
La Justicia de Neuquén dictó una sentencia unánime que puso fin a meses de incertidumbre para la familia de Mariano Daniel Ibarra, el camionero oriundo de Coronel Dorrego que fue asesinado en Cutral Co durante un violento asalto.
La decisión estuvo a cargo de los jueces Maximiliano Bagnat, Lisandro Borgonovo y la jueza Vanessa Macedo Font.
El crimen ocurrió el 2 de junio de 2025, cuando mataron a Ibarra frente a un comercio del barrio Pampa. La víctima, de unos 40 años, se encontraba en plena jornada laboral. Había llegado a la localidad neuquina transportando harina para la empresa Zabalegui de Bahía Blanca. Mientras dos compañeros descargaban la mercadería sobre la calle General Paz, Ibarra permanecía en la cabina del camión sin imaginar que en cuestión de minutos el recorrido tomaría un giro fatal.
Según informó el portal LM Neuquén, los hechos ocurrieron en la mañana, cuando dos individuos armados abordaron al camionero. Portando armas de fuego, rompieron uno de los vidrios del vehículo y lo amenazaron exigiéndole sus pertenencias. La víctima intentó advertir a sus colegas tocando la bocina en un intento desesperado de pedir ayuda.
Según relató Brenda Ibarra, hermana de la víctima, “le aparecieron en la ventana, él les dijo que les daba todo, que no le hicieran nada y lo empezaron a golpear”. Pese a que entregó su teléfono celular, efectos personales y 200 mil pesos en efectivo, los agresores dispararon en tres ocasiones, hiriendo gravemente a Ibarra.
El ataque dejó secuelas irreversibles: una de las balas impactó en el tórax de Ibarra, quien logró sobrevivir casi un mes internado en una clínica de la capital de Neuquén. Durante ese tiempo, pudo relatar lo sucedido a su familia, que se trasladó desde Coronel Dorrego para acompañarlo y enfrentar los gastos imprevistos de la estadía, llegando incluso a organizar una rifa para costear la permanencia.

La fiscal Mayra Febrer lideró la investigación y, en base a las pruebas recolectadas, imputó a los hermanos Hernández como coautores del delito de homicidio en ocasión de robo. La pesquisa se apoyó en elementos materiales y testimonios que permitieron identificar la participación de ambos en el hecho, así como la existencia de una planificación previa. El juez Lisandro Borgonovo subrayó que se trató de “una acción previamente concertada con división de tarea e inteligencia previa”.
En diciembre último, enfrentados a la contundencia de las pruebas, los hermanos reconocieron su responsabilidad en el marco de un acuerdo con la Fiscalía. De esta forma, aceptaron los hechos y evitaron la realización de un juicio oral extenso, lo que para la familia de la víctima suponía la posibilidad de evitar una revictimización adicional. La jueza Vanessa Macedo Font explicó que al momento de evaluar los agravantes y atenuantes se ponderó “la sujeción al procedimiento abreviado y evitar el juicio y la consecuente revictimización para la familia de quien resultó víctima en este caso”.
La resolución de esta semana fijó la pena en 13 años y 4 meses de prisión de cumplimiento efectivo para cada uno de los condenados. Esta sanción coincidió con el pedido realizado por la fiscal Febrer y fue considerada “justa, razonable, proporcional, respetuosa de los principios constitucionales y finalidad de la pena, adecuada para el hecho por el cual fueron condenados”, según expresó la magistrada durante la audiencia.
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