El crecimiento del teletrabajo demanda la regulación de esta modalidad en El Salvador

Representante del Consejo Superior del Trabajo indica que se debe establecer normas para el trabajo remoto, ante la creciente demanda y los vacíos de protección social que afectan a quienes laboran a distancia, especialmente en servicios profesionales y call centers.

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Una persona frente a su ordenador utilizando ChatGPT.
No existe un marco legal específico sobre teletrabajo en El Salvador, lo que priva a los empleados remotos de protección laboral adecuada./ (Canva)

El trabajo virtual en El Salvador, conocido también como teletrabajo o trabajo remoto, ha cobrado relevancia en el contexto de la transformación digital y la evolución de las relaciones laborales.

El Consejo Superior del Trabajo, instancia tripartita conformada por representantes del gobierno, empresa privada y trabajadores, ya ha abordado la necesidad de regular este tipo de modalidad, ante el creciente número de salvadoreños que desempeñan sus labores a distancia, principalmente en sectores como los call centers y servicios profesionales.

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Durante una entrevista en el programa radial “Corre Corre”, Marta Campos, vicepresidenta del Consejo Superior del Trabajo y representante del sector trabajador, explicó que en El Salvador la mayoría de quienes trabajan de forma virtual lo hacen bajo contratos de servicios profesionales.

Este tipo de contratación, según Campos, priva a los trabajadores de derechos como acceso al Seguro Social, cotización en las AFP y prestaciones sociales. Los empleados perciben sus pagos menos el descuento de IVA y renta, sin gozar de estabilidad ni de beneficios laborales contemplados para el empleo formal.

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Campos destacó que el Consejo Superior del Trabajo ha identificado como prioridad la necesidad de investigar y normar la situación de los trabajadores virtuales, reconociendo que muchos jóvenes enfrentan condiciones precarias y ausencia de seguridad social.

La funcionaria señaló que, aunque el Ministerio de Trabajo puede actuar ante denuncias formales, actualmente no existe un marco legal específico que garantice la protección de quienes realizan teletrabajo en el país.

Ante la consulta sobre el camino que hay que seguir para regular este tipo de modalidad laboral, aseguró que no podía opinar solo ella, porque el Consejo es “un ente tripartito”. “Entonces, sería de llevar el tema al consejo y buscar una salida conjunta, porque también ahí están los empleadores”, dijo.

Una madre se sienta en una mesa trabajando en una computadora, con una niña pequeña a su lado. Otros dos niños están sentados en mesas cercanas. Juguetes y útiles escolares son visibles.
Son muchas las mujeres que enfrentan desafíos al trabajar remoto desde sus hogares./ (Imagen Ilustrativa Infobae)

En ese sentido, El Salvador tiene sobre sus hombros promover reformas al Código de Trabajo y otras leyes laborales, de modo que se adapten a los convenios internacionales ratificados y a las nuevas formas de empleo.

Directrices de la OIT sobre teletrabajo

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) no cuenta con un convenio específico que regule el teletrabajo, pero sí ha emitido guías y recomendaciones para los Estados miembros. Entre los principios destacados por la OIT para la regulación del trabajo virtual figuran:

  • El teletrabajo debe ser voluntario para el trabajador y reversible.
  • Deben garantizarse los mismos derechos y condiciones que para quienes laboran en las instalaciones del empleador.
  • El empleador debe proporcionar y mantener el equipo necesario y asumir los costos asociados al trabajo remoto, como internet y electricidad.
  • Es fundamental respetar la jornada laboral, los descansos y el derecho a la desconexión digital.
  • El empleador sigue siendo responsable de la salud y seguridad ocupacional del teletrabajador.
  • Se debe asegurar la protección de la privacidad, limitando la vigilancia digital y consultando a los sindicatos sobre el uso de tecnologías de monitoreo.
  • El teletrabajo no debe ser utilizado para precarizar el empleo ni modificar el estatus laboral.
  • Se debe garantizar el acceso a la formación, el desarrollo profesional y el derecho a la sindicalización y negociación colectiva para los trabajadores remotos.

A nivel internacional, la OIT destaca la necesidad de adecuar las legislaciones nacionales para que el teletrabajo no signifique una pérdida de derechos laborales ni un retroceso en la protección social. También subraya la importancia del diálogo social para construir regulaciones que atiendan tanto la flexibilidad como la protección de los trabajadores. Estas recomendaciones pueden consultarse en documentos como la guía legal sobre teletrabajo de la CSI/ITUC y en informes recientes elaborados tras la pandemia de COVID-19.

Expectativa ante la salida de la lista corta de la OIT

Mano con pin de bandera de El Salvador señalando documento. Hombre con camisa azul mira por ventana a paisaje urbano y volcán.
Un funcionario de El Salvador examina documentos clave mientras el país espera salir de la lista de la OIT, reflejando el compromiso con mejoras laborales. (Imagen Ilustrativa Infobae)

En paralelo a la discusión sobre el trabajo virtual, el sector laboral salvadoreño se mantiene expectante ante la posibilidad de que El Salvador salga de la llamada “lista corta” de la OIT, en la que figuran los países señalados por violaciones a los derechos laborales y sindicales.

De acuerdo con Campos, la reactivación del Consejo Superior del Trabajo y el diálogo entre los sectores son pasos clave para mejorar la imagen internacional del país y abrir nuevas oportunidades de inversión y empleo digno.

La regulación del trabajo virtual y la adecuación de la legislación nacional a los estándares internacionales son parte de los desafíos actuales para avanzar hacia un mercado laboral más justo y moderno, donde las nuevas formas de trabajo no signifiquen una merma en los derechos de las personas trabajadoras.

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