MinComercio anuncia decreto para que las zonas francas impulsen la economía 4.0 en Colombia

Con el Decreto 278 se disminuirá el monto mínimo de inversión requerido para la declaración y la prórroga de una zona franca, así como la reducción de tiempos y requisitos, según el ministro José Manuel Restrepo.

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El ministro de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, José Manuel Restrepo. EFE/Mauricio Dueñas Castañeda/Archivo
El ministro de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, José Manuel Restrepo. EFE/Mauricio Dueñas Castañeda/Archivo

Además del lanzamiento de la estrategia ‘Vacunémonos y Volvamos a Vivir’, con la que se invitará a los colombianos a inmunizarse contra el covid-19, este 15 de marzo el presidente Iván Duque dio a conocer la expedición de un nuevo decreto que modifica el régimen de las zonas francas en Colombia. Lo hizo junto al ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo Abondano, en el programa ‘Prevención y Acción’.

Se trata del Decreto 278 del 15 de marzo de 2021, mediante el cual, entre otras, se disminuirá el monto mínimo de inversión requerido para la declaración y la prórroga de una zona franca, así como la reducción de tiempos y requisitos. La apuesta será promover la economía 4.0 y la exportación de servicios.

Lo que explicó José Manuel Restrepo fue que, con la normativa se impulsará la implementación de un modelo de zonas francas 4.0, a través del cual se optimizará la competitividad de este instrumento de promoción de inversión en el país.

“Con este avance estructural en el régimen, el Gobierno contribuye a posicionar al país a la vanguardia en el hemisferio para la atracción de inversión, al contar con un instrumento moderno que hoy cuenta con 120 zonas francas declaradas”, aseguró José Manuel Restrepo.

Las 120 zonas francas, de las cuales 79 son permanentes especiales y 41 permanentes, han generado 136.000 empleos y $ 48 billones de pesos los últimos 13 años, de acuerdo con el ministro de Comercio, Industria y Turismo.

<b>Las novedades que trae el Decreto 278</b>

- Entre las novedades que trae consigo la resolución sobresalen el permiso a las zonas francas de bienes y servicios de hacer comercio electrónico, mediante la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes.

- “Adicionalmente, se habilita que zonas francas permanentes especiales de servicios puedan convertirse en zonas francas permanentes, con el objetivo de calificar usuarios que presten servicios (fundamentalmente de exportación), tales como ciencia, tecnología, innovación, cultura y conocimiento, entre otros”, explicó el MinComercio.

- En el caso de los municipios con menos de un millón de habitantes, se eliminará el requerimiento de área mínima de 20 hectáreas para la creación de zonas francas “dedicadas exclusivamente a la prestación de servicios”.

- En cuanto a los entes territoriales en condición de pobreza, el compromiso de inversión se reducirá hasta en un 30 %. De acuerdo con el MinComercio, “esta posibilidad también aplica para la solicitud de prórroga de zonas francas existentes en municipios con dicha característica”.

- Paralela a la reducción de tiempo y requisitos, también se disminuirá el 15,2 % el monto mínimo de inversión requerido para la declaratoria y prórroga de zonas francas (en función de tipologías de sectores productivos).

- Concretamente en lo relacionado con el trámite de nuevas declaratorias, se reduce de 57 a 24 el número de requisitos que deben ser acreditados, así como el tiempo para la declaratoria de 18 a 6 meses aproximadamente.

- En el decreto también se establece la posibilidad para la solicitud de nuevas zonas francas en todo tipo de actividades agroindustriales, así como para concesiones aeroportuarias y férreas (este último sujeto a reglamentación).

- En el marco del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación (SNCI), el MinComercio habilitó la creación de un Comité Técnico de Zonas Francas, para promover la competitividad del régimen de zonas francas frente a terceros países, además de fortalecer la operación del modelo en el país.

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