
El juez federal de Campana Adrián González Charvay había procesado a catorce hombres que el 28 de junio de 2020 fueron hallados en las canchas de padel del Club Atlético Pilar cuando violaban el aislamiento obligatorio decretado por la pandemia de coronavirus. La Sala II de la Cámara Federal de San Martín confirmó los procesamientos y los hombres se encaminaban a un juicio oral y público.
En plena cuarentena cerrada de 2020, la Gendarmería Nacional Argentina recibió una denuncia a partir de un llamado anónimo realizado a la línea 134. En ese llamado explicaban que había unas 20 personas preparadas para jugar en el club situado en la ruta Provincial 8 y Las Rosas, en Pilar Centro. Cuando llegó la Gendarmería encontró a 14 hombres. Entre ellos se destacaba la presencia de Fernando Lauría, quien hasta aquella tarde era funcionario público: ocupaba el cargo de Secretario General y de Economía de la Municipalidad de Tigre. Lauría fue hasta el lugar en una camioneta Amarok de la Municipalidad de Tigre. Cuando se hizo pública su presencia en el club de padel fue echado por el intendente de Tigre, Julio Zamora.
La Cámara confirmó los procesamientos de Gustavo Melnyk, Adrián Chanteiro, Matías Ezequiel Medina, Jonathan Marcelo Correa, Jorge Francisco Correa, Jorge Marcelo García, Sergio Torres, Alfredo Drago y Fabián Daniel Córdoba, Claudio Marcelo Herreros, Felipe Hernán Llerena, Ignacio Amui Amorena, Francisco Ulloa y Lauría. Algunos no se conocían entre ellos y fueron convocados para un campeonato de pádel que se suspendió cuando llegó la Gendarmería. Los procesamientos fueron dictados porque se los consideró “prima facie, autores penalmente responsables del delito de violación de las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
Fue luego de la confirmación del procesamiento que todos ellos solicitaron no llegar a juicio. Unos pidieron acceder al instituto de la “suspensión de juicio a prueba” (también llamado probation). En tanto otros se pidieron acceder al instituto de la “reparación integral del daño”, que significa pagar una multa.
El fiscal de Campana, Sebastián Bringas se opuso a lo solicitado por el hecho de que Lauría era funcionario público y está expresamente prohibido que se . En una primera ocasión González Charvay les negó los pedidos a los imputados. Pero luego intervino la Cámara Federal de San Martín y ordenó revisar la decisión.
Ante la nueva situación el fiscal reiteró la negativa por los mismos motivos. Y las defensas de los imputados manifestaron su posición.

El juez decidió hacer lugar a lo solicitado por los que jugaban al pádel en plena cuarentena cerrada. En la resolución – a la que Infobae accedió a través de fuentes judiciales- el juez se refirió a la condición de funcionario público que poseía Lauría al momento de los hechos.
González Charvay señaló: “Concretamente, entiendo en este escenario que la mera enunciación de que el delito reprochado hubiere sido cometido en ejercicio de esa función pública no se presenta como suficientemente motivado frente a las particularidades del caso ya que, la normativa en cuestión exige que la comisión del delito haya sido en ocasión del cumplimiento de las tareas propias del cargo, es decir, que exista una vinculación directa entre la infracción y el desempeño profesional del agente, por lo que no concuerdo con lo sostenido por el Sr. Fiscal. En atención a los argumentos invocados por Lauría, entiendo que los hechos habrían tenido lugar en el marco de una situación ajena a su función, que ni siquiera se desenvolvió en la jurisdicción en la cual ejercía sus funciones, que era el partido de Tigre, provincia de Buenos Aires, y que a su vez, la mayoría de los aquí encausados manifiestan no tener vínculo alguno con Lauría, lo cual tornaría irrazonable que los demás imputados hubieran cometido el delito que se les reprocha gracias a su condición de funcionario público”. Y agregó: ”Carece de sentido sostener que la condición de Lauría de funcionario público, y el ejercicio de sus funciones, generaron las condiciones para que el propio imputado cometa el delito que se le atribuye, y menos aún, para que los demás imputados realicen la maniobra delictiva, cuando la mayoría de ellos, ni siquiera conocían que el mismo era funcionario público”.
El juez resolvió que nueve de los 14 imputados accedieran a una probation. En tanto los otros cinco pagaron una multa. De esa manera evitan someterse a juicio juicio en el que podrían llegar a ser condenados y además no les quedan antecedentes penales.
La resolución explica que: “Ante el complejo escenario sanitario, económico y social que atraviesa el país, producto de la propagación del COVID-19, se advierte que el método ofrecido por los imputados para remediar el perjuicio que se habría producido, favorecería innegablemente los bienes jurídicos comunitarios en juego y permitiría contribuir a mitigar los efectos dañosos para la sociedad, en este peculiar contexto histórico, toda vez que dispondré que en los casos en los que no medie especificación en el ofrecimiento, las reparaciones serán a favor del Hospital Juan C. Sanguinetti de Pilar”.
A partir de lo resuelto por González Charvay, Lauría pagó $120.000 en tanto Llerena, Amui Amorena y Ulloa pagaron 100.000 cada uno. Es decir que $420.000 fueron a las arcas del hospital Sanguinetti de Pilar. En tanto el quinto, Herreros, puso 20 litros de pintura para el hogar Abrazando Pilar.
Para cumplir con las probation el juez estableció que los beneficiados cumplieran tres horas semanales de trabajos comunitarios durante tres meses en entidades propuestas por ellos mismos. Además agregaron una suma de dinero como resarcimiento. Los jugadores de paddle se comprometieron a realizar tareas comunitarias en organizaciones del noroeste del Conurbano y a contribuir con dinero destinado en alimentos para esas instituciones por cifras que van desde los 1500 a los 3000 pesos.
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