Dónde voto en CABA en el balotaje 2023: consultá el padrón electoral

La Capital Federal representa el 7,16% de los electores habilitados para votar a nivel nacional en la segunda vuelta. Cómo obtener los datos necesarios para sufragar

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A nivel nacional hay 35.394.425
A nivel nacional hay 35.394.425 personas habilitadas para votar en el padrón electoral del balotaje 2023 (Juan Ignacio Roncoroni)

De acuerdo a los resultados del escrutinio definitivo de las elecciones generales 2023, habrá una segunda vuelta electoral en Argentina para determinar quién será el próximo presidente de la Nación. El balotaje será el 19 de noviembre entre Sergio Massa y Javier Milei.

Cabe señalar que el candidato de Unión por la Patria fue el más votado en la categoría a presidente, con el 36,7% de los votos, mientras que el de la Libertad Avanza obtuvo 29,9%. De acuerdo a los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional, lo que necesita una fórmula presidencial para resultar ganadora es al menos el 45% de los votos afirmativos válidamente emitidos, o al menos el 40% de los votos afirmativos válidamente emitidos con una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos sobre la fórmula que le sigue en número de votos.

En caso de no ocurrir, la ley establece que se realizará una segunda vuelta electoral o balotaje de la que participarán las dos fórmulas ganadoras. Como ni Sergio Massa ni Javier Milei obtuvieron los porcentajes necesarios, todos los ciudadanos que se encuentren habitados para votar en el padrón electoral deben volver a las urnas para definir quién ocupará la Casa Rosada durante los próximos 4 años.

Cabe señalar que, según la Constitución porteña y de acuerdo a los resultados de las últimas elecciones para definir Jefe de Gobierno, estaba programada una segunda vuelta también a nivel local. Sin embargo, uno de los candidatos que debía competir, Leandro Santoro (Unión por la Patria), decidió no presentarse en el balotaje. Por este motivo, Jorge Macri de Juntos por el Cambio (el candidato más votado en primera vuelta) será el nuevo Jefe de Gobierno de CABA.

Dónde voto en CABA: cómo consultar el padrón electoral

Para saber dónde votar en CABA en el balotaje 2023, se puede consultar el sitio web habilitado por la Cámara Electoral Nacional. Allí, se deben ingresar el número de DNI, el distrito y el género, e ingresar un código de seguridad.

También puede consultar el padrón electoral aquí:

¿Cuáles son las fórmulas presidenciales que compiten en el balotaje 2023?

Las fórmulas presidenciales que competirán en el balotaje son Javier Milei - Victoria Villarruel (La Libertad Avanza), y Sergio Massa - Agustín Rossi (Unión por la Patria).

¿Es obligatorio votar en el balotaje 2023?

El voto en el balotaje 2023 es obligatorio para quienes figuren en el padrón electoral y tengan entre 18 y 70 años. En cambio, tanto para los jóvenes de 16 y 17 años, como para los adultos mayores de 70, el voto es optativo.

Esto es así porque en Argentina, el sufragio es de carácter obligatorio para todos los electores, a menos que estén contemplados en las excepciones detalladas en la legislación. La Ley de Ciudadanía Argentina, la 26.674, establece: “Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito”. La legislación indica que “son electores los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los 18 años de edad” que no estén inhabilitados por ley a emitir el voto.

Sergio Massa y Javier Milei,
Sergio Massa y Javier Milei, los candidatos a presidente en Argentina.

¿Puedo votar en el balotaje 2023 si no voté en las elecciones generales?

. Los ciudadanos que figuren en el padrón electoral que no hayan votado en las elecciones generales del 22 de octubre o en las PASO del 13 de agosto tienen el derecho y la obligación de realizarlo en el balotaje.

Pese a esto, quienes no asistieron a las urnas en las dos instancias anteriores deberán justificar su ausencia ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal que le corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección, para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.

Para justificar la ausencia en las PASO, hubo tiempo hasta el 12 de octubre, mientras que para justificar la ausencia en las elecciones generales, hay tiempo hasta el 21 de diciembre.

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