
El Gobierno tomó una nueva decisión respecto a la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC), que influye sobre su estructura y estatus jurídico. El cambio se vio reflejado en un Decreto publicado en Boletín Oficial este martes por la madrugada.
Previo a que sea publicado el Decreto 445/2025, la Agencia funcionaba como un organismo descentralizado bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional y con autarquía económica y financiera. Pero a partir de lo dispuesto en la reciente normativa, pasará a operar como un organismo desconcentrado, dependiente directamente de la misma cartera ministerial.
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De este modo, la nueva estructura quedará sujeta a una gestión más centralizada, en línea con los criterios de simplificación administrativa y reducción del estado, que impulsa el Gobierno actual. Si bien la transformación implica la eliminación de la autarquía y de la personería jurídica propia de la anterior agencia, el decreto establece que se conservará la especialidad técnica y las funciones clave históricamente asignadas a la gestión y regulación de armas, municiones y explosivos.
Dentro de los argumentos mencionados, el Ejecutivo destaca la necesidad de “optimizar su funcionamiento y facilitar la coordinación con las políticas de seguridad nacionales, a la vez que se mantiene la especialidad técnica del organismo para la administración de las bases de datos sensibles y su rol regulador y de control de los materiales regulados”.
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Sostiene, además, que la centralización permitirá reducir el costo público y lograr una mayor coordinación en las políticas nacionales de seguridad, sin afectar las funciones esenciales ni las bases de datos confidenciales gestionadas por el organismo.
Al mismo tiempo, señala como consecuencia la disolución del Fondo de Promoción de las Políticas de Prevención de la Violencia Armada (FPVA), el cual se encargaba de financiar acciones y programas destinados a prevenir la violencia armada. En este sentido, define que el financiamiento de las políticas vinculadas a la prevención de la violencia armada será absorbido por el propio Ministerio, en vez de nutrirse de diversos recursos.
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En paralelo, la normativa restituyó el Registro Nacional de las Armas (RENAR), que había sido disuelto hace aproximadamente 10 años. Tal como se menciona en el segundo artículo —el cual modificó la Ley 27.192—, se “crea el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS como organismo desconcentrado dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL”.
El mismo tendrá como misión la aplicación, control y fiscalización de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 y sus normas complementarias, la cooperación en la formulación de políticas criminales en la materia, y la implementación de políticas de prevención de la violencia armada. Se habilitó a la cartera que dirige Patricia Bullrich, a establecer tasas y aranceles relativos a los servicios administrativos y técnicos que preste el nuevo organismo, asegurando que dichos valores sean “equitativos” según lo consigna la norma.
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Asimismo, se instruyó al Ministerio “a elevar al Poder Ejecutivo Nacional la propuesta de adecuación de su estructura organizativa y de la normativa reglamentaria del Registro Nacional de Arnas, atento las previsiones del presente decreto”.
Por último, destacaron que todo el personal de la ANMaC conservará sus cargos y situación de revista hasta tanto se disponga la adecuación definitiva de la estructura organizativa del ministerio. Y se preservarán las unidades organizativas durante el proceso de traspaso.
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Las funciones de supervisión, control y posible reestructuración futura del personal quedarán bajo supervisión de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública. Esto significa que cualquier modificación de la planta o reubicación de agentes necesitará su aprobación.

Hace aproximadamente dos semanas, el organismo conducido por Juan Pablo Allan, anunció una reforma en los procedimientos administrativos que regían para usuarios comerciales, colectivos, cinegéticos y entidades de tiro.
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Según la resolución, se eliminó la obligación de abonar la tasa anual y extiende el plazo de reinscripción de uno a cinco años, como parte del plan de simplificación y desburocratización del Estado Nacional impulsado por los decretos presidenciales N° 70/23 y N° 90/25.
La disposición alcanza a fabricantes de armas de uso civil y uso civil condicional, fabricantes de municiones y materiales especiales, talleres y verificadores de blindados, como así también a recargadores y comerciantes. Antes de la reforma, estos usuarios debían cumplir con una reinscripción anual y el pago de una tasa fija, aunque las condiciones de sus registros no se modificaran.
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Con el nuevo esquema, el plazo de vencimiento para las inscripciones será de cinco años a partir del otorgamiento original y desaparece la exigencia del pago anual. Sin embargo, se mantiene la obligación de informar a la ANMAC cualquier cambio en los datos registrados, dentro de los 30 días posteriores a la modificación.
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