La ANMAT detectó certificados vencidos en 54 droguerías: qué medida anunció

El organismo divulgó la decisión en el Boletín Oficial. Los detalles

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Según la normativa vigente, las
Según la normativa vigente, las droguerías deben contar con la habilitación del establecimiento y el certificado de buenas prácticas de distribución, que tiene una validez de cinco años y debe renovarse con al menos sesenta días de anticipación, requisito que no fue cumplido por las empresas alcanzadas por la medida de la ANMAT (Imagen Ilustrativa Infobae)

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ejecutó una medida de alcance nacional al dar de baja la habilitación que permitía el tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales a 54 droguerías en todo el país.

Esta resolución, que responde a la necesidad de mantener únicamente en funcionamiento a aquellas firmas que cumplen rigurosamente con los requisitos normativos, se fundamenta en la detección de certificados de buenas prácticas de distribución vencidos y la ausencia de trámites de renovación dentro de los plazos establecidos.

En los fundamentos de la decisión, se subrayó que la baja de las habilitaciones se inscribe en el marco de las tareas de control de certificados no reinscriptos y del registro de inscripción de establecimientos que se están llevando a cabo a fin de proteger la salud pública y garantizar que solo se encuentren habilitados establecimientos que cumplan con los requisitos técnicos, profesionales y regulatorios establecidos.

De acuerdo con la normativa vigente, toda droguería interesada en el tránsito interjurisdiccional de productos farmacéuticos debe solicitar previamente dos autorizaciones: la habilitación de sus establecimientos y el certificado de cumplimiento de buenas prácticas de distribución de medicamentos.

La resolución de la ANMAT
La resolución de la ANMAT también incluyó a dos compañías habilitadas como importadoras y exportadoras de especialidades medicinales, que quedaron inhabilitadas para operar internacionalmente por no presentar certificados activos en el Registro de Especialidades Medicinales, condición imprescindible para la actividad en el sector (Imagen Ilustrativa Infobae)

Este certificado posee una validez de cinco años, exigiendo su renovación con al menos sesenta días hábiles antes del vencimiento. Todas las empresas alcanzadas por la medida contaban con la habilitación previa, pero su certificado estaba ya vencido y no habían iniciado el proceso administrativo para actualizarlo, lo cual constituye una inobservancia grave para la continuidad de sus actividades.

La resolución también incluyó a dos compañías habilitadas como importadoras y exportadoras de especialidades medicinales, que no presentaban certificados activos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM), requisito imprescindible para operar en el ámbito internacional. De esta forma, el organismo busca preservar la trazabilidad y seguridad en la comercialización y distribución de medicamentos, cerrando la puerta a las actividades de empresas que no sostienen el estándar mínimo exigido para el sector.

Entre las droguerías alcanzadas por la baja de habilitación se encuentran algunas con presencia en múltiples jurisdicciones argentinas, como la Provincia de Buenos Aires, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y también de provincias como Corrientes, Mendoza, Córdoba, Salta, Chaco, Misiones, Santa Fe, La Pampa, San Juan, La Rioja, Río Negro y Tucumán.

Dentro de la nómina figuran DROGUERÍA JAVA DE BIOSEGURIDAD ARGENTINA S.A., DROGUERÍA URBANA S.A., DROGUERÍA MULTIMED S.R.L., ULTRA PHARMA S.A., DROGUERÍA FARMACOM S.A., DROGUERÍA BRAYTON FARMACÉUTICA DE ARGENTINA S.A., DROGUERÍA EFG FARMA S.A., GALENICA S.R.L. y DROGUERÍA BATIA S.R.L., entre otras.

La baja dictada también alcanzó a establecimientos que funcionaban como importadores y exportadores, cuya operación en el sector internacional quedó vedada por no contar con los requisitos de inscripción en el REM, reforzando así la política del organismo para impedir situaciones de potencial riesgo sanitario.

