La disputa entre Magaly Medina y Jefferson Farfán escaló del intercambio de mensajes en redes sociales al terreno judicial luego de que el exfutbolista publicara, el lunes 6 de julio, un video de 22 minutos en su canal de YouTube titulado Magaly Jesús al descubierto, en el que su equipo cuestiona el cumplimiento del servicio comunitario impuesto a la conductora tras un proceso por difamación. La periodista rechazó las acusaciones, reveló que ya pagó 145.000 soles de reparación civil a Farfán y anunció acciones legales por lo que considera una campaña difamatoria. El conflicto alcanzó al Ejecutivo: el ministro de Justicia, Luis Enrique Jiménez Borja, confirmó que su despacho solicitó al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) que investigue el caso.
El video de Farfán sostiene que su equipo realizó un seguimiento durante seis de las ocho jornadas en que Medina debía presentarse en la parroquia Nuestra Señora de Loreto, en el distrito limeño de Surco. Según el material, el único día en que se registró la llegada de la camioneta de la conductora fue el 8 de abril: el vehículo ingresó a las 9:04 a. m. y salió a las 9:10 a. m., lo que el equipo del exfutbolista interpreta como una permanencia de seis minutos. Los documentos validados por el INPE y la parroquia consignan, en cambio, una jornada de 8:30 a. m. a 6:00 p. m. El informe apunta además que la parroquia abre sus puertas recién a las 9:00 a. m., lo que contradice el horario de ingreso asentado en las planillas. Al cierre del material, Farfán declaró: “Hemos cumplido con presentar las pruebas. Ahora que los hechos hablen y que el Perú saque sus propias conclusiones. La justicia es igual para todos”.
La respuesta de Medina y el rechazo judicial a las pruebas de Farfán
Medina rechazó las acusaciones desde un primer momento. En declaraciones a Infobae Perú, la conductora fue directa: “Farfán tendría que volver a nacer para llegarle a los talones de alguno de mis investigadores. Su video es difamante y mentiroso, hecho por novatos que él manda”. Agregó que los encargados del reportaje “estuvieron buscando en los jardines de la parroquia tratando de encontrarme barriendo o limpiando los baños, lo que además no tiene nada de malo. Yo lo hago en mi casa porque me gusta una casa limpia y olorosa”.
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La periodista explicó que su presencia de seis minutos en la parroquia el 8 de abril no correspondió a una jornada de trabajo sino a una visita por un motivo distinto. “Yo entro ese día, pero no firmo. ¿Dónde está mi firma de ese día? Yo no he entrado a firmar”, precisó en una comunicación en vivo con María Pía Copello en el programa Sin más que decir, del canal +QTV. Según Medina, su vínculo con el recinto le permite ingresar por razones ajenas al cumplimiento de la condena: “Puedo entrar a cualquier cosa, a dejarles papelería, a dejarles algo que dejé olvidado. Puedo entrar por cualquier otro motivo, no solamente para hacer mi servicio comunitario”.
Sobre la naturaleza de su labor, la conductora aclaró que sus funciones no incluyen tareas de limpieza sino organización de archivos administrativos. “A mí me permiten venir, hacer estas cosas de archivo, archivar un montón de papeles”, indicó. Añadió que la parroquia adapta las labores al perfil de cada sentenciado: “Si viene un ingeniero, hace planos. Así ellos han levantado sus velatorios con servicio comunitario de gente profesional”. En los días en que no pudo presentarse, sostuvo que justificó su ausencia ante el INPE y la parroquia.
Magaly Medina también informó que el Poder Judicial declaró inadmisibles las imágenes presentadas por Farfán. “Él ya fue con esas imágenes ante un juez y el juez lo declaró inadmisible. Le dijo: ‘Esto no pasa’”, afirmó ante Copello. La conductora explicó que el rechazo se debió tanto al momento procesal como a la forma en que se obtuvo y presentó la evidencia: “Estamos en una etapa de ejecución de sentencia, no en etapa de presentación de prueba. Además, le objetaron el origen de cada video presentado, cómo lo consiguió, cómo fue que lo hizo. Para presentar pruebas tenés que formalmente decir cómo las hiciste”.
