
La jueza federal con competencia electoral, María Servini, dictó un fallo que refuerza la paridad de género en el Congreso: determinó que una diputada saliente debe ser reemplazada por otra mujer, y no por el hombre que le siguió en la lista.
La jueza tomó la decisión en el marco de una causa en la que tres dirigentes del Frente Renovador, Malena Galmarini, Marcela Durrieu y Lorena Ferraro Medina, presentaron un amparo para evitar que la diputada saliente Anabella Hers Cabral fuera reemplazada por Jorge Garayalde. Solicitaron, en cambio, que ocupara ese lugar Alejandra Alcira Caballero.
Hers Cabral renunció a su banca en diciembre de 2018 para asumir como representante de los abogados en el Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires.
Para fundamentar su posición, las dirigentes se basaron en la necesidad de aplicar la ley de paridad de Género, argumentando que había sido sancionada en 2017, antes de que sucediera el hecho.

Servini avaló la presentación. "Entre dos soluciones posibles, debe procurarse aquella que garantice el adecuado equilibrio entre mujeres y hombres en la composición del cuerpo legislativo. Disponer lo contrario implicaría en los hechos una disminución en el porcentaje de la representación de las mujeres en el Parlamento", dijo en su fallo.
Lo contrario, afirmó, implicaría "vulnerar el accionar progresivo de la legislación, cuya finalidad no fue otra que dar cumplimiento al mandato constitucional en pos de la igualdad real de oportunidades para el acceso a cargos electivos, removiendo de esa forma los obstáculos que permitan una mayor participación de la mujer en los ámbitos de las decisiones políticas".

En tanto, Hers Cabral celebró la decisión en sus redes. "Brindo x mis queridas mujeres… Salud!", escribió en su cuenta de Twitter la mujer, quien ocupó el séptimo lugar en la lista de Cambiemos por la Ciudad de Buenos Aires en 2015.
La ley de Paridad de Género entrará en efecto formalmente en las elecciones a cargos legislativos de este año. La ley 27.412 dispone la obligación de que los distintos partidos políticos que compitan en las elecciones nacionales – tanto las PASO como las generales – presenten listas integradas por candidatas y candidatos de manera intercalada desde el primer candidato titular hasta el último suplente, "de modo tal que no haya DOS (2) personas continuas del mismo género en una misma lista".
Esta ley incrementa el piso del 30% establecido por la ley de cupo femenino de 1991. Actualmente, y en consonancia con las últimas composiciones del Congreso nacional, el porcentaje de mujeres en ambas cámaras ronda el 40%.
En la cámara baja hay 100 diputadas sobre 257 bancas, lo que da un total de 38.9%, mientras que en el Senado la proporción es de 30 sobre 72. Es decir, un 41.6%.
Sin embargo, la paridad no se dará inmediatamente, al tener en cuenta que en las elecciones se renovará la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio del Senado. En teoría, el objetivo se concretaría en 2021, al menos en Diputados.
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