Subsidio económico a transportistas de pasajeros y de mercancías: ATU aprobó lineamientos para el beneficio

El beneficio económico para transportistas, aprobado por la ATU, introduce una validación automatizada y plazos estrictos para la postulación, priorizando la transparencia y la eficiencia en la asignación de recursos

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ATU aprueba lineamientos para otorgamiento del subsidio económico a transportistas de pasajeros
ATU aprueba lineamientos para otorgamiento del subsidio económico a transportistas de pasajeros - ATU

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) aprobó los lineamientos operativos para el otorgamiento del subsidio económico a transportistas del servicio público de transporte terrestre regular de personas y de mercancías en todo el país, conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 170-2026-ATU/PE. Esta medida busca garantizar la distribución eficiente y transparente del beneficio establecido mediante el Decreto de Urgencia N° 004-2026, con el fin de enfrentar el alza de los precios de los combustibles y mitigar su impacto en los costos logísticos.

¿Quiénes pueden acceder al subsidio económico?

El beneficio está dirigido a los transportistas autorizados del servicio público de transporte terrestre regular de personas y de transporte público terrestre de mercancías, tanto a nivel nacional, regional y provincial. Según la normativa, solo serán considerados beneficiarios quienes cumplan con los requisitos y procedimientos definidos en el decreto y los lineamientos operativos aprobados por la ATU.

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Entre las condiciones principales, los transportistas deben estar debidamente habilitados y contar con la documentación que acredite la compra de combustible diésel B5 o diésel B20, con un contenido de azufre menor o igual a 50 partes por millón (ppm). El subsidio otorga S/ 4 por cada galón de combustible adquirido durante el periodo comprendido entre el 29 de mayo y el 29 de julio de 2026.

ATU aprueba lineamientos para otorgamiento del subsidio económico a transportistas de pasajeros
ATU aprueba lineamientos para otorgamiento del subsidio económico a transportistas de pasajeros - ATU

Proceso y plazos para la solicitud

La solicitud para acceder al subsidio debe presentarse por única vez, de forma virtual, a través de la Plataforma Digital de Subsidio (PDS) de la ATU. El plazo de presentación se extiende del 30 de julio al 30 de septiembre de 2026. No se aceptarán solicitudes fuera de este periodo. La PDS valida automáticamente la información con entidades como el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), gobiernos regionales y municipalidades provinciales.

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El sistema verifica la vigencia de las autorizaciones, las habilitaciones vehiculares y el registro de los comprobantes electrónicos de combustible, como parte de los requisitos para acceder al subsidio. Además, los transportistas pueden modificar, por única vez, el monto solicitado, siempre que presenten la documentación sustentatoria respectiva. Esta modificación solo será posible hasta cinco días hábiles después de la presentación inicial y, en ningún caso, después del 30 de septiembre de 2026.

El sistema verifica la vigencia de las autorizaciones
El sistema verifica la vigencia de las autorizaciones

Criterios para el cálculo y pago del subsidio

El monto que recibirá cada beneficiario se determina multiplicando los galones de combustible adquiridos y validados por el valor fijo de S/ 4.00, respetando los topes máximos establecidos en la normativa. En situaciones donde el combustible no se surte directamente en las unidades de transporte, la plataforma aplica una fórmula específica para calcular el monto elegible, considerando la cantidad de vehículos habilitados.

Una vez concluido el proceso de evaluación, la ATU realizará un único pago del subsidio a través de entidades financieras autorizadas. El abono se efectuará mediante transferencia a cuentas bancarias registradas en la plataforma o, en el caso de personas naturales, podrá cobrarse en efectivo en ventanillas del Banco de la Nación. La relación de beneficiarios y el monto otorgado se publicará en la sede digital de la ATU, asegurando transparencia en la gestión del beneficio.

Supervisión y vigencia de la medida

El procedimiento para la entrega del subsidio incorpora mecanismos de interoperabilidad y validación automática entre la ATU y otras entidades públicas, lo que permite identificar inconsistencias o información incorrecta. Las entidades responsables deben facilitar el acceso a la información y garantizar su actualización durante toda la vigencia del decreto.

La vigencia de la medida se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, plazo durante el cual se realizarán las acciones administrativas y presupuestales relacionadas con la entrega del subsidio. El proceso concluye con la elaboración de un informe de resultados, que será presentado a la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso.

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