
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este jueves, a través de la publicación en el Boletín Oficial, la comercialización de una marca de alcohol etílico.
La Disposición 8368/2020 estableció la prohibición del “uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto: Alcohol etílico 96° - ELIMINA HONGOS Y BACTERIAS AL INSTANTE – COLMED, Vencimiento 05/05/2023, INDUSTRIA ARGENTINA, 500 ml. USO MEDICINAL CALIDAD FARMACOPEA ARGENTINA. DIRECTOR TECNICO Farmacéutico Mario Muñiz M.P. 15861 A.N.M.A.T. N° 5670/06- CERT. INSCR. M.S.P. PCIA DE BS.AS. 27212 – I.N.V. XAD 105. COLMED S.A. Calle 9 Ruta 8 Km 60 B1629MXA Pilar. Pcia. De Bs. As. por carecer de registro y ser en consecuencia ilegal”.
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Entre los considerandos se señaló que “la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recibió una consulta por parte de un paciente respecto del producto el cual manifestó que no tiene el olor característico (más parece olor a solvente)”.
Ante ello, esa dirección “consultó a la Dirección de Gestión de Información Técnica respecto de los datos aportados y respondió que la firma COLMED no se encuentra habilitada por ANMAT”.
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Junto a ello, “la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud consultó al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) si la empresa COLMED es una empresa autorizada por dicho instituto, a lo que respondieron que en la etiqueta enviada se podía verificar que el producto contaba con dos inscripciones que correspondían uno a la firma PORTA HNOS (QDD101) y el otro a la firma ALCOFRAC (XAD105)" y también informó que "dicha firma no se encontraba en los registros del INV como establecimiento habilitado, por lo que este producto claramente está en infracción”.
Asimismo, se remarcó que “se consultó en la página web de esta Administración Nacional y pudo constatarse que la firma COLMED no se encuentra dentro del listado de empresas habilitadas y por lo tanto el producto tampoco se encuentra autorizado”, por lo que “se puso en conocimiento del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) de la situación a fin de que actúe en el marco de su competencia”.
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Determinó también que “atento a las circunstancias detalladas, toda vez que se trata de un producto respecto del cual se desconoce el efectivo origen, condiciones de elaboración y contenido, el mismo resulta peligroso para la salud de los pacientes a los que se administre, no pudiendo garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, y a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios es que el Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud sugirió prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto”.
Por último, la ANMAT destacó que “con el fin de proteger la salud de potenciales adquirentes y usuarios, la Coordinación de Sumarios considera que resulta adecuado tomar una medida sanitaria respecto del producto de marras toda vez que se desconoce su origen por lo que no resulta posible garantizar su trazabilidad, condiciones de elaboración, como así tampoco su calidad”.
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