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Cuánto durarán los mandatos de las autoridades ejecutivas en Santa Fe tras los cambios en la constitución provincial

En la octava sesión de la Convención Constituyente se definió que los intendentes de la provincia tendrán períodos de cuatro años con posibilidad de una sola reelección consecutiva y que los electos en 2029 ejercerán por seis años

La Convención del 25 introdujo cambios en la Constitución que modifican la duración de los mandatos municipales en Santa Fe
La Convención del 25 introdujo cambios en la Constitución que modifican la duración de los mandatos municipales en Santa Fe
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La Convención encargada de llevar adelante la reforma de la Constitución de la provincia de Santa Fe, definió un nuevo esquema para los mandatos de las autoridades municipales. En la octava sesión del proceso reformista se introdujeron modificaciones sustanciales que impactarán directamente en la duración de los cargos ejecutivos y en las condiciones para la reelección.

Uno de los cambios centrales aprobados es la duración de los mandatos de intendentes, que se fijó en cuatro años. A partir de ahora, los jefes comunales podrán ser elegidos por ese período y, en caso de buscar continuar en funciones, solo tendrán habilitada una reelección consecutiva. Si ya accedieron a un segundo mandato, deberán dejar pasar al menos un período completo para volver a postularse. En otras palabras, no podrán presentarse para un tercer mandato inmediato, incluso si ganaron previamente dos elecciones consecutivas.

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La decisión de establecer esta limitación fue adoptada con el objetivo de evitar que una misma persona acumule poder de forma prolongada, al tiempo que se busca incentivar la alternancia en los gobiernos locales. La medida también alcanzará a los concejales, quienes se regirán por los mismos criterios de duración y reelección.

Pero no todo empezará de inmediato. Para lograr una sincronización electoral entre los niveles provincial y municipal, prevista para 2035, se acordaron disposiciones transitorias que modificarán el calendario y la duración de los próximos mandatos.

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Los intendentes elegidos en 2029 tendrán un mandato excepcional de seis años para sincronizar el calendario electoral
Los intendentes elegidos en 2029 tendrán un mandato excepcional de seis años para sincronizar el calendario electoral

Los intendentes que sean elegidos en 2029 asumirán un mandato excepcional de seis años, una situación que se aplicará por única vez. Esta extensión responde a la necesidad de alinear el cronograma electoral local con el provincial. A partir de 2035, ambos niveles elegirán a sus autoridades en una misma jornada.

En cuanto a los concejos municipales, el régimen también incorpora ajustes. En localidades con menos de 20.000 habitantes, los concejales que resulten electos en 2025 tendrán un mandato que concluirá en 2029.

A diferencia de lo estipulado previamente por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, no se aplicarán los resultados de los sorteos previstos en su artículo 23. Ese sorteo definía qué concejales renovaban en qué plazos, y su omisión busca simplificar la transición hacia el nuevo esquema.

Para quienes sean electos en 2029 en estos municipios pequeños, el mandato se extenderá hasta 2031, y ese período será considerado a los fines de los límites a la reelección, excepto en los casos en que se trate del primer mandato del funcionario. De esta manera, se evita la posibilidad de una interpretación confusa sobre la acumulación de períodos en estos casos particulares.

Las nuevas reglas establecen que los concejos de municipios con más de 20000 habitantes serán renovados por mitades cada dos años
Las nuevas reglas establecen que los concejos de municipios con más de 20000 habitantes serán renovados por mitades cada dos años

En los municipios con más de 20.000 habitantes, se estableció que los concejos municipales serán renovados por mitades cada dos años. Este mecanismo de rotación escalonada se incorporará al sistema institucional para favorecer la continuidad legislativa y evitar que todos los escaños sean renovados en una sola elección. De este modo, una parte del cuerpo legislativo local se mantendrá en funciones tras cada proceso electoral.

La unificación de los comicios municipales con los provinciales también busca reducir costos y simplificar el proceso electoral. La realización de una sola elección por ciclo —que abarque todos los niveles— permitiría, además, una mayor participación del electorado, al concentrar las campañas y la difusión en una fecha determinada.

Según se informó durante la sesión, el nuevo esquema de mandatos y reelecciones forma parte de una batería más amplia de modificaciones impulsadas en el marco del debate constitucional, que también incluye temas como la autonomía municipal y la reorganización de las áreas metropolitanas.

Con estas decisiones, la Convención avanza en la redefinición del mapa institucional de la provincia. Aunque los cambios no serán inmediatos en todos los casos, ya se delinean los criterios que regirán el futuro de las autoridades ejecutivas municipales y su relación con el calendario provincial. El proceso de implementación contempla excepciones transitorias, pero ya sienta las bases para un nuevo escenario en la administración local santafesina.

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