La Corte Interamericana condenó a Uruguay a reconocer asesinatos durante la dictadura e indemnizar a familiares de las víctimas

La nueva condena es por el caso de las llamadas “pibas de abril” y las desapariciones de Oscar Tassino y Chiqui González

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Corte Interamericana condenó a Uruguay
Corte Interamericana condenó a Uruguay por no reconocer los asesinatos de las "pibas de abril" y otros dos desaparecidos durante la dictadura militar

La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Uruguay por las violaciones de derechos humanos en los casos de desapariciones durante la dictadura militar de Luis Eduardo González González y Óscar Tassino y los asesinatos de Diana Maidanik (22 años al momento de morir), Silvia Reyes y Laura Raggio (19 años a la hora de morir, ambas).

Las tres chicas fueron ejecutadas el 21 de abril de 1974, por militares uruguayos y el caso trascendió a la prensa como “las muchachas de abril” o “las pibas de abril”.

Uno de los abogados demandantes, Martín Fernández, dijo que es importante que se reconozca que el Estado es responsable porque “confirma la legitimidad del reclamo y la razón de los familiares en seguir buscando desesperadamente los restos, y saber qué pasó con sus familiares”, informó La Diaria.

La condena hace responsable al país por la desaparición forzada de dos personas durante la dictadura y por la “diligencia investigativa” en el caso de la muerte violenta de tres mujeres jóvenes. Comunicada la sentencia este lunes a través de un comunicado, los miembros de la Corte declaran que existió responsabilidad por parte del Estado.

“La CIDH declaró responsable internacionalmente al Estado de Uruguay por las violaciones a distintos derechos humanos, en perjuicio de Luis Eduardo González González y Óscar Tassino Asteazu (víctimas de desapariciones forzadas que principiaron durante la dictadura que sufrió Uruguay entre 1973 y 1985), y sus familiares. También determinó la responsabilidad internacional de Uruguay por violaciones a derechos humanos en perjuicio de los familiares de Diana Maidanik, Silvia Reyes y Laura Raggio (ejecutadas por militares en la misma época)”, decía.

Agregó que “más de tres décadas después, no se sabe toda la verdad sobre lo ocurrido ni se han determinado todas las responsabilidades penales por estos hechos”. También se declara la obligación de “efectuar una búsqueda rigurosa por la vía judicial y administrativa pertinente”, y darle a las familias afectadas tratamiento psicológico.

La Corte también concluyó que el Estado no investigó de forma debida los casos de muerte violenta de Maidanik, Reyes y Raggio por lo que los derechos de sus familiares a garantías judiciales y protección judicial.

En la sentencia, se establecen como obligación medidas de reparación que incluyen continuar las investigaciones, dar tratamiento psicológico a familiares de las víctimas y realiza un acto de público reconocimiento de responsabilidad a los hechos del caso.

Laura Raggio, Silvia Reyes, de
Laura Raggio, Silvia Reyes, de 19 años, y Diana Maidanik, de 22, fueron asesinadas en 1974 y pasaron a la historia como ""las pibas de abril" (Foto: recorte de diario La Izquierda de Uruguay de 1974)

También se planteó incorporar estudios en derechos humanos en los programas de formación y educación en las escuelas de las Fuerzas Armadas. Además, se le encomendó al Estado uruguayo fortalecer la Fiscalía que se especializa en Derechos Humanos. Se reclama “adoptar un plan estratégico dirigido a enjuiciar y castigar debidamente a los autores de actos de violencia contra la mujer cometidos durante la dictadura cívico-militar”.

Según el abogado Fernández, Uruguay ratificó de manera soberana y voluntaria la la Convención Americana de los Derechos Humanos y la competencia de las instituciones del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos. “No respetar este fallo implica negar la propia legitimidad de estar dentro de la Organización de Estados Americanos, estás negando tu propia legitimidad en cualquier reclamo. Tiene que ser cumplido porque el Estado asumió soberanamente su jurisdicción”, dijo.

El estado de las causas

Hasta el momento no hay procesados por la causa que investiga los asesinatos de “las muchachas de abril”. Las mismas fueron asesinadas el 21 de abril de 1974 en un operativo al mando de José Nino Gavazzo y Juan Rebollo mientras que buscaban al militante tupamaro Washington Barrios.

En febrero de 2021, el fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe pidió el procesamiento con prisión de los militares retirados de Gavazzo, Juan Rebollo y Eduardo Klastornick. Sin embargo, Gavazzo y Klastornick murieron a mediados de este año.

En febrero de 2021, el
En febrero de 2021, el fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe pidió el procesamiento con prisión de los militares retirados de José Nino Gavazzo (foto), Juan Rebollo y Eduardo Klastornick. Gavazzo y Klastornick murieron a mediados de 2021 (EFE)

El caso está siendo investigado por el juzgado penal de 23° turno. Por otro lado, en la causa que investiga las desapariciones del militante comunista Óscar Tassino, la jueza penal de 27° turno, Silvia Urioste, procesó con prisión este abril al coronel retirado Eduardo Ferro. Tassino fue detenido en en julio de 1977 por integrantes del Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas y trasladado a una prisión, donde murió bajo tortura.

La causa restante, la que investiga la desaparición del comunista Luis Eduardo “Chiqui” González se encuentra en etapa de presumario y no hay pedidos de procesamiento. Al mismo lo detuvieron en su casa junto con su esposa que se encontraba embarazada de cuatro meses. Ambos fueron trasladados al Regimiento de Caballería y ambos murieron ahí, sin conocer el resto del paradero de sus hijos.

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