levantó la orden de captura contra Francisco Eladio Uribe Ochoa olvidó reportar a Migración el cambio de estatus judicial del hombre.

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Francisco Eladio Uribe Ochoa, quien aparece en la parte de atrás de la foto vistiendo una camisa camuflada, es acusado de participar en un falso positivo en 2008. (Haití). EFE/ Jean Marc Hervé Abélard/Archivo
Francisco Eladio Uribe Ochoa, quien aparece en la parte de atrás de la foto vistiendo una camisa camuflada, es acusado de participar en un falso positivo en 2008. (Haití). EFE/ Jean Marc Hervé Abélard/Archivo

Eduardo Cifuentes, presidente de la Jurisdicción Especial para La Paz (JEP), se refirió esta tarde al caso de los exmilitares capturados en Haití por el magnicidio del presidente de ese país, Jovenel Moïse. El jefe de la justicia transicional habló, específicamente, del caso de Francisco Eladio Uribe Ochoa, quien viajó al la nación insular a pesar de estar investigado por casos de falsos positivos.

Valga recordar que, en los últimos días ha habido polémica al respecto, pues no estaba claro si Uribe Ochoa podía o no salir del país al estar cobijado por el organismo creado para impartir justicia en procesos relacionados con el conflicto armado en Colombia. Al respecto, Cifuentes señaló que, “todos los comparecientes ante la JEP están sujetos a obligaciones y a deberes y no hay ningún beneficio que no esté sujeto a un régimen de condicionalidad, que es objeto de supervisión por parte de las salas de justicia competentes”.

Uribe, quien había ingresado al Ejército Nacional en 2000, se sometió al organismo de justicia transicional a causa de su presunta participación en el homicidio de Luis Carlos Cárdenas, a principios de 2008, en la vereda Chorros Blancos del municipio de Yarumal, Antioquia. El asesinato se habría registrado en el marco de la operación ‘Ferrari’, sancionada por el entonces sargento segundo César Alberto Tafur.

El hecho es que la víctima llegó hasta esas tierras tras ser atraído por un reclutador que le prometió trabajo en las haciendas bananeras del departamento, según relata un allegado que rechazó la misma oferta. Lo siguiente que se supo fue que Cárdenas resultó asesinado en una supuesta operación contra el pago de extorsiones, y fue presentado como un combatiente caído en combate.

Por estos hechos, la Fiscalía General de la Nación presentó escrito de acusación contra Tafur y Uribe en noviembre de 2018. Ese mismo año se profirió una orden de captura en contra de ambos, que posteriormente fue suspendida por el Juzgado Cuarto Penal Municipal con función de control de garantías de Medellín.

A causa de ello, y otros argumentos, el propio ente acusador, junto a la Procuraduría General de la Nación, resolvió enviar el expediente del caso a la JEP en octubre de 2019, llevando a que esta última acogiera el proceso en diciembre de 2020. Desde entonces, continúa en proceso, por lo que resultó extraño que Uribe apareciera en Haití.

Dicho esto, y teniendo en cuenta que parte del compromiso del exmilitar para mantener su proceso en la JEP era no salir del país sin autorización de la misma, el presidente del organismo especial comentó que, “en este caso, la Sala de Justicia me ha informado que la orden de suspensión de la captura fue proferida por un juez de control de garantías de Medellín, que hizo el traslado del caso a la Jurisdicción, pero que no reportó a Migración esta situación”. Es decir, el error viene desde 2018 y nadie lo notó hasta ahora.

De esta manera se confirma lo reportado el pasado miércoles 14 de julio por el director de Migración Colombia, Juan Francisco Espinosa, quien ya había explicado que Uribe pudo partir desde Bogotá hacia Punta Cana el 4 de junio de este año, debido a que los jueces no comunicaron sobre la restricción de tránsito internacional que pesa sobre el hoy acusado de magnicidio.

“Tratándose de Uribe Ochoa, no tenía ningún tipo de restricción de salida del país, bien sea porque en el proceso judicial no fue ordenado o bien sea porque no se comunicó. En términos generales lo que hay que tener presente es que Migración Colombia opera una decisión judicial pero no decide en ese caso que un nacional no pueda salir del país porque es su derecho”, señaló Espinosa.

Con todo, el magistrado Cifuentes señaló que ahora recae sobre la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP la responsabilidad de resolver el enredo y determinar las acciones y consecuencias que le siguen a la salida del país de Uribe Ochoa.

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