
El caso de castigos inhumados y discriminación racial en el centro Educativo Eustasio, en Puerto Gaitán, Meta, consterna a la nación. Diez jóvenes indígenas de entre 12 y 16 años denunciaron violaciones a sus derechos fundamentales de educación, integridad física, salud y alimentación. La Corte Constitucional les dio la razón en una sentencia emitida este martes.
Los obligaban a comer el papel de sus cuadernos, los amenazaban con pegarles, desnudarlos o amarrarlos, les prohibían usar el baño en las noches, les metían las manos en inodoros sucios, los pateaban y les pegaban con varillas de hierro. Estos eran algunos de los crueles tratos a los que eran sometidos los niños indígenas de la comunidad Cubeo Sikuani.
El centro educativo, creado en 2017 y con 5 sedes en el país, funciona como internado para atender la zona rural de El Porvenir. Más de 30 estudiantes –en su mayoría indígenas (43%)– reciben hospedaje, alimentación y educación en el lugar. Pero los alumnos vivieron toda una película de terror.
Los alumnos detallaron cómo dos profesores del plantel –uno de ellos el sacerdote que coordinaba la institución– los discriminaban por su raza con palabras despectivas y los golpeaban si no se sabían la lección. Los dos implicados renunciaron para no entorpecer la investigación de la Fiscalía.
Los cuestionados negaron los señalamientos, según relata Semana. Dijeron que no les quitaban la comida, ni usaban términos peyorativos contra ellos, ni los encerraban, ni mucho menos usaron métodos violentos.
Pero eso no fue lo que creyeron los magistrados de la Corte, que reafirmaron que el uso de "fuerza bruta" para sancionar estudiantes es una violación a sus derechos. "Estas formas de represión generaron sentimientos de miedo que fueron plasmados por los relatos de los niños, quienes se sintieron humillados y avergonzados con los castigos impuestos", describe el alto tribunal, según reseña El Espectador.
La Corte ordenó realizar un acto simbólico para evaluar con toda la comunidad académica la pedagogía utilizada en los hechos condenados, y definir otro tipo de sanciones que no violenten la constitución. "Deben preferirse aquellos medios que potencialicen su libre autodeterminación, su autocrítica y libre corrección individual", añade.
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