La historia de Coproagrosur y su responsabilidad en el despojo paramilitar en Bolívar

La Corte Suprema de Justicia ratifica la condena contra Luis Bernardo Gaviria, exgerente de la cooperativa por aliarse con las autodefensas

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Foto: EFE/Carlos López
Foto: EFE/Carlos López

Para 1999 los paramilitares del Bloque Central Bolívar de las Autodefensas Unidas de Colombia le quitaron a la fuerza la finca “Patio Bonito” a sus dueños, Jairo y Fredy Triviño Alzate.

El predio está ubicado en el corregimiento de San Blas en Simití, Bolívar, y se convirtió en un centro de operaciones de narcotráfico, por su parte, los propietarios tuvieron que salir desplazados por amenazas.

En este sentido, la Corte Suprema de Justicia acaba de ratificar la condena a Luis Bernardo Gaviria quien era para ese momento el gerente de la cooperativa Coproagrosur.

Los paramilitares que le quitaron la finca a los Triviño Álzate- sus dueños naturales- fueron Pedro Mafia y Camilo Dueñas. Así pues, en 2006 uno de los hermanos Triviño fue obligado a firmar un poder para transferir el dominio del terreno a manos de Gaviria, que por ese entonces manejaba una cooperativa.

Esa cooperativa buscaba realizar una erradicación efectiva de cultivos ilícitos y reemplazarlos por cultivos de palma africana. Sin embargo, después de varias investigaciones la justicia demostró que el proyecto era dirigido y auspiciado por excomandantes desmovilizados de las Autodefensas.

Por esto mismo, Gaviria fue condenado por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Cartagena en febrero de 2017.

Ese juzgado condenó al acusado a 6 años y 9 meses de prisión por concierto para delinquir agravado. Esa decisión quedó en firme por el Tribunal Superior de dicha ciudad en octubre de 2018 y acaba de ser ratificada por la Corte Suprema, que estudió un recurso extraordinario con el cual el empresario buscaba quedar libre.

Luis Bernardo Gaviria fue detenido en mayo de 2012 y en su defensa alegaba que la cooperativa había comprado los terrenos sin que nunca fuera advertido de la presión paramilitar ni del despojo o el desplazamiento.

Fue por esto que la Fiscalía señaló que, si bien Gaviria no ocasionó el desplazamiento, “con su actuar apoyó a quienes, a través de las armas, obligaron a salir a los señores Triviño de su tierra”.

Los jueces de instancia agregaron que estas acciones permitieron la continuidad del desplazamiento e indicaron que el empresario sí sabía de los intereses que tenían los paramilitares en dicha finca que pasó luego, “inexplicablemente a sus manos en virtud de contrato de compraventa”.

<mark class="hl_orange"><b>Lo que dijo la Corte</b></mark>

“Si le fue o no entregada (a los Triviño) alguna remuneración por la enajenación del predio, ello no desdice que hayan sido obligados a salir de la propiedad bajo coacción y a firmar el poder con el cual se efectuó el traslado jurídico del mismo, eje fundamental de su declaración (…) La influencia ejercida por los denominados grupos paramilitares en el sur del Bolívar y en muchas regiones del país, fue correlativa al empleo de la violencia sobre los miembros de la población civil y, el desplazamiento que se concretó con la finalidad de resguardar sus vidas”, señaló la Corte Suprema.

En ese sentido, el fallo emitido por la Corte, la Sala Penal indicó que los poderes no fueron entregados de manera voluntaria por los hermanos Triviño y resaltó que la firma de uno de ellos fue falsificada:

“No es sólo es la pertenencia a la cooperativa de la que se deduce el compromiso penal, sino haberse acreditado que Luis Bernardo Gaviria se concertó con los paramilitares para que por intermedio suyo se obtuvieran los títulos de la propiedad de las tierras de los Triviño, con la finalidad de establecer cultivos de palma africana”, dijo.

Y agregó que “La organización paramilitar estuvo detrás de la conformación de cooperativas pamicultoras que se establecieron para esa época, controlaban sus operaciones y se beneficiaban de sus utilidades, como ha sido documentado en decisiones judiciales ya ejecutoriadas, al punto que, Coproagrosur fue entregada por alias Macaco a la jurisdicción transicional con fines de reparación de las víctimas”, sentenció.

<mark class="hl_orange"><b>Declaraciones y testigos</b></mark>

Por su parte, para este caso, declaró Hernán Ospina Escobar, alias Llavecita, quien además ratificó que, si bien la cooperativa Coproagrosur inicialmente fue una iniciativa campesina, pasó a ser un activo paramilitar.

“Así, informó que luego de propiciar su creación con algunos líderes comunitarios, se truncó por oposición del grupo paramilitar a través del comandante «Gustavo», quien, posteriormente, decidiría darle impulso involucrándose en el proyecto de sustitución de cultivos ilícitos como una alternativa de debilitamiento de la guerrilla que se financiaba con ellos -esto según se lo manifestó alias «Julián Bolívar» a Hernán Ospina- y para el cual, incluso, se impuso como asociados a miembros o familiares del bloque central Bolívar que operaba en la zona”, sostuvo la Corte.

Según Ospina Escobar, en calidad de testigo, el nombre de Coproagrosur fue impuesto por Iván Roberto Duque Gaviria, alias Ernesto Báez mientras que Carlos Mario Jiménez, alias Macaco facilitó la semilla para los cultivos en el vivero que se instalaron.

Según las declaraciones de Ospina Escobar, nada se hacía sin aprobación de los paramilitares, quienes visitaban rutinariamente la cooperativa e impartían órdenes en la región. Incluso dijo que, Gaviria para poder ocupar la gerencia debía tener aval de los paramilitares.

Según la Corte Suprema, el testigo aceptó que entre las fincas cuya posesión tenía el grupo paramilitar, “estaba la conocida como «la dos» o «patio bonito», lugar donde efectivamente llegaban los paramilitares e incluso aterrizaban sus helicópteros, siendo un hecho conocido por toda la comunidad, misma respecto de la cual, Luis Bernardo Gaviria firmó escrituras para aparecer como su propietario en el año 2006, lo cual, sucedió porque así se lo manifestó Carlos Mario Jiménez, al pedirle colaboración con el proceso de legalización de predios de los que tenían su posesión”.

Finalmente, para la Corte Suprema, esto evidencia que Gaviria sí sabía del uso de la finca con fines de narcotráfico y paramilitarismo, “Todo lo anterior, revela, sin duda alguna, la vinculación del procesado con el grupo paramilitar y su compromiso con el desplazamiento forzado del cual fueron víctimas los hermanos Álzate, pues contribuyó a mantener el despojo de su bien inmueble. Siendo este el panorama, permite afirmar que las pruebas no fueron ignoradas, sino que su estudio conjunto lleva a concluir la materialidad de la conducta y la responsabilidad del acusado en los términos decantados en las sentencias de primer y segundo grado”, precisó la Corte.

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