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El Ejecutivo interviene: el ministro de Justicia pide investigar
El primer pronunciamiento oficial del Ejecutivo llegó a través del ministro de Justicia, Luis Enrique Jiménez Borja, quien confirmó que su despacho solicitó al INPE información sobre el caso. “Nosotros hemos pedido que se investigue, hemos solicitado información para conocer más sobre la realidad de este caso”, declaró Jiménez Borja, según recogió el medio Exitosa. El ministro precisó que su cartera no tiene injerencia sobre la parroquia Nuestra Señora de Loreto —administrada por el Obispado Castrense del Perú—, razón por la que el pedido se canalizó directamente hacia el INPE.
En paralelo, Wilfredo Pedraza, exjefe del INPE, aclaró el marco legal que regula el caso. “Esta es una condena impuesta por un juez y la única autoridad encargada de supervisar es el INPE. Lo que no se puede es publicar información de esa pena así por así, porque es información reservada”, señaló el exfuncionario, en declaraciones presentadas por la propia Medina en su programa. Pedraza subrayó que la supervisión del cumplimiento de una sentencia sigue un procedimiento establecido y corresponde exclusivamente al INPE verificar si el condenado acata las medidas impuestas.
Javier Llaque, también exjefe del INPE, precisó que la institución puede sancionar a la parroquia si no se verifica de manera adecuada el cumplimiento del servicio comunitario, e incluso puede retirarla del listado de instituciones autorizadas. “El INPE administrativamente lo que va a hacer es evaluar si la unidad beneficiaria le engañó o no. Si le engañó, el INPE la va a retirar como unidad beneficiaria. Y si cuenta con una información que de hecho afecta al cumplimiento de la pena, la remite al juzgado para que el juzgado tome la decisión que corresponda”, explicó en declaraciones al portal Epicentro TV. Llaque advirtió que no todos los casos concluyen con la revocatoria automática de la pena: “El juez lo que va a pedir es primero explicaciones. Si esas explicaciones lo satisfacen, tomará la decisión que corresponda”.
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El marco legal del servicio comunitario y los límites del INPE
La abogada penalista Diana Pérez, del estudio Luralex, explicó a Infobae Perú el procedimiento que regula la supervisión de sentencias alternativas. Según la especialista, cuando un juzgado dicta una condena, el tipo de pena y la forma de ejecución quedan bajo responsabilidad del INPE, que determina el lugar y las condiciones en que la persona sentenciada debe realizar el servicio asignado.
“La falta de recursos humanos limita la capacidad del INPE para fiscalizar presencialmente todas las jornadas de trabajo comunitario, por lo que muchas veces las validaciones se realizan mediante los registros remitidos por los lugares donde se ejecutan las tareas”, indicó Pérez. La penalista añadió que no existe un mandato legal que obligue al propio sentenciado a documentar con fotografías o videos cada jornada, aunque recomendó hacerlo por seguridad jurídica.
Medina reforzó ese punto durante su programa al mostrar un documento del INPE en el que la institución reconoce que su área de Medio Libre atiende a más de 15.000 sentenciados y 500 liberados con apenas cuatro abogados a cargo del seguimiento. “El INPE tiene para supervisar esas labores solo cuatro abogados. Y los cuatro están detrás mío porque el señor Farfán así lo ordena”, afirmó la conductora. Según su versión, el propio INPE habría trasladado su malestar al juzgado: “Ellos se han quejado con el juzgado y han dicho: ‘Nosotros tenemos cuarenta personas para doce mil personas que hacen servicio comunitario. No nos fastidien tanto’”.
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Sobre el procedimiento ante un eventual incumplimiento, Pérez precisó que la normativa vigente —en particular el artículo 53 del Código Penal— exige que todo incumplimiento sea justificado y que la revocatoria de la pena solo proceda si existe un apercibimiento judicial previo. “No es un procedimiento automático. Ante un incumplimiento, corresponde una audiencia de revocatoria, previa notificación judicial”, explicó. Si se detectaran irregularidades graves en los registros de asistencia, la parte interesada puede presentar una denuncia por falsedad, lo que abriría una investigación formal sobre la autenticidad de los documentos y la actuación de las autoridades del lugar donde se realizó el servicio.
