
El Senado brasileño aprobó este martes un proyecto de ley que tipifica el crimen de acoso reiterado e ilegítimo (‘stalking’) y prevé penas de entre seis meses y dos años de prisión para los responsables de esta “persecución obsesiva”.
Como ya había sido aprobada el año pasado por la Cámara de Diputados, la iniciativa ahora tan solo depende de la sanción del presidente brasileño, Jair Bolsonaro, para convertirse en ley y para que el nuevo delito sea incluido en el Código Penal.
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El proyecto fue aprobado por 74 de los 75 senadores presentes este martes en una sesión plenaria especial de la Cámara Alta en la que fueron discutidas medidas que pueden beneficiar a las mujeres, como parte de las conmemoraciones del Día Internacional de la Mujer, celebrado la víspera.
Según el proyecto, esta práctica criminal puede ser configurada por medio de una persecución presencial o virtual, desde que sea hecha de forma reiterada y desde que amenace la integridad física o psicológica de la víctima.
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El texto también responsabiliza por el crimen a quien le restringe la capacidad de locomoción a la víctima de persecución obsesiva o quien le “invada o perturbe su esfera de libertad o privacidad”.
Además de establecer penas de hasta dos años de prisión para quienes sean considerados responsables por el delito, el proyecto también prevé la imposición de multas a los condenados.
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Las penas pueden ser elevadas en un 50 % en caso de que las víctimas de los crímenes sean niños, adolescentes, ancianos o mujeres por razones de condición de su género femenino y en caso de que se compruebe la participación de dos personas o más como autoras, o que usen armas.
El Senado alteró las penas que habían sido aprobadas por los diputados, ya que la Cámara Baja había previsto condenas de entre uno y cuatro años de prisión.
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Los senadores alegaron que la pena prevista por los diputados era excesivamente rigurosa en comparación con sanciones establecidas para crímenes más graves.
Antes de la aprobación de la ley, los responsables por comportamientos considerados como “stalking” en Brasil tan solo podían ser sancionados como autores de una infracción penal -y no un crimen- que el Código Penal tipifica como “perturbación de la tranquilidad” y para el que se prevén penas de entre 15 días y 2 meses de cárcel.
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El proyecto aprobado hoy es de autoría de la senadora Leila Barros, legisladora del Partido Socialista Brasileño (PSB) por el Distrito Federal de Brasilia, y fue inicialmente votado por la Cámara Alta en agosto de 2019.
Pero el proyecto volvió a discusión al Senado el año pasado debido a que sufrió alteraciones de fondo en la Cámara de Diputados.
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El ponente del proyecto en el Congreso, el senador Rodrigo Cunha, destacó la importancia de esta ley en un país como Brasil, que es el quinto en el mundo en número de feminicidios.
El legislador alegó que en el 76 % de los casos de feminicidio está comprobado que el homicidio fue precedido por comportamientos que pueden ser tipificados como stalking.
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Un estudio divulgado la semana pasada por la Red de Observatorios de Seguridad reveló que unas 750 mujeres fueron víctimas de feminicidio en los cinco estados que concentran a casi la mitad de la población de Brasil (Sao Paulo, Río de Janeiro, Bahía, Ceará y Pernambuco).
En 2019 fueron identificadas 1.326 víctimas de feminicidio en el gigante suramericano, un aumento de 7,1 % en el comparativo con 2018, en su mayoría mujeres negras muertas por sus propios compañeros sentimentales.
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(Con información de EFE)
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