Entre las droguerías afectadas figuran
Entre las droguerías afectadas figuran firmas con operaciones en la Provincia de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Corrientes, Mendoza, Córdoba, Salta, Chaco, Misiones, Santa Fe, La Pampa, San Juan, La Rioja, Río Negro y Tucumán, lo que evidencia el alcance federal de la disposición (Imagen Ilustrativa Infobae)

Las otras droguerías alcanzadas por la medida

  • DROGUERÍA NETPHARM S.R.L.
  • DROGUERÍA MEGAFARMA S.R.L.
  • DROGUERÍA ALTA CRUZ S.R.L.
  • DROGUERÍA BYOS DE LUIS JORGE LEAL BAUDRIX
  • DROGUERÍA MEDICAL ROSARIO DE ALEJANDRO PASCUTTINI
  • DROGUERÍA BELLAVISTA S.A.
  • DROGUERÍA URRUTI SALUD DE EDGARDO ARIEL URRUTI
  • DROGUERÍA DISTRIBUIDORA NORTE S.R.L.
  • DROGUERÍA DARIO MAXIMO PETTAZZI DE DARIO MAXIMO PETTAZZI
  • DROGUERÍA LAS MARÍAS DE CARLOS ÁNGEL HERNÁNDEZ
  • DROGUERÍA LU BEL S.R.L.
  • DROGUERÍA VALLEBONA DE MARIA JULIA VALLEBONA
  • DROGUERÍA DISTRIBUIDORA DIMEK S.A.
  • DROGUERÍA MILENIUM S.A.
  • DROGUERÍA SERVIFARMA DE DIMARFA S.A.
  • DROGUERÍA CN FARMA S.A.
  • DROGUERÍA PIMA S.R.L.
  • DROGUERÍA BIOAMERICA FARMA ARGENTINA S.A.
  • DROGUERÍA CA-PHARM S.A.
  • DROGUERÍA SERV-SALUD
  • DROGUERÍA ZERO DE HAYDEE CARMEN ZANELLA
  • DROGUERÍA SAN AGUSTIN S.R.L.
  • DROGUERÍA DEL CERRO S.R.L.
  • DROGUERÍA CORREA DE SALVATORI R.P.S.R.L.
  • DROGUERÍA INSUMOS S.A.
  • DROGUERÍA INDEPENDENCIA
  • DROGUERÍA MDQ S.A.
  • DROGUERÍA MEDICINA ANDINA S.A.
  • DROGUERÍA FULL FARMA S.R.L.
  • DROGUERÍA DRONA FARMACÉUTICA
  • DROGUERÍA ORIGIM DE FABIÁN RAMÓN BIANCHETTI
  • DROGUERÍA LK-PHARMA S.R.L.
  • DROGUERÍA INTER FARM S.R.L.
  • DROGUERÍA LAFKEN PATAGONIA DE S.M. LAFKEN S.A.
  • DROGUERÍA FARMA FLEMING
  • DROGUERÍA PRODUME DE DISTRIBUIDORA PRODUME S.R.L.
  • DROGUERÍA ALMAFUERTE S.R.L.
  • DROGUERÍA CUENCA S.R.L.
  • DROGUERÍA THERAFARMA S.A.
  • DROGUERÍA PRAGA DE PRAGA GROUP MED S.R.L.
  • DROGUERÍA D.I.M. S.A.
  • DROGUERÍA FERNANDO PEDANO DE FERNANDO PEDANO S.R.L.
  • DROGUERÍA DEL RETIRO SALUD S.A.
  • DROGUERÍA GENÉRICOS BUENOS AIRES S.R.L.
  • DROGUERÍA INDESA S.R.L.

Otras medidas recientes de la ANMAT

A este contexto, se suma otra resolución adoptada días atrás en el marco de un proceso integral de revisión. La ANMAT procedió a la inhibición total de actividades a BIOTENK S.A. y a LABORATORIOS SOLKOTAL S.A., conforme a las Disposiciones 1/2026 y 9/2026 respectivamente, ambas publicadas en el Boletín Oficial. La medida comprendió también la baja de habilitación de ocho establecimientos, producto de inactividad verificada y carencias en la conducción técnica, en línea con la Ley Nº 16.463.

La ANMAT fundamentó la baja
La ANMAT fundamentó la baja de habilitaciones en la detección de certificados de buenas prácticas de distribución vencidos y la ausencia de trámites de renovación, situaciones consideradas de alto riesgo para la continuidad del circuito legal de medicamentos y especialidades medicinales en el país (Imagen Ilustrativa Infobae)

Estas decisiones obedecen al interés de ANMAT por “optimizar recursos y agilizar la vigilancia”, estableciendo una política sanitaria que busca eliminar moras administrativas y robustecer la capacidad regulatoria del ente. En este contexto, la reciente designación de Luis Fontana como titular de la entidad recalca el inicio de una etapa orientada al fortalecimiento de los estándares y controles en el ámbito de medicamentos y laboratorios.

