
En medio de una investigación por explotación de niños en internet, la Policía de Córdoba realizó una serie de allanamientos en varias viviendas de la localidad de Dean Funes. Fue así que se concretó la detención de dos mujeres, madre y abuela de una nena de 7 años, que habría sido víctima de este delito.
El operativo se llevó a cabo el jueves cerca de las 18:30 horas, cuando las autoridades dieron con el paradero de dos mujeres, de 63 y 30 años, acusadas de haber explotado a una menor de edad.
La causa, instruida por la Fiscalía de Instrucción de la Novena Circunscripción Judicial bajo la dirección de la fiscal Analía Cepede, se originó a partir de un reporte del Centro Nacional para Niños Perdidos y Explotados (NCMEC, por sus siglas en inglés), que se trata de una organización internacional dedicada a centralizar denuncias sobre explotación infantil en línea.
De acuerdo con la información publicada por El Doce.tv, en los domicilios allanados, los agentes incautaron dos teléfonos celulares, prendas de vestir y otros objetos considerados relevantes para la investigación, los cuales quedaron bajo resguardo judicial.
Tanto las detenidas como los elementos secuestrados fueron trasladados a la sede policial y permanecen a disposición del magistrado a cargo. No obstante, no se obtuvieron detalles sobre el estado y futuro de la menor que habría sido víctima de sus familiares.
Condenaron a dos hombres por abusar de menores que eran sus familiares
La Justicia de Córdoba dictó una de las sentencias más severas de los últimos años en materia de delitos sexuales intrafamiliares, al condenar a 15 años de prisión efectiva a un hombre hallado culpable de abusos sexuales continuados y gravemente ultrajantes contra dos menores de su entorno familiar.
En la audiencia de juicio, la secretaria de Cámara, Claudia Funes, procedió a la lectura del fallo, que dispuso la inmediata detención y traslado del condenado a la unidad penitenciaria de Villa Dolores. El fiscal de Cámara, Sergio Cuello, había solicitado una condena aún mayor, de 16 años, y argumentó la necesidad de prisión preventiva por el alto riesgo de fuga, ya que el acusado carecía de domicilio fijo y existía la sospecha de que intentaría salir del país hacia Uruguay.
Tras evaluarse el caso, la Cámara estableció una pena de quince años de cumplimiento efectivo, ejecutada en el acto. Entre los argumentos dados a conocer, se consideró probado el profundo daño en la salud mental de las víctimas, un factor que resultó determinante para la magnitud de la pena.

La causa se originó a partir de denuncias presentadas ante la Unidad Judicial de Villa Dolores, que dieron lugar a una investigación exhaustiva. El tribunal, presidido por el juez Carlos Escudero, concluyó que existieron abusos sexuales continuados y gravemente ultrajantes, agravados por la promoción de la corrupción de menores de forma continuada.
Las pruebas reunidas, entre ellas peritajes psicológicos y testimonios, acreditaron el daño severo en la salud mental de las víctimas, dos menores que habían depositado su confianza en miembros de su familia. Frente a esto, la Justicia subrayó en su resolución que la gravedad de los delitos y el daño comprobado justificaban la imposición de una pena ejemplar, sin posibilidad de medidas alternativas.
A finales del mes pasado, la Justicia de Córdoba dictó otra condena relevante en la provincia por delitos sexuales intrafamiliares. En ese caso, un cuidador de caballos de 32 años, identificado como F. G., fue sentenciado a 10 años de prisión efectiva por abuso sexual con acceso carnal reiterado contra dos menores de su grupo familiar.
La investigación se inició tras denuncias de allegados a las víctimas en una localidad cercana a Villa María, donde el acusado trabajaba en establecimientos rurales. El proceso judicial incluyó la intervención de magistrados, peritos y numerosos testigos, cuyos aportes resultaron decisivos para acreditar la responsabilidad penal del acusado.
Por esto, el tribunal enfatizó en su dictamen que la relación familiar entre el acusado y las menores fue un elemento clave para la comisión de los hechos. La sentencia, de cumplimiento efectivo, no contempló alternativas a la prisión, por lo que el condenado deberá cumplir la totalidad de la pena en la cárcel.
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