Medina revela el pago y cuestiona la autoridad de Farfán
Durante su programa, Medina reveló el monto que, según afirmó, ya entregó al exfutbolista: “Viene quejándose de que no le dan la plata y ya se le ha pagado la cantidad de 145.000 soles, pero él quiere la plata ya, él quiere todo”. La conductora rechazó que Farfán intente acelerar los tiempos establecidos por la justicia para la ejecución de la sentencia y cuestionó que se atribuya facultades que, según ella, no le corresponden.
“¿Quién lo ha nombrado a él juez de ejecución de sentencia? ¿Por qué se irroga poderes que no tiene, que nadie le ha dado? Que yo sepa, ni siquiera es abogado ni juez. ¿Quién le ha dado a él el poder para supervisar una condena?”, expresó. En el mismo tono, comparó la actitud del exjugador con la del fiscal Domingo Pérez en el caso de Keiko Fujimori: “Este debería dejar de jugar a ser el José Domingo Pérez, persiguiendo a Keiko. Yo no soy Keiko. Tú no eres fiscal tampoco. Eres un jugador de fútbol retirado”.
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Medina también cuestionó que el exdeportista emita juicios sobre su conducta. “Yo tengo un nombre, una credibilidad que cuidar y a mí no me vas a dar lecciones de moral. Tú no, Farfán, tú no, que todo tu historial te lo saco. No me llegás ni a los talones en cuestión de valores morales”, afirmó. Sobre el prolongado enfrentamiento judicial con la madre de sus hijos, la conductora señaló: “Doce años que tiene haciéndole juicio a la madre de sus hijos. ¿Por qué no me va a perseguir con fiereza, con ira y con ánimo revanchista a mí, que no tengo un hijo con él, que no tengo ningún vínculo emocional con él?”.
Denuncias por amenazas y nuevos frentes legales
El conflicto sumó una dimensión adicional cuando Medina denunció haber recibido presuntas amenazas contra su vida y la de su abogado, en mensajes que, según ella, mencionaban el nombre de Farfán. La conductora presentó denuncias ante la División de Extorsiones de la Policía Nacional del Perú (PNP), la Fiscalía de la Nación y el INPE. En un comunicado difundido en redes, explicó: “Ante las violentas amenazas que venimos recibiendo por parte de grupos delincuenciales que advierten de un atentado contra mi vida, la de mi abogado y su familia por orden, aseguran, de Jefferson Farfán —exponiendo además información sensible como datos personales, placas y direcciones— he tomado la iniciativa de denunciar con el fin de dejar constancia de lo que viene ocurriendo”.
Farfán, por su parte, no bajó el tono. El 8 de julio publicó en Instagram un desafío directo a la conductora: “Y ahora tiro yo porque me toca. Estás desesperadita queriendo demostrar que sí hacés tu servicio comunitario. Ahoraaa?”. En el mismo mensaje, reiteró su exigencia de transparencia: “Deberías ser más directa, aquí están las pruebas de las 80 horas de servicio comunitario que figura en la planilla, donde firmé y puse mi huella. Tan simple”. Días antes, ante la posibilidad de una querella, el exfutbolista había respondido: “¿Me vas a querellar porque no tengo pruebas? ¡Pues hacelo, sin miedo!”.
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Medina, que el 9 de julio ingresó al set de Magaly TV, La Firme bailando y cantando “Alimaña” —el tema del Grupo 5 que se convirtió en banda sonora del conflicto—, dejó en claro que no modificará su posición. “Yo tengo mi conciencia tranquila. A mí me mandaron a hacer servicio comunitario. Es lo que hago”, afirmó. La condena que cumple corresponde a dos años y ocho meses de pena privativa de libertad, sujeta a reducción por 138 jornadas de servicio comunitario.
La conductora de TV advirtió que también prepara demandas contra otros personajes que comentaron el caso, entre ellos integrantes del podcast La Manada Galáctica: “Cuando tengan su demanda, ahí les voy a explicar por qué los estoy demandando”.