
El empresario kirchnerista Lázaro Báez fue condenado por el Tribunal Oral en lo Federal y Criminal N° 4 a cuatro años y seis meses de prisión tras ser encontrado culpable del delito de “lavado agravado” en una de las causas como parte de la investigación conocida como “la ruta del dinero K”, en la que se lo juzgó por la compra de un campo en Uruguay, llamado “El entrevero”, que se ubica entre los balnearios José Ignacio y La Barra, de Punta del Este.
Otro de los implicados, Leonardo Fariña, recibió una condena de dos años y seis meses, aunque en este caso la pena definitiva del empresario será de cuatro años de prisión, porque se le unificará con otras penas por distintos delitos.
En el punto V del fallo el Tribunal dictaminó por mayoría que a Báez también se le aplique una “multa de TRES (3) VECES EL MONTO DE LAS OPERACIONES, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS, por considerarlo penalmente responsable del delito de lavado de activos cometido en dos oportunidades que concurren materialmente entre sí, en carácter de coautor (hecho 1 “El Entrevero” y hecho 2 “Terreno en El Faro de José Ignacio”) (artículos 12, 19, 29 inc. 3, 40, 41, 45, 55, 303 inciso 1° -según redacción ley 26.683-, del Código Penal, y 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación)”.
Por el campo de “El Entrevero”, de 152 hectáreas, se pagaron 14 millones de dólares. De la operación participaron varias sociedades y testaferros de Báez para intentar ocultar a los verdaderos dueños. Además del empresario fueron juzgados el abogado Jorge Chueco, el contador Daniel Pérez Gadín, Maximiliano Acosta, Maximiliano Goff Dávila, el financista Santiago Carradori y Osvaldo Guthux.
Báez ya fue condenado a 12 años por la llamada “ruta del dinero K”, aunque luego la Cámara de Casación redujo la pena a 10 años, y luego sumó otra condena de 6 años por el caso Vialidad.
La Unidad de Información Financiera (UIF) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fueron los organismos del Estado que actuaron como querellantes y que habían pedido que Lázaro Báez sea condenado a 9 y 7 años de prisión, respectivamente.
Cuando el fiscal Guillermo Marijuan elevó la causa a juicio había consignado que Báez “impartió las órdenes y encomendó a los sucesivos administradores de esos fondos –Fariña y luego Pérez Gadín y Chueco– aplicarlos en el proyectado desarrollo inmobiliario en la costa uruguaya”. Sobre Goff Dávila, había entendido que “tuvo una participación sumamente activa en el negocio, debido a que intervino como articulador de la inversión, buscó al escribano, adquirió una sociedad con acciones al portador, ubicó en su presidencia a Acosta, coordinó las reuniones con el vendedor y para la firma de los documentos de seña, compromiso de compraventa y prórrogas de pagos parciales”.
Además de la compra del campo “El Entrevero”, en el juicio también se juzgó la compra de un terreno en el departamento de Maldonado, valuado en USD 320 mil. En esa operación intervinieron Traline SA y luego Jumey SA. El inmueble se pagó en tres cuotas: 1) el 24 de febrero de 2021 la firma Danifort International Corp abonó USD 49.987, 2) la misma firma hizo otro pago de USD 49.987, 3) el 16 de agosto de 2011, otra empresa transfirió otros USD 99.955.

En el caso de Maximiliano Goff Dávila, el Tribunal - que integran los jueces de Cámara, María Gabriela López Iñiguez, Néstor Guillermo Costabel y Jorge Luciano Gorini-lo consideró “penalmente responsable del delito de lavado de activos agravado (hecho 1 “El Entrevero”), en carácter de coautor, en concurso material con el delito de lavado de activos (hecho 3 “Depto. de Avda. del Libertador 2424″)” y lo condenó a una pena de cinco años de prisión.
El mencionado en el fallo como hecho 3 es por la compra, “en comisión”, de un departamento ubicado en avenida del Libertador y Silvio Ruggieri, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el que se habrían pagado USD 800 mil.
En el caso del exdueño de la financiera a la que se conoció “La Rosadita”, Daniel Pérez Gadin, resultó condenado a 4 años de prisión, a Jorge Oscar Chueco, otro de los cómplices, a e años y seis meses y el financista Carradori 4 años y seis meses.
A Ghutux le correspondió una pena de 3 años de prisión aunque su cumplimiento será dejado en suspenso y a Alejandro Acosta, dos años y seis meses .
Últimas Noticias
Un empresario fue a juicio por reducción a la servidumbre, lo absolvieron y arremetió contra el fiscal: “Nunca hubo pruebas”
Guillermo Adolfo Ros, productor agropecuario de Jujuy, fue denunciado por dos empleados que habían sido echados de sus puestos. Tras ser declarado inocente, la Fiscalía no apeló el fallo

Trasladaron por error los restos de su abuela a una fosa común: la Justicia ordenó indemnizar a los familiares
La Cámara de Apelaciones confirmó la responsabilidad de la municipalidad por el hecho. Cuestionamientos sobre los montos, parámetros de actualización y la decisión del tribunal de ajustar el monto de la reparación económica

Acusaciones de infidelidad, el incendio intencional de un auto y una demanda civil rechazada
La Cámara de Apelaciones ratificó la sentencia en un conflicto entre dos mujeres ocurrido en un pequeño pueblo. La Justicia concluyó que no existió prueba suficiente de una imputación calumniosa ni dolo por parte de la demandada

El chofer frenó donde no debía, una pasajera cayó al asfalto y le ganó el juicio a la empresa de colectivos
El conductor detuvo la unidad lejos de la parada y del cordón de la vereda, y la mujer sufrió graves lesiones al descender del vehículo. El fallo determinó que la responsabilidad recae en la compañía y la obligó a pagar una indemnización

Luego de un hermético juicio, se conocerá la sentencia a los primeros detenidos con el protocolo antipiquetes
Hay cinco acusados por los incidentes del 2 de febrero de 2024, cuando se debatía la Ley Bases. Se restringió el ingreso de asistentes al debate y, durante la audiencia en la que declararon los policías, le retiraron los celulares al público
