JEP niega la solicitud de sometimiento de Jorge Luis Alfonso López, hijo de ‘La Gata’

El mecanismo argumentó tres razones especificas que explican por qué no puede juzgar a alias de “El Gatico”.

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Foto de archivo. Magistrados de
Foto de archivo. Magistrados de la Justicia Especial para la Paz (JEP) se desplazaban a una audiencia en la sede del tribunal en Bogotá, Colombia, 13 de julio, 2018. REUTERS/Luisa González

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunció, este 15 de febrero, que Jorge Luis Alfonso López, alias de “El Gatico”, hijo de Enilce López, alias ‘La Gata’, no podrá ser juzgado por el mecanismo. Esta decisión fue tomada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas del mismo tribunal, que argumenta que no tiene competencia en el caso y, además, el sujeto a procesar no presentó un compromiso concreto con la jurisdicción.

“Alfonso López presentó su solicitud de sometimiento tanto en calidad de agente de Estado no integrante de la fuerza pública, en relación con hechos ocurridos durante su ejercicio como alcalde del municipio de Magangué (Bolívar) entre los años 2004 y 2007, como en calidad de tercero civil, en relación con conductas cometidas antes y después de ese periodo. (...) Luego de surtir un proceso que incluyó la participación de las víctimas acreditadas y del Ministerio Público, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas resolvió rechazar la solicitud de sometimiento de Alfonso López por tres razones principales”, indicó la JEP a través de un comunicado de prensa.

Las tres razones del mecanismo para no someter al sujeto son:

1. La JEP no tiene competencia para conocer de los hechos procesados ya que, de acuerdo con lo acreditado ante la justicia ordinaria, cuando ‘El Gatito’ cometió los delitos, era integrante activo de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), cuyos miembros están excluidos del marco de competencia de la JEP.

2. La Sala determinó que carece de competencia material para conocer detalles de la extinción de dominio porque esa acción es de carácter meramente patrimonial y no se encuentra dentro del ámbito de competencia de esta Jurisdicción.

3. Se estableció que, a pesar de las múltiples oportunidades procesales concedidas, López no presentó un “compromiso claro, concreto y programado conforme a los principios del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, requisito esencial para efectos de aceptar el sometimiento de un compareciente voluntario a la JEP”.

El mecanismo explicó que aceptar un sometimiento en estas condiciones equivaldría, en palabras de la Sección de Apelación, a “admitir a una persona que no exhibe un compromiso serio de avanzar los objetivos del sistema transicional y, por tanto, beneficiarla sin razón”. Teniendo en cuenta esta afirmación y el hecho de que el solicitante manifestó que quería ser juzgado con base en la información ya aportada, llevó a la Sala a concluir lo expresado.

Es importante mencionar que, al no concederle el sometimiento a la JEP a López, también se le negó el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada que había solicitado.

Así mismo, se destaca que alias ‘El Gatico’ presentó su solicitud de sometimiento ante la JEP en calidad de “agente de Estado no integrante de la fuerza pública”, para que el mecanismo revisara los homicidios del periodista Rafael Enrique Prins Velásquez, Édgar Carrasquilla y Yamil Kasser. Además, se le juzgara por los delitos de lavado de activos agravado, enriquecimiento ilícito de particulares y concierto para delinquir.

“Alfonso López solicitó a la JEP declarar su competencia para conocer (i) el proceso penal por el que fue condenado por el homicidio del periodista Rafael Enrique Prins Velásquez; (ii) el proceso penal adelantado por el homicidio del señor Yamil Kasser Alí; (iii) el proceso penal en cuyo marco fue acusado por los delitos de lavado de activos agravado, enriquecimiento ilícito de particulares y concierto para delinquir; (iv) el proceso penal por el homicidio del señor Édgar Carrasquilla; (v) un proceso disciplinario; y (vi) la acción de extinción de dominio”, detalló el mecanismo.

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