
De permitir que se instalase una “base espacial” china en Neuquén, de haber tenido a una funcionaria con nacionalidad británica en el estratégico Ministerio de Defensa, y tras las increíbles volteretas por un radar foráneo en Tierra del Fuego -entre otros recuerdos- a fomentar el lema “extranjeros, afuera”: el cristinismo senatorial presentó estos días la modificación de dos artículos de la ley marco de empleo público para que trabajos top del Estado sean sólo para nativos y, así, defender la “soberanía”. Como ejemplo utilizó al secretario de Política Económica del Ministerio de Economía, José Luis Daza.
La iniciativa es empujada por la bonaerense Juliana di Tullio, una de las jerarcas del kirchnerismo en la Cámara alta. Lo que se propone en el texto es que, para la sección de “ingreso a la Administración Pública Nacional”, se mantengan las condiciones de “ser argentino nativo, por opción o naturalizado”, con la aclaración de que “el jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar del cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada de la jurisdicción solicitante”.
El nervio central del proyecto es la incorporación de la siguiente frase: “En ningún caso, podrán otorgarse excepciones a extranjeros para ocupar empleos que comprometan la Soberanía Política o Económica, la Defensa Nacional, la Seguridad Interior o la Inteligencia Nacional”. La misma situación se replica para los “cargos ‘extraescalafonarios’ y las autoridades superiores del Poder Ejecutivo Nacional”. Para este último caso, el único que tendrá la potestad de lograr fundamentar un permiso especial sería el Presidente, a través de las atribuciones de la Constitución.
Di Tullio argumentó: “En los últimos tiempos venimos asistiendo a la designación de ciudadanos extranjeros en cargos propios de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo Nacional. Los casos del secretario de Política Económica del Ministerio de Economía, José Luis Daza, es un claro ejemplo de ello“. La experimentada parlamentaria al menos reconoció que se asiste “a una situación que gobierno a gobierno se reitera de modo sistemático”. Durante este mediodía, desde el despacho de la legisladora aclararon que lo de Daza no podría aplicarse debido a la no retroactividad ante una eventual sanción de la ley.

“La exigencia de la nacionalidad argentina para el acceso a determinados cargos de la Función Pública obedece al especial deber de fidelidad que todo nacional guarda para con su Estado, en este caso, el argentino”, señaló la otrora líder de bloque en Diputados y actual integrante de la Cámara alta, y agregó que “el requisito de la nacionalidad encuentra sustento en el aseguramiento de la lealtad al Estado y, en algunos supuestos Seguridad/Defensa/Soberanía Nacional) en razones de seguridad nacional”.
Según di Tullio, la iniciativa “procura seguir los lineamientos y límites trazados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en sus precedentes ‘Repetto’ (Fallos 311:2272), ‘Calvo y Pessini’ (Fallos 321:194), ‘Gottschau’ (Fallos 329:2986), ‘Mantecón Valdés’ (Fallos 331:1715) y ‘Hooft’ (Fallos 327:5118)”.
Luego, la legisladora bonaerense especificó que “sin embargo, la limitación propiciada encuentra sustento en lo concluido por el Alto Tribunal al fallar el caso ‘Radulescu’ (Fallos 290:83); pues en nuestro sistema constitucional no hay derechos absolutos, sino que ellos deben ejercerse conforme con las leyes que los reglamentan, las cuales pueden establecer requisitos acerca de la idoneidad exigible para el desempeño de empleos y funciones y consideró que, en determinados supuestos, la exigencia de ser argentino nativo o por opción no resultaba arbitraria o irrazonable, aunque su fundamento fuera opinable”.
Di Tullio finalizó: “Concretamente, el Cimero Tribunal -cuyas consideraciones hace propias el presente proyecto de ley- especificó que el otorgamiento de la nacionalidad argentina a los extranjeros que reúnan las condiciones legales para obtenerla no impide que las normas reglamentarias efectúen distinciones entre argentinos nativos o por opción y naturalizados para el desempeño de funciones vinculadas con la Soberanía y Seguridad de la Nación, en tanto no infrinjan los límites de la razonabilidad o no se concreten propósitos persecutorios o de hostilidad”.
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