En el caso de BIOTENK S.A., laboratorio enfocado en la venta masiva de medicamentos, el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME) realizó una inspección que constató la inexistencia formal de un área de farmacovigilancia en la empresa, así como una falta sistémica de notificaciones de reacciones adversas. El informe de INAME enumeró otras fallas que motivaron la intervención: no había constancias de revisión de la literatura científica, no se elaboraban informes periódicos de seguridad, ni existían procedimientos estandarizados actualizados. Además, se detectó la carencia de capacitaciones, y la empresa no disponía de los recursos humanos y materiales mínimos para operar un sistema efectivo de farmacovigilancia.

Tras comprobar todas las deficiencias, ANMAT requirió la elaboración y presentación de un plan de acciones correctivas y preventivas (CAPAs), otorgando un plazo específico para cumplir con esta obligación. Como la firma no presentó el plan en tiempo y forma, la autoridad sanitaria dispuso la suspensión total de actividades de BIOTENK S.A.

Un escenario análogo se verificó en LABORATORIOS SOLKOTAL S.A.: la inspección impulsada por INAME reveló ausencia de personal calificado, una gestión de calidad insuficiente, y falencias graves en la infraestructura y equipos, los cuales no recibían mantenimiento ni calibración requerida. Los inspectores advirtieron además prácticas impropias en la segregación y rotulación de materiales y productos, deficiencias en los sectores productivos y de control de calidad, y la externalización de actividades sin autorización ni respaldo documental sanitario.

La resolución de la ANMAT
La resolución de la ANMAT también alcanzó a establecimientos que operaban como importadores y exportadores, cuya actividad quedó vedada al no cumplir con los requisitos de inscripción en el REM, reforzando la política del organismo para evitar riesgos sanitarios derivados del incumplimiento normativo (Gustavo Gavotti)

Una situación agravante fue detectada cuando Solkotal elaboraba inyectables para Laboratorio P.L. Rivero y CIA S.A., empresa también inhibida por ANMAT, lo que motivó la orden de retiro de todos los lotes de productos fabricados por Solkotal del mercado, estableciendo así una medida de cautela frente a riesgos adicionales para la salud pública.

El historial de Laboratorios Solkotal S.A. ya arrastraba antecedentes de irregularidades: en 2022, tras una suspensión anterior, recuperó provisionalmente el permiso para producir soluciones parenterales de gran volumen, mediando un estricto seguimiento de ANMAT y compromisos formales suscritos por el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud. No obstante, la reincidencia y la falta de solución efectiva a los problemas observados determinaron la inhibición definitiva de la sociedad.

De manera simultánea, ANMAT procedió a la baja de habilitación de ocho laboratorios y droguerías, fundamentando sus decisiones en la falta de actividad productiva y de dirección técnica. Los establecimientos involucrados, que integran la nómina del Registro de Inscripción de Establecimientos, incurrieron en infracción a la Ley Nº 16.463, al carecer de producción activa y de responsables técnicos registrados ante el ente regulador.

Las empresas alcanzadas por la baja fueron: Droguería Eurofarma S.A. (Disposición Nº 8/2026), Jacobo David Sapoznikow (Disposición Nº 11/2026), PAR SOL Laboratorios S.A. (Disposición Nº 5/2026), Spedrog Caillon S.A.I.C. (Disposición Nº 10/2026), Laboratorios Apolo S.A. (Disposición Nº 4/2026), Lab. Factory Solution S.A. (Disposición Nº 6/2026), Laboratorio Redia S.A. (Disposición Nº 3/2026) y Lemax Laboratorios S.R.L. (Disposición Nº 7/2026).

La Ley Nº 16.463 considera condición excluyente para mantener la habilitación la existencia comprobada de actividad productiva y una conducción profesional efectiva validada por la autoridad sanitaria. Por ello, ANMAT canceló los permisos de operación de estos establecimientos con efecto inmediato, reafirmando que ningún laboratorio o droguería puede operar legalmente sin cumplir estas bases regulatorias.