
Durante la madrugada de hoy, la Cámara de Diputados convirtió en ley, por 128 contra 114 votos, el proyecto de reforma de alquileres con los cambios incluidos por el Senado impulsados por el Frente de Todos, con lo cual los contratos entre propietarios e inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral, en lugar de anual como establece la actual norma.
La iniciativa se aprobó con los votos que fueron aportados por el Frente de Todos, el Movimiento Popular Neuquino, dos de Identidad Bonaerense, dos socialistas, una de Córdoba Federal, uno de Juntos por Río Negro, dos del Frente de la Concordia y cuatro de izquierda.
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En tanto, la iniciativa fue rechazada por Juntos por el Cambio, los tres libertarios que responden a Javier Milei, uno de Juntos por Río Negro, una de Identidad Bonaerense y uno de Córdoba Federal.
Cómo votó cada Diputado

Entre los legisladores que acompañaron al oficialismo están la candidata presidencial Myriam Bregman; su compañero de fórmula, Nicolás Del Caño; Romina Del Plá y Alejandro Vilca. Son los cuatro del Frente de Izquierda.
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Juntos Somos Río Negro, la coalición que responde al gobernador electo, Alberto Weretilneck, se dividió y el diputado Luis Di Giácomo acompañó, mientras que Agustín Domingo votó en contra.
A su vez, los dos legisladores del Frente de la Concordia Misionero, Carlos Fernández y Diego Sartori, acompañaron la nueva Ley de Alquileres, al igual que Alejandro “Topo” Devoto (Identidad Bonaerense), Rolando Figueroa (Movimiento Popular Neuquino), y Mónica Fein y Enrique Estevez, del socialismo de Santa Fe, que en las últimas elecciones provinciales integraron el Frente de Frentes con Juntos por el Cambio y que impulsó a Maximiliano Pullaro, el gobernador electo.
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Otro bloque que se dividió fue el de Córdoba Federal, que representan al gobernador y candidato presidencial Juan Schiaretti: Natalia De la Sota acompañó la iniciativa, pero Ignacio García Aresca y Carlos Gutiérrez la rechazaron.
Los detalles del proyecto

Con la sanción de este proyecto, los contratos se mantienen en tres años, los cuales deberán ser estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.
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También, el Senado modificó el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y estableció que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA”.
El texto aprobado por el Senado, además, incorporó un último párrafo sobre el artículo 9, en el que determinó que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.
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También fija que cualquier “publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional, debe realizarse en moneda nacional” y elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.
En cuanto a los beneficios impositivos, los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren “debidamente registrados” ante la AFIP.
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Además, las “partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.
En cambio, el texto con media sanción de Diputados establecía que los contratos de alquiler debían tener un plazo mínimo de dos años, contra los tres años que rigen en la actualidad, y que los ajustes podían hacerse cada cuatro meses con la libertad de ambas partes para elegir el mecanismo a emplear para calcular el porcentaje entre varias fórmulas o índices.
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Siempre de acuerdo con el texto que había sido aprobado por la Cámara de Diputados, el menú de posibilidades a elegir estaba conformado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y el Índice de Salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). También se contemplaba como opción que las partes pudieran acordar adoptar una combinación de estos índices.
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