
La Policía de Neuquén busca intensamente a Maia Xiomara Parra, una adolescente de 17 años que fue vista por última vez el pasado miércoles, y por la que se emitió una Alerta Nati.
La ficha de búsqueda de la menor, publicada por las autoridades locales, consigna que mide 1,60 mts, tiene contextura robusta, tez blanca, ojos marrones claros y posee cabello corto, con flequillo, hasta los hombros, teñido de rojo.
Además, se desconoce la vestimenta que utilizaba al momento de su desaparición y tampoco se precisó si llevaba teléfono celular y cuándo fue la última vez que mantuvo comunicación con sus familiares y amigos.

El personal policial solicita que cualquier información sobre el paradero de la adolescente sea remitida a la Fiscalía de Delitos Contra Las Personas o a la Comisaría 3° al teléfono (0299) 443-2872.
¿Qué es la Alerta Nati?
Esta alerta se estableció a través de la Ley N° 2705, que surgió a partir del caso de Natalia Ciccioli, la nena de 12 años que desapareció el 16 de enero de 1994. Ese día, la menor bajaba por la Cuesta de los Andes con destino al centro de San Martín de los Andes para ir a tomar un helado con los amigos. Nunca más se supo de ella.
La ley, promulgada el 30 de junio de 2010, legisla acerca de los procedimientos a seguir ante la desaparición de niñas, niños y adolescentes de menos de 18 años. Además, la reglamentación detalla la información que se debe solicitar al denunciante para contribuir con la búsqueda. Este sistema se activa cuando se reporta la desaparición de una persona y se considera que su vida o integridad física puede estar en peligro.

Según la norma, la autoridad de aplicación es la Policía de Neuquén, que una vez que surge el aviso da la alerta a todos los medios de comunicación y viraliza por redes la búsqueda.
La ley, que consta de nueve artículos, también destaca que la Superintendencia de Seguridad, por cualquier medio idóneo, emitirá la alerta y se aportará la descripción de la víctima y provisión de números telefónicos a los cuales comunicarse para brindar información acerca del paradero.
En la Alerta Nati, según consigna el artículo 7, podrán participar -voluntariamente- cualquier entidad pública, provincial o municipal, sector privado u organizaciones no gubernamentales. Además, la Secretaría de Estado de Seguridad designará un Comité Coordinador y adoptará las medidas necesarias para su aplicación.
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