
Luego de haber prorrogado el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el próximo 24 de mayo, y establecido nuevos requisitos para permitir la reactivación de actividades, el Gobierno Nacional oficializó nuevos rubros exceptuados de la cuarentena en Ciudad y Provincia de Buenos Aires y Santa Fe.
El Poder Ejecutivo hizo lugar a la solicitudes de los gobiernos provinciales y porteño y flexibilizó la cuarentena en determinados distritos. Las autorizaciones para volver a funcionar están sujetas a la constatación por parte de las autoridades provinciales y de la Ciudad de que se cumplan los parámetros epidemiológicos y sanitarios que se indicaron, con el objetivo de que el retorno de determinadas actividades no desencadene un aumento exponencial de casos de coronavirus. Por lo que “en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio”.
Las autoridades de las provincias de Buenos Aires, de Santa Fe y del territorio porteño deberán dictar la reglamentaciones necesarias para el desarrollo de los rubros que fueron habilitados este martes en la nueva fase de la cuarentena. Asimismo, los gobernadores como el jefe de gobierno de la Ciudad están facultados para limitar los alcances de la normativa en sus distritos, pudiendo incluso ser dejadas sin efecto en forma total o parcial, de acuerdo a las recomendaciones sanitarias y a la evolución epidemiológica de cada zona en particular.
El Gobierno remarcó que en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado para preservar la salud de los trabajadores, evitando la utilización del transporte público. Por otra parte, las personas alcanzadas por la nueva reglamentación, deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19. Mientras que quienes concurran a los rubros o actividades exceptuadas, deberán circular con la constancia del turno otorgado para su atención, cuando corresponda, o desplazarse a establecimientos de cercanía al domicilio.
En Ciudad de Buenos Aires, se autorizó la reapertura de comercios minoristas de proximidad con atención al público, excepto los negocios de indumentaria y calzado; los locales gastronómicos exclusivamente para la modalidad para llevar (take away) Además se exceptuó del aislamiento social a la actividad notarial, al servicio de mudanzas con fletes y mini fletes, al personal afectado a la actividad de demolición y excavación, y se autorizó que los establecimientos educativos de gestión privada tengan guardias mínimas para actividad administrativa, pero sin atención al público. Si bien el Ejecutivo Nacional, aclaró que “no encuentra objeciones” para los permisos solicitados, recomendó “extrema vigilancia epidemiológica en las áreas de transmisión comunitaria elevada”.
La provincia de Buenos Aires, si bien presenta una concentración elevada de casos respecto al total del país sólo en el área metropolitana, “gran parte del territorio bonaerense presenta una situación epidemiológica adecuada, evidencia un sistema de salud adecuado y con capacidad de dar respuesta a la potencial demanda”, justificó la Jefatura de Gabinete de la Nación.
Si bien en territorio bonaerense se autorizó la vuelta a la actividad de Autopistas de Buenos Aires S.A (AUBASA), que tiene a su cargo la administración de la Autopista Buenos Aires - La Plata y el Corredor del Atlántico, el resto de las excepciones fueron segmentadas en unos pocos municipios.
En el caso de General Pueyrredón se permitió: reciclaje de productos metálicos; fabricación de maquinas de uso especial; fabricación de tejidos de punto; fabricación de indumentaria; fabricación de productos textiles; escribanos y su colegio; venta de vehículos automotores y motocicletas; peluquerías; servicios prestados por Productores Asesores de Seguros; fonoaudiólogos; profesionales técnicos de la construcción y la Ingeniería, y su colegio.
En Avellaneda la reapertura es exclusivamente vinculada al sector industrial. Se autorizó la vuelta a la actividad a las empresas: Anselmo L. Morvillo S.A; Fachal y Gómez SRL; y a la Tabacalera Sarandí S.A. Además de permitir en el distrito la fabricación de sustancias químicas básicas; de maquinaria; productos elaborados de metal; e industrias básica de hierro y metal.
En la municipalidad de Luján se autorizó el cobro presencial para productores de seguros; la reapertura de peluquerías y la atención al público en heladerías. En el municipio de Merlo se exceptuó de la cuarentena a la fabricación de cigarrillos, mientras que en Tigre se permitió la fabricación de vehículos automotores.
En lo que respecta a la continuidad de la cuarentena en la provincia de Santa Fe, la medida rige para el Gran Rosario y el Gran Santa Fe. “La situación epidemiológica presenta condiciones adecuadas para la habilitación de las actividades propuestas y los protocolos presentados se ajustan a las recomendaciones publicadas”, argumentó Nación. Por lo que se exceptuó:
- Actividades de las asociaciones y agencias para el desarrollo o entidades de similar objeto; ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros; actividad de los Permisionarios (agentes y subagentes) de la Caja de Asistencia Social – Lotería de Santa Fe; comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías, en éste caso en las localidades que integran los grandes aglomerados urbanos de Santa Fe y Rosario “cumplimentando el uso obligatorio de los elementos de protección de nariz, boca y mentón y el distanciamiento social en las filas que se formen y en el interior de los locales comerciales". En este punto se incluyó a los denominados “centros comerciales a cielo abierto” y “paseos peatonales de compras”; “quedando expresamente excluidos de las habilitaciones solicitadas los shoppings”, se aclaró.
Además se autorizó el funcionamiento de las obras privadas “que ocupen más de cinco trabajadores, profesionales o contratistas de distintos oficios desarrollando tareas simultáneamente en el lugar, y siempre que los trabajos no impliquen ingresar a viviendas con residentes, locales o establecimientos en funcionamiento”. Actividades de cobranza a domicilio; talleres mecánicos, lavaderos y servicios de mantenimiento y reparación de automóviles y motovehículos; servicios de peluquería, manicuría, cosmetología y podología.
La actividad aseguradora podrá desarrollarse siempre y cuando sea con la dotación mínima de personal necesario, cumplimentando las medidas de prevención sanitarias y el distanciamiento personal, con ingreso a las oficinas de personas ajenas con turno previo, en los casos en que fuere indispensable la concurrencia en virtud de que la operación a realizar no puede concretarse de manera remota; no pudiendo excederse en el horario de cierre de los locales de las 19 horas, excepto en casos de urgencia vinculados a la denuncia de siniestros.
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