La Corte Suprema rechazó el pedido de excarcelación a Cristian Aldana

El músico fue condenado a 25 años en prisión por corrupción de menores en 2019

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El músico está condenado a 25 años en prisión (Adrián Escandar)
El músico está condenado a 25 años en prisión (Adrián Escandar)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación negó un pedido de excarcelación presentado, por tercera vez, por la defensa del ex líder de la banda de rock llamada El Otro Yo, Humberto Cristian Aldana. En 2019, el artista fue encontrado culpable de corrupción de menores, en un total de siete casos, pero el año pasado le sumaron tres años más a la condena luego de que se determinara que estaban vigentes otros dos hechos denunciados.

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°25 rechazó el pedido de excarcelación o morigeración de la prisión preventiva del músico que se encuentra detenido desde el 2016. Después de que la defensa apelara contra la negativa, el Máximo Tribunal compuesto por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenktranz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti determinó que el planteo era inadmisible.

El juicio oral contra Aldana había comenzado en mayo de 2018 luego de que un total de 10 mujeres denunciaran haber sido abusadas por el cantante entre 1999 y 2010, cuando tenían entre 13 y 16 años. Durante el proceso judicial, las víctimas relataron las experiencias traumáticas que vivieron a manos del cantante, en donde señalaron que éste las hizo participar de orgías con otras menores, las agredió físicamente y les contagió enfermedades de transmisión sexual.

Según la información recopilada por Télam, la instancia judicial finalizó en 2019, cuando el Tribunal Oral en lo Criminal N°25 lo sentenció a 22 años en prisión por haber cometido el delito de “abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores en siete casos”.

Cristian Aldana durante el día de del juicio (Adrián Escandar)
Cristian Aldana durante el día de del juicio (Adrián Escandar)

Anteriormente, el fiscal a cargo de la acusación pidió que el artista sea condenado a 35 años de cárcel, debido a que los testimonios de las denunciantes “se refuerzan entre sí”. Además, señaló que estos eran creíbles y había pruebas contundentes de los abusos sexuales que sufrieron las mujeres.

Por su parte, en su alegato el ex líder de El Otro Yo pidió su excarcelación al negar haber conocido a las víctimas y desmentir que hubiera participado de encuentros sexuales individuales y grupales con alguna de ellas.

A pesar de esto, en la resolución presentada por la Sala de Feria “A” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional señalaron que el músico se aprovechó de “la admiración que generaba en sus víctimas debido a su actividad como integrantes de una banda musical de la cual aquellas eran seguidoras”.

En la actualidad, la pena a la que se enfrenta Aldana se incrementó luego de que en julio del 2022 los jueces Gustavo Bruzzone y Jorge Raimondi, en representación de la Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, elevaran la condena de 22 a 25 años. La decisión se fundamentó en que dos denuncias que habían sido consideradas prescriptas, en realidad, continuaban en vigencia.

El día del juicio, Aldana escuchó y anotó cada palabra de los presentes (Adrián Escandar)
El día del juicio, Aldana escuchó y anotó cada palabra de los presentes (Adrián Escandar)

El pedido de revisión había sido solicitado por el fiscal Guillermo Pérez de la Fuente, quien pidió que se revisaran dos de los tres casos que presuntamente habían prescripto. De esta manera, Casación dio lugar al recurso presentado por el representante del Ministerio Público Fiscal al señalar que “la pena de 25 años resulta proporcional al grado de culpabilidad de Aldana por los hechos”.

En este sentido, Bruzzone explicó que la decisión de aceptar los dos casos se basó en que los delitos cometidos por Aldana en perjuicio de las víctimas no solamente ocurrieron de manera reiterada, sino que varios de ellos llegaron a coexistir en el mismo tiempo, por lo que los demás casos evitaron la prescripción de los dos relatos analizados.

“Ninguno de los hechos por los que Aldana fue juzgado y condenado se encontraba prescripto a la fecha del primer llamado a indagatoria que se produjo el 21 de diciembre de 2016″, indicó el camarista al remarcar que, para que un caso sea considerado proscripto ante la ley, debe haber transcurrido un plazo de diez años. De esta forma, la fecha límite para denunciar al músico habría sido en 2018.

Por otro lado, los jueces señalaron que el ex líder de El Otro Yo habría tenido el mismo modus operandi con cada una de ellas al recordar que “el imputado las había contactado por el chat de la web de ‘El Otro Yo’ o por medio de alguna otra fan que ya lo había conocido”. Asimismo, remarcaron que las víctimas compartían un perfil similar al mencionar que todas eran fanáticas de la banda, tenían entre 14 y 16 años y vivían situaciones familiares complicadas.

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