
En el cierre del juicio contra el multicampeón de canotaje Néstor “Piri” Pinta, la querella solicitó que el deportista de élite fuera condenado a cumplir 15 años en prisión, por presuntamente haberle entregado ex alumnas a su padre para que abuse de ellas. Luego de que el Tribunal Criminal N° 3 de Bahía Blanca volviera a rechazar un pedido de nulidad por parte de la defensa, el “Rey del Río” admitió que había varias similitudes en los relatos de las testigos.
La abogada de las denunciantes del referente deportivo de Carmen de Patagones, María Fernanda Petersen, sostuvo que el acusado debía afrontar una pena de 15 años en prisión, más accesorias legales y costas por considerarlo penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante en carácter de partícipe necesario en dos hechos en concurso real.
“El Señor Néstor Pinta no llegó a esta instancia meramente por ser ‘hijo del abusador’, sino por su cooperación dolosa en la perpetración de los abusos sexuales ocurridos”, sostuvo la letrada, después de que destacara que los hechos se habrían sostenido durante un largo período de tiempo. Aldo Pinta, el padre del remero, no será juzgado, debido a que el hombre tomó la decisión de suicidarse, luego de que se radicara la primera denuncia en su contra a mediados de 2020.
Durante el alegato, la querella destacó que “su rol como entrenador de una escuela de canotaje implica una obligación ética y legal de proteger a los menores”, al hacer referencia a que las denunciantes habrían sido menores de edad en el momento que habrían sucedido los abusos.

En el escrito al que tuvo acceso Infobae, Petersen señaló que “su inacción no solo defraudó la confianza depositada en él, sino que también permitió que se perpetraran actos de abuso que podrían haberse evitado”. Y apuntó que “sin esta cooperación, el no velar por el cuidado de las víctimas, las omisiones deliberadas, el delito no habría podido cometerse, ni sostenerse en el tiempo”.
Otro de los detalles que fueron destacados por la querella constó de las invitaciones que el acusado habría realizado a las denunciantes para que se sumaran al equipo de canotaje que él entrenaba en la Escuela Municipal de Carmen de Patagones. A la vez que remarcó que su rol de “ídolo” fue un factor clave, debido a que ambas aseguraron haberse sentido orgullosas de haber sido convocadas por él.
“No solo era director de Deporte, quien estaba a cargo de la escuela de canotaje, era el referente deportivo, el ídolo, con quien todas, según pudieron declarar las víctimas, quieren remar”, subrayó al indicar que el peso de su imagen habría sido utilizada como una “herramienta de aseguramiento de la confianza”.
Luego de reiterar que era imposible que desconociera los presuntos abusos que cometía su padre en su habitación matrimonial, debido a que él se encontraba en el cuarto contiguo en plena merienda con el resto del equipo, sostuvo que Pinta “sabiendo lo que sucedía, continuaba convocando jóvenes para que integren dicha institución”.

Incluso, la letrada cuestionó la naturaleza de las “sesiones de masajes” que su padre le realizaba a las deportistas, tras apuntar que los padres de las menores de edad nunca fueron informados. Asimismo, expuso que la habitación en la que ocurrieron los hechos no estaba preparada para ese fin, debido a que ni siquiera había una camilla de masajes en su interior.
Además de apuntar que Aldo Pinta no contaba con ningún tipo de autorización y/o contratación para ofrecer esa clase de servicios a los atletas, la querella resaltó que “como adulto deportista de élite no debería haber permitido que se le hicieran masajes a las niñas deportistas antes de ir al gimnasio porque no es lo recomendable”.
“La condena del Señor Néstor Pinta debe ser vista como un paso hacia la justicia, no solo para las víctimas, sino también como un mensaje claro sobre la importancia de la responsabilidad y el deber de protección que tienen los adultos en posiciones de confianza”, sentenció Petersen.
Previo a esto, el referente del canotaje hizo uso de su derecho a declarar ante el tribunal, en donde volvió a negar que tuviera algún tipo de conocimiento de los presuntos abusos que habría cometido su padre en contra de sus ex alumnas. Y aseguró que se habría enterado de las denuncias, luego de que fuera convocado por el intendente de Carmen de Patagones.

Al mismo tiempo que reconoció sentirse arrepentido de la manera en la que actuó con su padre porque “hoy no lo tiene vivo”, admitió la posibilidad de que “algo hubiera pasado”. La reflexión surgió producto de los relatos aportados por las testigos, sin embargo, desconoció los casos de las denunciantes.
Frente a esto, el abogado de Pinta, Maximiliano De Mira, solicitó hacer una declaración espontánea, en donde solicitó al tribunal que diera lugar a la nulidad del requerimiento de prueba, tras considerar que la imputación no era clara y que no había elementos de prueba suficiente para continuar con el juicio.
El recurso ya había sido presentado durante la audiencia del lunes y, al igual que en la primera instancia, volvió a ser rechazado. Por este motivo, la defensa solicitó la absolución del multicampeón de la Regata de Río Negro al asegurar que no tenía manera de saber sobre la existencia de los supuestos abusos.
Luego de que se cerrara el proceso judicial, los jueces Daniela Castaño, Eduardo D’Empaire y Julián Saldías contarán con una semana para tomar una resolución respecto a los hechos por los que fue acusado Pinta. El tribunal contará con tres vías posibles: aceptar el pedido de la querella, proponer una pena propia, o darle lugar a la solicitud de absolución de la defensa.
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