
Duro revés para Adrián Villar. El Poder Judicial no solo rechazó su apelación y confirmó el mandato de prisión preventiva en su contra por 9 meses. También ha dejado sentado, de momento, que la eventual condena por provocar la muerte de Lizeth Marzano no sería de prisión suspendida.
Una pena de prisión suspendida es lo que busca la defensa de Villar, a cargo del reconocido penalista César Nakazaki. Así lo manifestó en entrevistas y en su recurso de apelación.
Uno de los argumentos era que el hijastro de la periodista Marisel Linares estaría en el supuesto excepcional del Decreto Legislativo 1585 promulgado por Dina Boluarte.
El referido decreto modificó el Código Penal para que una pena de hasta 8 años de prisión pueda suspenderse solo si el sentenciado es menor de 25 años, no tiene antecedentes penales y las condiciones particulares del caso permitan inferir que no volverá a cometer un nuevo delito.

Adrián Villar no se salvaría de ir a prisión
Ahora bien, la Novena Sala Penal de Apelaciones de Lima dice que “no cabe duda” que Adrián Villar cumple con ambos presupuestos: tiene 21 años y carece de antecedentes penales.
Sin embargo, para los jueces superiores, Villar no cumple con la condición consistente en que “la naturaleza, modalidad del hecho punible, comportamiento procesal y la personalidad del agente, permitan inferir al juez que aquel no volverá a cometer un nuevo delito”.

Los magistrados llegan a esta conclusión al recordar que, luego de atropellar a Lizeth Marzano, el hijastro de Marisel Linares “no solo huyó del lugar sin prestar auxilio, sino que, horas después del hecho, el imputado decidió cambiarse de ropa y concurrir junto a terceras personas en otro vehículo a la calle Eucalipto, distrito de San Isidro”. Ello pese a saber perfectamente que la había atropellado con su auto y “haberla dejado a su suerte”.
“Por ello, atendiendo a los elementos recabados en este momento, no resulta posible anticipar que, aún en este escenario, exista un pronóstico favorable de conducta futura que permitan sustentar la probabilidad de suspensión de la pena, por lo que, persiste una elevada posibilidad de condena efectiva”, se lee en la resolución que rechaza la apelación contra la prisión preventiva.
Al determinar que la eventual pena sería de 7 años y 4 meses de prisión, y que esta “posiblemente será efectiva”, la Sala de Apelaciones desestima el argumento de la defensa respecto a la prognosis de la pena.
Los jueces también rechazaron los argumentos de los abogados de Adrián Villar respecto al peligro procesal. Determinaron que existe riesgo de que este huya de la justicia, sobre todo porque tiene facilidad de salir del país y su conducta tras el accidente “denota una personalidad orientada a la elusión de responsabilidad”.
Por otro lado, los magistrados advierten que, al Villar haber eliminado conversaciones de WhatsApp de su celular, se materializó un “acto concreto de perturbación de la actividad probatoria”.
Además, se valora desfavorablemente el hecho de que Villar entregó el celular de donde había suprimido información relevante para la investigación. “No puede considerarse, en rigor, un acto de colaboración absoluta que desvanezca el riesgo de obstaculización, sino un intento de sanear una conducta previa de ocultamiento”, dicen.
¿Qué viene para Adrián Villar?
La defensa de Adrián Villar podría recurrir vía casación a la Corte Suprema en busca de anular la prisión preventiva. Sin embargo, el trámite duraría por lo menos un año, es decir, luego de que se cumplan los 9 meses de prisión preventiva en noviembre de 2026.
La otra vía que podrían tomar los abogados es interponer una demanda de habeas corpus ante un juzgado constitucional.
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