
Las autoridades del Banco Central de la República Argentina fueron denunciadas este viernes por los delitos de “incumplimiento de deberes de funcionario público” y “abuso de autoridad” a raíz de la decisión de prohibir a las tarjetas de crédito vender pasajes al exterior en cuotas, que se conoció anoche como una manera de frenar la salida de divisas. La presentación quedó radicada en los tribunales de Comodoro Py.
La denuncia fue hecha por dirigentes de Republicanos Unidos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Yamil Santoro, Marina Kienast, José Magioncalda y Juan Martín Fazio. Se trata de los mismos denunciantes que impulsaron la causa del vacunatorio vip o la fiesta de cumpleaños de Fabiola Yañez. En este caso, la acusación apuntó contra las autoridades del Banco Central de la República Argentina.
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Según los denunciantes, la Comunicación “A” 7407, al impedir la adquisición de productos turísticos en el exterior mediante tarjeta de crédito, vulnera la ley de tarjeta de crédito, la ley de defensa del consumidor, el Código Civil y Comercial de la Nación, y la Carta Orgánica del BCRA, así como las normas constitucionales que establecen el orden de prelación de las leyes y el derecho a entrar y salir del país.
Asimismo, en la denuncia se sostiene en referencia al derecho a pactar cuotas mediante tarjeta de crédito que: “…la regulación de un derecho de ningún modo puede significar su anulación, y menos aún si tal derecho surge de normas con rango de ley.”
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“La utilización de la tarjeta de crédito para financiar el pago de bienes y servicios no sólo está autorizada para obligaciones en moneda nacional o extranjera, sino que, además, ha sido legislada en el ámbito del derecho privado, constituyendo su utilización y el pago en cuotas, por acuerdo de partes, un derecho de los consumidores, con restricciones muy específicas que establece la propia ley y que, en el caso del Banco Central de la Nación Argentina lo autoriza a sancionar a ‘entidades que no cumplan con la obligación de informar o, en su caso, no observen las disposiciones relativas al nivel de las tasas a aplicar’ (art. 17, Ley 25.065) y a regular como autoridad de aplicación “todas las cuestiones que versen sobre aspectos financieros”, se añadió.
El artículo 248 del Código Penal establece una pena de prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, al “funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.”
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La causa, que lleva el N° 7555/2021 quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 2 a cargo del juez Sebastián Ramos.
Además de esta denuncia penal, la medida dispuesta por el BCRA promete traer más demandas judiciales. La Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (FAEVYT) advirtió que evalúa recurrir a la Justicia contra la decisión del Gobierno de prohibir la venta de viajes al exterior en cuotas, por tratarse de una “discriminación” que impacta “de lleno en el sector, golpeando especialmente a las agencias más pequeñas”. En su criterio, esta prohibición es “un ataque sobre los consumidores de viajes y las empresas, que en su gran mayoría son pequeñas y medianas que aún no han podido recuperarse de las consecuencias económicas del COVID-19 y ahora reciben otro impacto sobre sus negocios que son, ni más ni menos, que su fuente de subsistencia”.
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La Cámara de Compañías Aéreas en Argentina (Jurca) también cuestionó la decisión del Gobierno de prohibir la venta en cuotas de viajes al exterior y se preguntó cómo se puede planificar en un contexto en donde la industria no fue consultada ni anticipada al respecto.
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