
El Gobierno flexibilizó el ingreso al país para aquellos ciudadanos de la República de la India, que cuenten con un visado válido para ingresar como turista a los Estados Unidos. De esta manera, no necesitarán una autorización para entrar al país.
La medida, formalizada este miércoles en el Boletín Oficial a través de la Resolución 353/2025, lleva la firma del vicejefe de Gabinete del Interior, Lisandro Catalán. Esta decisión beneficiará a los visitantes de la India que deseen ingresar a la Argentina en carácter transitorio bajo la categoría de “turistas”, permitiéndoles una estadía inicial de hasta 90 días. La permanencia podrá prorrogarse una sola vez por un período igual, con las correspondientes evaluaciones y autorizaciones de la Dirección Nacional de Migraciones. Un punto que deberán tener en cuenta es que no podrán solicitar el cambio de categoría migratoria una vez en el país.
En su artículo 1, la resolución establece: “Autorícese el ingreso sin visado consular argentino ni Autorización de Viaje Electrónica (AVE), a los extranjeros nacionales de la República de la India, titulares de pasaporte ordinario, cuando el mismo se produzca con la presentación de visado válido y vigente para el ingreso a los Estados Unidos correspondiente a categoría migratoria similar, previa verificación de las mismas con las autoridades pertinentes y su ingreso al país se efectuare en carácter transitorio”.
En este sentido, el Gobierno aseguró que el objetivo de la medida es “facilitar la entrada de visitantes a la República Argentina para los propósitos de impulsar el comercio, el turismo, las actividades culturales, científicas, tecnológicas y las relaciones internacionales” a partir de acuerdos bilaterales. Para proceder con estos cambios, se basaron en antecedentes normativos como los protocolos de autorización electrónica de viaje y los convenios de cooperación turística y recuerda que “mediante Memorándum de Entendimiento entre ambos Estados sobre Cooperación en Materia de Turismo de fecha 17 de febrero de 2017 ambas partes acordaron profundizar la cooperación bilateral en los sectores turísticos, entre otros”.

En el considerando de la norma, refieren también a la implementación de India de “la Autorización Electrónica de Viaje (ETA) destinada aquellos ciudadanos que requieran visitar dicho país por razones de turismo, siendo los nacionales argentinos incluidos entre los beneficiarios de dicha modalidad, sin mediar carácter oneroso”.
El Gobierno resaltó la exclusión de este régimen en ciudadanos indios que no cumplan con los requisitos detallados, por lo que deberán realizar los trámites habituales para obtener un visado consular argentino, al igual que lo hizo la semana pasada, cuando implementó este beneficio para China y República Dominicana.
Esa disposición, firmada por Catalán y formalizada el 21 de julio, afecta directamente a personas de ambas nacionalidades interesadas en el país para fines turísticos o de negocios. Para los nacionales de la República Dominicana, la exención queda limitada a ingresos transitorios en la categoría de turista. En el caso de los ciudadanos chinos, el beneficio se extiende tanto a turistas como a quienes viajen en calidad de hombre de negocios, pero la permanencia máxima autorizada es de 30 días.
El texto oficial señala que la adopción de la medida responde a criterios de reciprocidad internacional y de confianza en la rigurosidad de los controles migratorios aplicados por Estados Unidos, al confiar en la exhaustividad de sus procesos de verificación previos a la emisión de visados.
“El fundamento de la eximición del visado consular radica en confiar en los mecanismos de control que realizan algunos países para la emisión de sus visados”, argumenta la resolución, aclarando que este procedimiento se considera suficiente para cumplir con las verificaciones normalmente efectuadas por agentes consulares argentinos.
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